BOLETÍN Nº 129 - 3 de julio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1429/2026, de 23 de junio, del rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena publicar el Acuerdo por el que se modifica la plantilla orgánica del Personal Técnico, de Gestión y de Administración de la Universidad Pública de Navarra.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo, se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de junio de 2026 por el que se modifica la plantilla orgánica del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Universidad Pública de Navarra.

"ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DEL PERSONAL TÉCNICO, DE GESTIÓN Y DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA.

El Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de aplicación al personal de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra en virtud del artículo 106 de sus estatutos, establece la obligación de aprobación de la plantilla orgánica, en la que se relacionarán, debidamente clasificados, los puestos de trabajo que consten con indicación del nivel al que se adscriben y, en su caso, los requisitos específicos que deban acreditarse para poder acceder a los mismos, así como aquellos puestos que puedan proveerse por libre designación y los que tengan asignadas reglamentariamente las retribuciones complementarias establecidas.

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2009, publicado mediante Resolución del Rector 1600/2009, de 30 de octubre, fue aprobada la plantilla orgánica del personal de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra. Dicha plantilla, que ha sido sucesivamente modificada, es objeto de publicación anual, reflejando la estructura orgánica y la situación existente a 31 de diciembre de cada año, la última de las cuales tuvo lugar en el Boletín Oficial de Navarra número 88, de fecha 7 de mayo de 2026, mediante Resolución 825/2026, de 17 de abril, del Rector.

Se ha constatado la necesidad de llevar a cabo diversas modificaciones para ajustar dicha plantilla orgánica a las necesidades realmente existentes

Presentada la propuesta en la Mesa de Negociación y oídos los Sindicatos con representación en la Universidad Pública de Navarra, la Gerente propone al Consejo de Gobierno, en sesión de 23 de junio de 2026, la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero.–Aprobar las modificaciones de la plantilla orgánica del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra, que se incluyen en la memoria que se adjunta como Anexo.

Segundo.–Publicar el presente Acuerdo en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.

Cuarto.–Frente al presente Acuerdo cabe la interposición de recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno o, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sección del mismo orden del Tribunal de Instancia de Pamplona, en el plazo de un mes o de dos meses respectivamente, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación".

Pamplona, 23 de junio de 2026.–Ramón Gonzalo García, rector.

ANEXO.–MEMORIA DE MODIFICACIONES DE LA PLANTILLA ORGÁNICA
DEL PERSONAL TÉCNICO, DE GESTIÓN Y DE ADMINISTRACIÓN
Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

EJERCICIO 2026

A.–Modificaciones de estructura.

A.1. Creación de unidades orgánicas.

Se crea la siguiente unidad orgánica:

GERENCIA / SERVICIO DE ENSEÑANZAS / SECCIÓN POSGRADO Y PROGRAMACIÓN DOCENTE /UNIDAD POSGRADO/ NEGOCIADO DE POSGRADOS INTERNACIONALES.

Justificación:

La apuesta estratégica de la Universidad Pública de Navarra por la internacionalización tiene un impacto directo en el ámbito de las enseñanzas, reflejándose en un incremento sostenido del número de másteres internacionales (tanto dobles másteres como másteres interuniversitarios) impartidos en colaboración con universidades extranjeras.

La gestión académica y administrativa de estas titulaciones es mucho más compleja que las habituales de ámbito nacional, por la diversidad de marcos normativos, calendarios académicos y administrativos, sistemas de calidad y verificación y reconocimiento de los estudios en cada uno de los países que forman parte de ellas.

Ya en el curso 2025-2026 la Universidad asumió la coordinación del Erasmus Mundus Joint Master en Cutting-Edge Techologies for Sustainable Agriculture (SUSTAGRI), que ha supuesto un gran reto dada su envergadura desde el punto de vista económico y dada la transversalidad e interacción que se lleva a cabo con muchos de los servicios de la Universidad (Intervención, Servicios Jurídicos, Organización y Calidad, Presupuestos, Gestión Económica, Contabilidad, Nóminas, Investigación, Oficina de Atención Universitaria, entre otros).

En estos momentos la universidad se encuentra en negociaciones con otras universidades para formar parte de otros consorcios Erasmus Mundus, bien como coordinadores o bien como integrantes de los mismos, que se concretarán en la implantación de nuevos Másteres Universitarios.

Por otro lado, la pertenencia de la UPNA a la alianza de universidades europeas UNITA, y el esfuerzo llevado a cabo para la creación de dobles títulos o de títulos interuniversitarios con las universidades que la integran, se va a concretar en la próxima implantación en la UPNA de varios títulos de Máster Universitario (interuniversitarios y dobles másteres), cuya gestión abre un horizonte hasta ahora desconocido.

En la Sección de Posgrado se hace necesaria la creación de un Negociado de Posgrados Internacionales para aunar la gestión de todos estos programas y lograr una gestión coordinada y eficaz de todos ellos.

A.2. Cambios de adscripción de unidades orgánicas.

Se modifica la adscripción de la siguiente unidad orgánica:

ADSCRIPCIÓN INICIAL

ADSCRIPCIÓN FINAL

GERENCIA / SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS / SECCIÓN PROMOCIÓN DE LA SALUD Y SOSTENIBILIDAD / UNIDAD DE DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

RECTORADO / UNIDAD DE DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

Justificación:

En la actualidad, dicha Unidad se encuentra adscrita a la Sección de Promoción de la Salud y Sostenibilidad, dependiente del Servicio de Recursos Humanos y, en última instancia, de Gerencia.

En atención a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), que establece expresamente que: "Las unidades de diversidad serán las encargadas de coordinar e incluir de manera transversal el desarrollo de las políticas universitarias de inclusión y antidiscriminación en el conjunto de actividades y funciones de la universidad."

Este mandato normativo refuerza el carácter estratégico, transversal y vertebrador de este tipo de unidades, lo que justifica la conveniencia de dotarlas de una ubicación orgánica acorde con dicha función. En este sentido, se considera oportuno que la Unidad de Diversidad e Inclusión Social pase a depender orgánicamente del Rectorado. Esta modificación permitiría reforzar su visibilidad institucional, mejorar la coordinación interservicios y dotar de mayor coherencia y eficacia a las políticas inclusivas impulsadas por la universidad, alineándolas de manera más directa con las prioridades estratégicas y de gobernanza.

Al mismo tiempo, se propone que la dependencia funcional de la Unidad continúe adscrita al Vicerrectorado de Estudiantes, Vida Universitaria y Compromiso Social, con el fin de garantizar la adecuada orientación de sus actuaciones, su conexión con las políticas dirigidas al estudiantado y la comunidad universitaria, y la coherencia con las líneas de trabajo propias de este ámbito

A.3. Cambio denominación de unidades orgánicas.

Se modifica la denominación de la siguiente unidad orgánica:

DENOMINACIÓN INICIAL

DENOMINACIÓN FINAL

UNIDAD POSTGRADO

UNIDAD POSGRADO

Justificación:

Mantener una coherencia con el nombre de la Sección: Sección Posgrado y Programación Docente.

B.–Modificación de plazas.

B.1. Creación de plazas de personal funcionario.

Se crean las siguientes plazas:

GERENCIA / SERVICIO DE ENSEÑANZAS / SECCIÓN POSGRADO Y PROGRAMACIÓN DOCENTE / UNIDAD POSGRADO.

Jefa/e de Negociado.

Denominación: Negociado de Posgrados Internacionales.

• N.º de plaza: 951.

• Nivel: B/C.

• Complemento puesto directivo: 10%.

• Complemento incompatibilidad o Complemento nivel: 35% o 12%.

• Complemento de puesto de trabajo: 4,73% o 10,20%.

• Perfil lingüístico: Ingles C1.

• Jornada: Partida.

• Localidad: Pamplona.

Justificación:

Con la creación del Negociado de Posgrados Internacional es necesaria la dotación de una plaza de jefatura de negociado.

GERENCIA / -- / -- / UNIDAD DE TECNOLOGÍA Y GESTIÓN.

Responsable de Unidad.

• N.º de plaza: 952.

• Nivel: B/C.

• Complemento puesto directivo: 20%.

• Complemento incompatibilidad o Complemento nivel: 35% o 12%.

• Complemento de puesto de trabajo: 4,73% o 10,20%.

• Jornada: Mañana.

• Localidad: Pamplona.

Justificación:

La creación de una plaza de un responsable de unidad se justifica por la necesidad de dotar de una coordinación técnica y funcional a un ámbito de actuación caracterizado por su elevada transversalidad y complejidad organizativa. Desde esta unidad se gestionan y coordinan las herramientas tecnológicas que dan soporte a los Servicios de Enseñanzas, Servicios de Investigación, así como a la Sección de Atención Universitaria y a la Sección de Centros y Departamentos, lo que requiere una visión integral de los procesos y una capacidad de planificación que garantice la coherencia, eficiencia y alineación de las soluciones tecnológicas con las necesidades de las distintas áreas. Asimismo, resulta imprescindible establecer mecanismos estables de coordinación con los Vicerrectorados competentes, asegurando una adecuada priorización de proyectos, la optimización de recursos y el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Universidad.

Por otra parte, la unidad asume funciones de representación e interlocución institucional con agentes externos de especial relevancia, entre ellos la empresa SIGMA Gestión Universitaria AIE, responsable de soluciones tecnológicas críticas para la gestión universitaria. Del mismo modo, participa en órganos y grupos de trabajo interuniversitarios en los que se comparten experiencias, se definen líneas de evolución de los sistemas de información y se adoptan acuerdos que afectan al conjunto de las universidades participantes

B.2. Amortización plazas.

Se amortizan las siguientes plazas:

1. 950, Gestor/a Riesgos Laborales, creada por reingreso de un funcionario y en estos momentos no es necesaria.

2. 178, Responsable Administrativa/o, 815 y 414 Oficial Administración, se amortizan, tras en el proceso excepcional de promoción aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2023, en aplicación del apartado primero c) del citado Acuerdo.

B.3. Modificación plaza.

N.º
PLAZA

PLAZA

UBICACIÓN

JORNADA
INICIAL

JORNADA INICIAL

938

JEFA/E UNIDAD

RECTORADO / UNIDAD DE DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

M

J.P.

Justificación:

Las plazas de la unidad tienen jornada partida para poder atender al estudiantado principalmente, se ve necesario que la plaza de jefa de Unidad mantenga la misma jornada que las del resto de la Unidad.

Código del anuncio: F2609158

Hace cien años

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