BOLETÍN Nº 14 - 20 de enero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LAKUNTZA

Calendario laboral y días inhábiles para 2026

El Pleno del Ayuntamiento de Lakuntza, en sesión de 22 de diciembre de 2025, aprobó acuerdo cuyo texto se transcribe a continuación:

"Una vez determinado el calendario oficial de fiestas laborales para el 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra mediante Resolución 390/2025, de 5 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el año 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 129, de 30 de junio de 2025),

ACUERDA:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2026 que será el siguiente:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–20 de enero: Fiestas patronales San Sebastián.

–2 de abril: Jueves Santo.

–3 de abril: Viernes Santo.

–6 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–25 de julio: Santiago.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–22, 24, y 25 de agosto: Fiestas de agosto.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–2 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Navidad.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Lakuntza, queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo (217 días) y se realizará de la siguiente forma:

1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

2. Para el cumplimiento de la jornada anual, los días 24 y 31 de diciembre se declaran festivos.

3. La distribución de la jornada de trabajo señalada en los apartados anteriores de este artículo no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a los afectados por alguna compensación horaria (trabajo a turnos, nocturno, etc.) que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico.

Tercero.–El horario de atención al público y de apertura del Registro General del Ayuntamiento de Lakuntza queda establecido de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas.

Cuarto.–Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lakuntza".

Lakuntza, 29 de diciembre de 2025.–El alcalde, Oihane Uribeetxebarria Garmendia.

Código del anuncio: L2517207

Hace cien años

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