2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
IGANTZI
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la publicación en periódicos de anuncios de personas físicas o jurídicas
El Pleno del Ayuntamiento de Igantzi, en la sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2026, aprobó inicialmente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por publicación en periódicos por parte del Ayuntamiento de anuncios de personas físicas o jurídicas.
El expediente se sometió al trámite de información pública durante 30 días, tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 66, de 7 de abril de 2026 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Igantzi, y durante ese plazo no se presentaron sugerencias, reclamaciones ni alegaciones.
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 325.1.c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se aprueba definitivamente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la publicación en periódicos de anuncios de personas físicas o jurídicas.
Y se procede a su publicación.
Igantzi, 23 de junio de 2026.–El alcalde, Juankar Unanua Navarro.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PUBLICACIÓN EN PERIÓDICOS DE ANUNCIOS DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE IGANTZI
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
La presente tasa se establece en uso de las facultades otorgadas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 7.ª del Capítulo IV del Título Primero de la Ley 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y en virtud de la autorización contenida en el artículo 12 de la misma Ley.
Artículo 2. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la inserción en prensa, por parte del Ayuntamiento de Igantzi, de anuncios de personas físicas o jurídicas.
Artículo 3. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas promotoras de expedientes en el Ayuntamiento de Igantzi para cuya tramitación sea necesaria la publicación de anuncios en prensa.
Artículo 4. Devengo.
La tasa por publicación de anuncios se devengará cuando el Ayuntamiento presente la solicitud de publicación. El pago se realizará una vez efectuada la publicación y determinada la cuantía exacta que corresponda.
Artículo 5. Tarifas.
La tasa será exigida de acuerdo con las siguientes tarifas:
CONCEPTO | EUROS |
1. Publicación de anuncios en prensa | Coste del anuncio |
Artículo 6. Liquidación e ingreso.
El pago de la tasa, que será nominal e individualizado por cada anuncio que se publique, se efectuará mediante ingreso en la cuenta bancaria del Ayuntamiento cuando éste remita al promotor la liquidación de la tasa.
Disposición final única.–La presente ordenanza surtirá todos sus efectos jurídicos tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Código del anuncio: L2609147