BOLETÍN Nº 143 - 23 de julio de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación del convenio de gestión entre entidades locales en materia de convocatorias de selección para contratación temporal de personal técnico de euskera

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tafalla de fecha 25 de junio de 2026 por el que se aprueba el convenio entre entidades locales para la gestión de los procesos de selección destinados a la confección de listados para la contratación temporal de personal técnico de euskera.

El año 2008 el Ayuntamiento de Tafalla firmó un convenio de gestión entre entidades locales en materia de convocatorias de selección para contratación temporal de técnicas/os de euskera. El objeto de la citada convocatoria era la creación de una lista de contratación para sustituciones de técnicos/as de euskara en diversas entidades locales. El Ayuntamiento de Berriozar se encargó de la encomienda de gestión. Las entidades locales consideraron de interés en aquella ocasión, la constitución y gestión de una lista de aspirantes a la contratación, con carácter temporal, para la provisión con este carácter, de puestos de técnica/os de euskera, en la medida en que les eximiera de tener que llevar a cabo un proceso selectivo para cada supuesto de vacante que se produzca. Hoy en día este objetivo sigue vigente.

Las funciones a desempeñar en los puestos de técnico/a de euskera son las siguientes:

–Elaboración, gestión, seguimiento y control de los planes generales y sectoriales para la normalización y fomento del euskara en la entidad local correspondiente.

–Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la entidad local correspondiente, en lo referente a la normalización y fomento del euskara, así como su control y seguimiento.

–Prestar apoyo y ayuda técnica a los servicios prestados por la entidad local correspondiente, así como a los demás sectores de la sociedad de dicha entidad local en sus actividades relacionadas con el euskara.

–Asesorar a las asociaciones del municipio correspondiente y demás agentes sociales del mismo, en materias relacionadas con la sociolingüística.

–Participar en la comisión de euskara de la entidad local correspondiente.

–Impulsar las relaciones con otros ayuntamientos, mancomunidades, servicios de euskara e instituciones forales, así como su coordinación.

–Impulsar las relaciones con asociaciones y grupos, tanto locales como foráneos, que trabajan en la normalización y fomento del euskara, así como su coordinación.

–Cualquier otra que le sea encomendada por la entidad local correspondiente, siempre y cuando esté relacionada con el puesto de trabajo.

Dado que las funciones y cometidos de estos puestos son similares en todas las entidades locales, como ocurría el año 2008 (cuando se firmó por primera vez el convenio), es interesante la constitución a través de las correspondientes pruebas selectivas, de una lista única de aspirantes que permita la cobertura temporal de los puestos de técnica/o de euskera de todas las entidades, en lugar de proceder a la constitución de una lista para cada una de ellas.

La gestión de una convocatoria conjunta con el resto de entidades locales de Navarra que también tuvieran estas necesidades, y no una lista para cada una de ellas, aplica criterios de eficacia y eficiencia por lo que se considera concurrente la necesidad y oportunidad de suscribirse el correspondiente convenio de colaboración.

El convenio se celebra al amparo de lo previsto en el artículo 70.1, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común; artículos 11, 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa de general y pertinente aplicación.

Cada cuatro años, por turnos, una entidad local firmante se encarga de hacer las convocatorias y gestionar las listas de contratación correspondiente. El 25 de febrero de 2021 el Ayuntamiento de Atarrabia-Villava asumió la encomienda de gestión.

Pasado el plazo de cinco años desde la encomienda al Ayuntamiento de Villava-Atarrabia, se instrumenta la encomienda de gestión al Ayuntamiento de Burlada para la aprobación de las convocatorias, realización de las pruebas selectivas y gestión de la lista de personas aspirantes al desempeño de las funciones de personal técnico euskera, a efectos de su contratación por las entidades firmantes para la cobertura de las necesidades que se produzcan.

Consta en el expediente el informe técnico, memoria justificativa, informe jurídico, así como el dictamen favorable de la Comisión Informativa Servicios Socioculturales y Deportivos.

En virtud de lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Tafalla,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar el convenio por el que se instrumenta la encomienda de gestión del Ayuntamiento de Tafalla al Ayuntamiento de Burlada, para la aprobación de las convocatorias, realización de las pruebas selectivas y gestión de la lista de personas aspirantes al desempeño de las funciones de personal técnico euskera, a efectos de su contratación por las entidades firmantes para la cobertura de las necesidades que se produzcan.

Segundo.–Facultar a la Alcaldía del Ayuntamiento de Tafalla para que proceda en nombre y representación del mismo a la suscripción del convenio aludido.

Tercero.–Designar como unidad responsable de las actuaciones que correspondan al Ayuntamiento de Tafalla derivadas del convenio y sus actuaciones a la técnica de euskera del Ayuntamiento de Tafalla.

Cuarto.–Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.–Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Burlada para su conocimiento y efectos oportunos.

Tafalla, 2 de julio de 2026.–El alcalde, Xabier Alcuaz Andueza.

Código del anuncio: L2609614

Hace cien años

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