BOLETÍN Nº 153 - 6 de agosto de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 22 de julio de 2026, por el que se extingue el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de las Variantes de Mendavia, Lodosa, Andosilla, Azagra, Milagro, Valtierra y Arguedas, en la carretera NA-134, Eje del Ebro", promovido por el Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones.

Mediante Acuerdo de 28 de mayo de 2007, el Gobierno de Navarra aprobó el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de las Variantes de Mendavia, Lodosa, Andosilla, Azagra, Milagro, Valtierra-Arguedas, en la carretera NA-134, Eje del Ebro, salvo en lo que a la Variante de Azagra respecta. Dicho acuerdo publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 76, de 20 de junio de 2007, respecto a la Variante de Azagra recoge que "resulta aconsejable aplazar la decisión a adoptar sobre esta variante hasta no conocer las implicaciones que desde el punto de vista ambiental, y especialmente hidráulico, tendría la adopción de la alternativa 1. Por otra parte, si finalmente se adoptara la alternativa 1, se considera habría que revisar su diseño, acercándola más a la localidad, no afectando con ello a la depuradora recientemente construida" y, en consecuencia, establece:" 2.º Aprobar el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de las Variantes de Mendavia, Lodosa, Andosilla, Azagra, Milagro, Valtierra y Arguedas, en la carretera NA-134, Eje del Ebro", promovido por el Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, salvo en lo que a la Variante de Azagra respecta, conforme ello a las Alternativas cuya elección se propone en el apartado II de la parte expositiva de este acuerdo".

El artículo 46.2 del TRLFOTU establece los supuestos en los que es posible acordar la extinción de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal (PSIS), entre ellos, el siguiente: "Que se haya finalizado su ejecución y cumplida su finalidad. En su caso se procederá a su incorporación al planeamiento municipal, sin que de dicha incorporación se pueda derivar una alteración sustancial del contenido del Proyecto Sectorial. Dicha incorporación podrá realizarse, bien a través de una modificación del Plan General Municipal, con autorización del Gobierno de Navarra, o en el marco de una revisión de dicho Plan General Municipal".

En la actualidad las cinco variantes aprobadas han sido ejecutadas previa aprobación de los correspondientes proyectos de construcción y los expedientes de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.

Los trazados de las variantes ejecutadas difieren sensiblemente, en algunos tramos, de los trazados recogidos en el PSIS aprobado.

Atendiendo al supuesto de extinción recogido en el artículo 46.2 del TRLFOTU antes enunciado, se considera aconsejable extinguir el PSIS al objeto de liberar los suelos sobre los que no se ha actuado y, de este modo, no condicionar y posibilitar futuras actuaciones en los mismos.

La extinción, en su caso, del PSIS, se considera que no requiere incorporación al planeamiento municipal de los municipios afectados por las previsiones del mismo en tanto que, estando las variantes ejecutadas, los suelos afectados por los trazados de dichas variantes, con independencia del planeamiento territorial o urbanístico, están protegidos por la legislación foral de carreteras.

No obstante lo anterior, el Plan General Municipal (PGM) de Mendavia, aprobado en 2005, clasifica los suelos afectados por las alternativas de trazado de la variante de Mendavia sometidas a información pública en el trámite del PSIS como suelo no urbanizable de preservación destinado a infraestructuras.

Conforme a las Normas Urbanísticas Generales del citado PGM, artículos 41 y 47, la anterior calificación se corresponde con los "terrenos previstos para posibles variantes" y el régimen de protección establecido para los mismos, en cuanto a actividades constructivas, solo permite la autorización de "las obras de ejecución de la infraestructura o instalación prevista y las necesarias para su ejecución, entretenimiento y servicio" prohibiendo todas las demás.

Por ello, en su caso, la extinción debe acompañarse de una recomendación para el Ayuntamiento de Mendavia a que actualice las previsiones viarias recogidas en su Plan General Municipal al objeto de liberar totalmente los suelos sobre los que no se ha actuado de previsiones viarias desfasadas.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Extinguir el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de las Variantes de Mendavia, Lodosa, Andosilla, Azagra, Milagro, Valtierra y Arguedas, en la carretera NA-134, Eje del Ebro", promovido por el Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones.

2.º Recomendar al Ayuntamiento de Mendavia que actualice las previsiones viarias recogidas en su Plan General Municipal a la realidad ejecutada.

3.º Señalar que en el ámbito regirán la legislación sectorial, en particular, la legislación foral de carreteras y, subsidiariamente, las determinaciones de ordenación urbanística de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística vigentes.

4.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento y trasladarlo a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras y a los ayuntamientos de Mendavia, Lodosa, Andosilla, San Adrián, Azagra, Funes, Milagro, Valtierra y Arguedas, a los efectos oportunos.

5.º Señalar que, contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, las Administraciones públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 22 de julio de 2026.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Código del anuncio: F2610226

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