1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 147/2026, de 13 de julio, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para nuevo centro de transformación "Abano" (910201950) y renovación de la línea aérea de 30 kV "3009-18 Hernani-Saltos CEU" entre los apoyos número 9033 y número 9058, en los términos municipales de Arano y Goizueta.
Con fecha 12 de noviembre de 2025 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. ha solicitado autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para Nuevo centro de transformación "Abano" (910201950) y renovación de la línea aérea de 30 kV "3009-18 Hernani-Saltos CEU" entre los apoyos número 9033 y número 9058, en los términos municipales de Arano y Goizueta.
Según la documentación técnica aportada, las actuaciones a llevar a cabo son:
Se instalará un nuevo CT "Abano" (910201950) y se realizará la renovación de la línea aérea de 30 kV "3009-18 Hernani-Saltos CEU" entre los apoyos número 9033 y número 9058.
–Renovación línea aérea:
En total, se instalarán catorce (14) nuevos apoyos.
Se sustituirán los apoyos número 1001, número 9034, número 9035, número 9037, número 9038, número 9043, número 1301, número 1304, número 1501, número 9055, número 9056 y número 9057. Los nuevos apoyos se situarán próximos a los actuales a desguazar.
El apoyo número 1304 se sustituirá por dos nuevos apoyos, número 1304N y número 1400N.
Además, se realizará una nueva derivación aérea desde el nuevo apoyo número 9035N, instalando otro nuevo apoyo número 9035NBIS, sobre el que se situará el nuevo CT "Abano" (910201950) y un antiescalo.
El nuevo apoyo número 1001N será un apoyo de maniobra, e irá provisto de un OCR-T (Órgano de Corte de Red).
El nuevo apoyo número 9035N será un apoyo de maniobra, e irá provisto de fusibles de expulsión XS.
El nuevo apoyo número 1400N será un apoyo de maniobra, e irá provisto de un OCR-M (Órgano de Corte de Red) y antiescalo.
Además, los apoyos existentes número 9050 y número 1701 pasarán a ser apoyos de maniobra, e irán provisto de un OCR- (Órgano de Corte de Red).
Con objeto de evitar el riesgo por tensión de contacto, en los nuevos apoyos número 1001N, número 1400N, número 9035N, número 9035NBIS, y en los apoyos existentes número 9050 y número 1701 (apoyos de maniobra) se construirá una acera perimetral de hormigón.
–Instalación de nuevo CT:
El nuevo CT "Abano" (910201950) se instalará en el nuevo apoyo 9035NBIS.
La denominación y características principales del nuevo CT son las indicadas a continuación:
- Denominación: CT "Abano" (910201950).
- Tipo: intemperie sobre apoyo.
- Relación de tensiones: 30.000V / B2A.
- Capacidad máxima: 100 kVA (actualmente se instalará una máquina de 50 kVA.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el proyecto se sometió al trámite de información pública durante el plazo de treinta días hábiles mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 249, de 16 de diciembre de 2025 y en Diario de Navarra de 17 de diciembre de 2025, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se comunicó a los Ayuntamientos de Arano y Goizueta, para su exposición al público por igual período de tiempo. Constan en el expediente diligencias acreditativas de su exposición.
No se recibieron alegaciones.
Al mismo tiempo, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se consultó a los siguientes organismos, habiendo recibido los informes señalados en la tabla:
ORGANISMO | INFORME | FECHA |
Ayuntamiento de Arano | X | 24/12/2025 |
Ayuntamiento de Goizueta | X | 23/12/2025 |
Telefónica de España, SAU | | |
Confederación Hidrográfica del Cantábrico | | |
Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras | X | 08/01/2026 |
El contenido y análisis de los informes se resume en el anexo I de la presente resolución.
Constan en el expediente la Resolución 195E/2026, de 2 de abril, de la directora general de Medio ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental para el proyecto, y la Resolución 310E/2026, de 3 de julio, del director general de Ordenación del Territorio, por la que se otorga autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable, debiendo observarse las determinaciones recogidas en las propias resoluciones.
Vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone otorgar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 29/2025, de 30 de julio, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 5 de agosto de 2025,
RESUELVO:
1. Otorgar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de Nuevo centro de transformación "Abano" (910201950) y renovación de la línea aérea de 30 kV "3009-18 Hernani-Saltos CEU" entre los apoyos número 9033 y número 9058, en los términos municipales de Arano y Goizueta, aprobando el proyecto de ejecución presentado y concediendo un plazo de treinta y seis meses para su ejecución.
2. Las presentes autorizaciones se otorgan sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante para ejecutar el proyecto, de acuerdo con otras disposiciones aplicables.
3. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
4. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar la autorización de explotación definitiva. Esta solicitud se acompañará del certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente y del resto de documentación establecida en la normativa de aplicación.
5. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, al Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, al Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a la Sección de Evaluación Ambiental y a la Sección de Paisaje y Suelo Rústico, a los efectos oportunos.
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
7. Notificar esta resolución a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU y a Telefónica de España, S.A.U., advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el código de expediente.
8. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Arano, al Ayuntamiento de Goizueta y a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.
Pamplona, 13 de julio de 2026.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
ANEXO I.–INFORMES RECIBIDOS
A continuación, se incluye resumen y análisis de los informes recibidos:
Informe 1.–Ayuntamiento de Goizueta.
Mediante informe recibido el 23 de diciembre de 2025, el Ayuntamiento de Goizueta informa que, "una vez obtenido informe favorable de evaluación de impacto ambiental, no existe inconveniente de orden urbanístico para la obtención de licencia de obra".
Respuesta: el promotor señala que "se toma razón de su escrito donde se informa favorablemente sobre el proyecto, aceptándose expresamente el condicionado establecido.
Informe 2.–Ayuntamiento de Arano.
Mediante informe recibido el 24 de diciembre de 2025, el Ayuntamiento de Arano concluye que, "a la vista de la documentación examinada, la actuación es urbanísticamente viable y compatible con el régimen del Suelo No Urbanizable, al tratarse de una infraestructura de servicio público, sin uso residencial ni transformación edificatoria ordinaria.
Se emite informe favorable, condicionado a:
–Presentación del EGR con LER, cuantificación y gestor, no incluido en la separata actual.
–Cumplimiento de las condiciones de ejecución y restitución en relación a:
- Retirada inmediata de restos de obra y tierras, entorno saneado.
- Reposición de acabados/parcelas y accesos, minimización de afecciones al tráfico y a terceros, y al cumplimiento estricto de seguridad y salud y gestión de residuos".
Respuesta: el promotor señala que "se toma razón de su escrito donde se informa favorablemente sobre el proyecto, aceptándose expresamente el condicionado establecido. En lo referente al anexo de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, esta Sociedad ya aportó dicha documentación a través de la sede electrónica en fecha 20 de enero de 2026 (número de registro REGAGE26e00004773850)".
Informe 3.–Servicio de Conservación.
Mediante informe recibido el 8 de enero de 2026, el Servicio de Conservación informa que, «la ejecución de las actuaciones incluidas en el proyecto "Nuevo centro de transformación ‘Abano’ (910201950) y renovación de la línea aérea de 30 kV ‘3009-18 Hernani-Saltos CEU’ entre los apoyos número 9033 y número 9058. Términos Municipales de Arano y Goizueta. Comunidad Foral de Navarra. Obra: 101118077" promovido por i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, conforme a la separata redactada por la ingeniera técnica industrial Larraitz Rique Garaizar con fecha agosto de 2025, ya ha sido autorizada por esta Dirección General al promotor y está supeditada al cumplimiento de las condiciones establecidas en dicha autorización (Resolución 741E/2025, de 21 de octubre, del director general de Obras Públicas e Infraestructuras (expediente 0001-EXP1-2025-000534)».
Respuesta: el promotor señala que "se toma razón de su escrito donde se informa favorablemente sobre el proyecto, aceptándose expresamente el condicionado establecido en la Resolución 741E/2025, de 21 de octubre, del director general de Obras Públicas e Infraestructuras (expediente 0001-EXP1-2025-000534)".
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