BOLETÍN Nº 171 - 31 de agosto de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 159/2026, de 6 de agosto, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras por la que se acepta el desistimiento del trámite de declaración, en concreto, de utilidad pública (2.ª fase) para los proyectos de "Repotenciación del Parque Eólico Serralta" y "Repotenciación del Parque Eólico San Gregorio", en términos municipales de Cabanillas y Tudela. Códigos de expedientes: 1050-5-CE y 1051-2-CE.

Mediante Resolución 112/2025, de 2 de diciembre, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra N.º 256 de 26 de diciembre de 2025, se otorgó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública (1.ª fase) a Eólica Cabanillas, SLU para el proyecto de "Repotenciación del Parque Eólico Serralta" (código de expediente: 1050-5-CE).

Mediante Resolución 124/2025, de 22 de diciembre, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra N.º 28 de 9 de febrero de 2026, se otorgó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública (1.ª fase) a Eólica Cabanillas, S.L.U. para el proyecto de "Repotenciación del Parque Eólico San Gregorio" (código de expediente: 1051-2-CE).

En las citadas resoluciones se señalaba lo siguiente: "Cabe señalar que esta declaración, en concreto, de utilidad pública debe circunscribirse únicamente a aquellos bienes y derechos afectados para los que se ha cumplido con lo exigido en los artículos 144, 145 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que son los relacionados en el anexo III de esta resolución (1.ª fase). Para el resto de bienes y derechos afectados (2.ª fase) deberá cumplirse el trámite oportuno".

De acuerdo con lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con vistas a su declaración, en concreto, de utilidad pública complementaria (2.ª fase), los documentos técnicos y la relación de bienes y derechos afectados fueron sometidos a información pública durante el plazo de 30 días hábiles, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 45, de 3 de marzo de 2026 y en el Diario de Navarra de 4 de marzo de 2026, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra.

Se recibió alegación de Ángel Bernardo Galindo Serrano.

Con fecha 3 de agosto de 2026, el promotor ha solicitado el desistimiento del trámite de declaración, en concreto, de utilidad pública (2.ª fase) para los proyectos de "Repotenciación del Parque Eólico Serralta" y "Repotenciación del Parque Eólico San Gregorio", como consecuencia de la obtención, con fecha 22 de julio, de la desafectación de los últimos terrenos comunales necesarios en Tudela para la ejecución completa del proyecto.

Por todo ello, vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas propone acceder a lo solicitado.

De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Aceptar el desistimiento del trámite de declaración, en concreto, de utilidad pública (2.ª fase) para los proyectos de "Repotenciación del Parque Eólico Serralta" y "Repotenciación del Parque Eólico San Gregorio", en términos municipales de Cabanillas y Tudela, declarando finalizado el mismo.

2. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas y al Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, a los efectos oportunos.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

4. Notificar esta resolución a Eólica Cabanillas, SLU, a Ángel Bernardo Galindo Serrano y a las personas titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el código de expediente.

5. Notificar esta resolución a los ayuntamientos de Cabanillas y Tudela, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 6 de agosto de 2026.–El director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, Iñigo Arruti Torre.

Código del anuncio: F2611033

Hace cien años

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