BOLETÍN Nº 14 - 20 de enero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MONTEAGUDO

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición de informes urbanísticos y medioambientales

Publicado el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza en el Boletín Oficial de Navarra número 225, de 11 de noviembre de 2025 y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se procede a la aprobación definitiva de la misma, y a la publicación del texto íntegro.

Monteagudo, 29 de diciembre de 2025.–La alcaldesa, Marisa Jimenez Tarazona.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICIÓN DE INFORMES URBANÍSTICOS Y MEDIOAMBIENTALES

Artículo 1. La presente ordenanza regula la tasa por prestación del servicio de tramitación y expedición de informes conforme a lo autorizado por el artículo 100 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra.

Naturaleza y hecho imponible.

Artículo 2. Constituye el hecho imponible de la presente tasa la prestación de los servicios de tramitación y expedición de informes urbanísticos y medioambientales necesarios para la resolución de los correspondientes expedientes.

Sujeto pasivo.

Artículo 3. Son sujetos pasivos de las tasas las personas físicas o jurídicas que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios que preste el Ayuntamiento de Monteagudo conforme a lo previsto en el artículo anterior.

Cuantía y devengo.

Artículo 4. La cuantía de las tasas reguladas en esta ordenanza será el coste que suponga para el Ayuntamiento los correspondientes informes.

Artículo 5. Las tasas se devengarán cuando el Ayuntamiento tenga conocimiento de los costes de dichos informes y publicaciones.

Artículo 6. Entrada en vigor y difusión de la ordenanza.

Esta ordenanza entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra. El Ayuntamiento difundirá la ordenanza a través de los diferentes medios a su alcance.

Código del anuncio: L2517188

Hace cien años

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