BOLETÍN Nº 14 - 20 de enero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LIÉDENA

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2026

Mediante Resolución de Alcaldía de 23 de diciembre de 2025, se aprobó el calendario laboral correspondiente al año 2026 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Liédena, cuya parte dispositiva es la que sigue:

1.º Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2026 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Liédena en las oficinas, servicios múltiples y Centro Social y Cultural con base en el cómputo anual de 1.592 horas establecidas en la legislación vigente y que será el siguiente:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–20 de marzo: Día siguiente a la festividad de San José.

–2 de abril: Jueves Santo.

–3 de abril: Viernes Santo.

–6 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–22 de julio. Fiestas Patronales.

–23 de julio. Festividad de las Santas Reliquias.

–24 de Julio: Fiestas Patronales.

–12 de octubre. Fiesta nacional.

–2 de noviembre: Día siguiente a la Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–4 de diciembre.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–7 de diciembre.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

2.º Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos entre semana para las oficinas.

3.º El horario de atención al público y de apertura del Registro General del Ayuntamiento de Liédena queda establecido de lunes a viernes de los días laborables, de 10:00 a 14:00 horas.

4.º La jornada de trabajo diaria en las oficinas y servicios múltiples del Ayuntamiento de Liédena será de 7 horas y 30 minutos de lunes a viernes de los días laborables para cuadrar el cómputo de días inhábiles del calendario laboral aprobado (el cómputo general es de 7 horas y 20 minutos) y se establece horario flexible. La parte fija del horario estará comprendida entre las 9,30 y las 14,30 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7,30 y las 9,30 horas y entre las 14,30 y las 17,00 horas hasta completar la jornada de trabajo diaria.

Conforme al calendario laboral aprobado el personal del Ayuntamiento podrá disfrutar de 27 días de vacaciones y 3 de asuntos propios anuales, cada uno o una en la proporción que le corresponda según su contrato de trabajo. También se disfrutarán de los días adicionales de vacaciones y de permisos por asuntos particulares según antigüedad de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional vigésimo tercera del Estatuto del personal al servicio de la Administración Pública de Navarra cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Foral legislativo 251/1993, de 30 de agosto y que fue añadida al mismo por Ley Foral 12/2023 de 29 de marzo.

Del calendario laboral aprobado resulta una bolsa de 5 horas y 30 minutos sobrantes para ser disfrutados libremente por el personal sin causar perjuicio a los servicios.

El servicio del Centro Social y Cultural contará con un calendario laboral y de jornada específico teniendo en cuenta que la jornada laboral incluye tardes de lunes a viernes respetando siempre los días festivos aprobados en el punto primero del presente acuerdo.

5.º Proceder a la publicación de la parte dispositiva de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Liédena.

6.º Notificar la presente resolución a todo el personal del Ayuntamiento y comunicarla al Pleno en la primera de las sesiones ordinarias que se celebre.

Liédena, 23 de diciembre de 2025.–El alcalde, Ricardo Murillo Delfa.

Código del anuncio: L2517040

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