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BOLETÍN Nº 128 - 2 de julio de 2026
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
OLITE
Tasas y precios públicos para 2026
Aprobados inicialmente determinados tipos de gravamen, tasas y tipos impositivos para el ejercicio de 2026 mediante Acuerdo de Pleno del pasado 26 de marzo de 2026, y transcurrido el plazo de información pública del expediente sin que durante el mismo se hayan formulado alegaciones, procede la elevación del acuerdo de aprobación inicial a definitivo y la publicación de tipos de gravamen, tasas y precios públicos en el Boletín Oficial de Navarra:
TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS PARA 2026
ORDENANZA 3.–EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS
–Tramitación expedientes de boda civil: 125 euros.
–Expedición de fotocopias:
CATEGORÍA | COLOR DIN-A4 (1 cara) | COLOR DIN-A4 (2 caras) | COLOR DIN-A3 (1 cara) | COLOR DIN-A3 (2 caras) | B/N DIN-A4 | B/N DIN-A3 |
Público en general | 1,20 euros | 2,00 euros | 2,50 euros | 4,00 euros | 0,20 euros | 0,40 euros |
Asociaciones de interés social | 0,60 euros | 1,00 euros | 1,20 euros | 2,00 euros | 0,10 euros | 0,20 euros |
Fotocopia documentos en biblioteca | 0,60 euros | 1,00 euros | 1,20 euros | 2,00 euros | 0,10 euros | 0,20 euros |
–Tarjetas de armas: 12,00 euros.
–Certificados oficiales: 6,00 euros.
–Cédulas parcelarias: 3,00 euros.
–Expedición documentos que requieran labor de búsqueda en archivo: 40,00 euros, así como el precio de las copias correspondientes, como en el caso de copias de proyectos de obras.
–Expedición duplicados tarjetas acreditación municipal: 7,00 euros.
–Compulsa de documentos:
- Hasta 5 hojas: 3,00 euros/hoja.
- Más de 5 hojas: 2,55 euros/hoja.
–Duplicados recibos: 3,00 euros.
–Acreditación de firmas 6,00 euros/documento.
–Tasa por copia de documentos con desplazamientos. Se cobrarán los gastos de copia, los desplazamientos y los costes salariales correspondientes al tiempo dedicado.
Las tasas por expedición de licencias de obras y actuaciones de control de actos urbanísticos sujetos a declaración responsable o comunicación previa serán las siguientes:
–Licencias de actividades clasificadas:
- La tarifa a aplicar se establece en función de la superficie total construida que vaya a ocupar la actividad, incluyendo todos los locales anexos precisos para su desarrollo.
- Cuando se trate de revisiones de la licencia por ampliaciones, sólo se computarán los m² correspondientes a la citada ampliación.
- Cuando se trate de revisiones de la licencia por modificaciones de actividades dentro de la misma superficie, que está afectada a otra actividad, se computarán los metros afectados por dicha modificación.
–Al coste de los informes técnicos necesarios, se le sumarán las siguientes cantidades:
- Superficie afectada hasta 50 m²: 630,00 euros.
- A partir de 51 metros, el exceso tributará con arreglo a la siguiente escala dependiendo de la superficie total de los locales:
- Locales de 51 a 100 m²: 3,075 euros/m².
- Locales de 101 a 400 m²: 1,72 euros/m².
- Locales de 401 a 2,500 m²: 1,35 euros/m².
- Locales de más de 2,501 m²: 1,13 euros/m².
- En cualquier caso, con un máximo de 2.965,00 euros.
–De actividades no clasificadas: 60,00 euros.
–Licencias de obras:
- 0,5% sobre presupuesto ejecución material con un mínimo de 37,00 euros.
–Licencia de segregación:
- 37,00 euros por parcela resultante.
–Licencias de primera utilización:
- 0,1% sobre presupuesto de ejecución material con un mínimo de 37,00 euros.
ORDENANZA 4.–APERTURA Y TRASPASO DE ESTABLECIMIENTOS
En función de los m² útiles del local.
–Apertura de establecimientos:
• Hasta 100 m²: 193.54 euros.
• De 101 a 400 m²: 247,23 euros.
• De 401 a 1.000 m²: 355,68 euros.
• Superiores a 1.000 m²: 540,56 euros.
–Traspaso de establecimientos:
• 65,00 euros.
ORDENANZA 5.–PRECIOS PÚBLICOS POR APERTURA DE ZANJAS Y PAVIMENTOS
–Menos de 1 metro de ancho: 1,025 euros/metro lineal y día.
–Igual o más de 1 metro de ancho: 1,87 euros/metro lineal y día. (Los 10 primeros días naturales. A partir del día once la tasa se multiplicará por dos).
ORDENANZA 6.–PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS Y CULTURALES
A los efectos del cobro de las tasas correspondientes a la ordenanza número 6, se considerarán empadronados exclusivamente aquellos que tengan una antigüedad mínima de 6 meses.
A.–Polideportivo municipal.
–Pista cubierta del polideportivo:
- Persona o entidad asociada: 25,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
- Persona o entidad no asociada: 50,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
–Pistas exteriores: en los importes establecidos está incluido el consumo energía eléctrica (futbito, pádel, tenis):
- Persona asociada: 6,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
- Persona no asociada: 8,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
- Uso de salas del polideportivo no ocupadas por actividades de la empresa gestora 20,00 euros/curso. Las personas cesionarias para la realización de eventos fuera de la actividad normal del polideportivo deberán de presentar una fianza de 300,00 euros, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar y contratarán los gastos de limpieza consecuencia del evento con la empresa adjudicataria de la gestión del polideportivo.
A. Abonos polideportivo:
1.–Entrada diaria.
EDAD | DÍA ENTERO |
Mayores de 16 años | 6,00 euros |
De 9 a 15 años | 5,00 euros |
De 3 a 8 años | 3,00 euros |
2.–Abonos.
EDAD | JULIO Y AGOSTO | MENSUAL | TRIMESTRAL | ANUAL |
Mayores de 65 años | 15,00 euros/mensual | 25,00 euros | 50,00 euros | 165,00 euros |
De 19 a 65 años | 20,00 euros/mensual | 30,00 euros | 60,00 euros | 200,00 euros |
De 16 a 18 años | 15,00 euros/mensual | 25,00 euros | 50,00 euros | 165,00 euros |
De 9 a 15 años | 2,00 euros/mensual | 12,00 euros | 23,00 euros | 45,00 euros |
De 3 a 8 años | 2,00 euros/mensual | 10,00 euros | 15,00 euros | 26,00 euros |
–Matrículas: 36,00 euros.
–Tasa por alquiler de taquillas en el polideportivo municipal: 3,00 euros, al mes, las de los vestuarios generales y por 2,00 euros, las de recepción.
–Los abonos de carácter mensual, no abonarán matricula.
–Las cuotas del polideportivo se abonarán, bien de forma anual o trimestralmente por anticipado.
–En los abonos familiares con uno o dos hijos, se aplicará, un descuento del 15%.
–En los abonos a miembros de familias numerosas se aplicará el 50% de descuento.
–En los abonos a miembros de familias monoparentales se asemejarán a las familias numerosas y se aplicará el 50% de descuento.
–A los abonados que justifiquen que están en paro se les aplicará un descuento del 15%, se abonará de una vez y al término del periodo.
–A los abonados mayores de 16 años que presenten certificado de estudiante se les aplicará un descuento del 15%.
–A los abonados que justifiquen una minusvalía superior a un 65%, se aplicará un descuento del 50% siendo gratuito para el acompañante de la persona minusválida, que no haga uso de las instalaciones.
Nota: los descuentos no serán acumulativos y en su caso se aplicará el más ventajoso para el abonado o la abonada.
B.–Piscinas de verano.
1.–Abonos:
EDAD | PRECIO TEMPORADA | ABONO MENSUAL |
Mayores de 65 años | 54,00 euros | 42,00 euros |
De 19 a 64 años | 69,00 euros | 47,00 euros |
De 16 a 18 años | 54,00 euros | 42,00 euros |
De 9 a 15 años | 39,00 euros | 32,00 euros |
De 3 a 8 años | 14,00 euros | 12,00 euros |
–En los abonos se aplicará una bonificación del 100%.
- A hijos en edades comprendidas de 3 a 15 años, cuyos dos progenitores sean parados de larga duración o sean perceptores de rentas de inclusión social, previa justificación de encontrarse en dicha situación.
–En los abonos se aplicará un descuento del 50%:
- A las familias numerosas.
- A hijos en edades comprendidas de 3 a 15 años, con un progenitor parado de larga duración o sea perceptor de rentas de inclusión social, previa justificación de encontrarse en dicha situación.
- A los que justifiquen una discapacidad superior a un 65%, siendo gratuito para el acompañante de la persona discapacitada, que no haga uso de las piscinas.
2.–Abono 10 entradas (válido para toda la temporada):
EDAD | IMPORTE |
Mayores 16 años | 42,00 euros |
De 9 a 15 años | 32,00 euros |
De 3 a 8 años | 15,00 euros |
3.–Entradas diarias (se considera tarde a partir de las 16:00 h):
EDAD | DÍA ENTERO | TARDES |
Mayores 16 años | 7,00 euros | 4,00 euros |
De 9 a 15 años | 5,00 euros | 3,00 euros |
De 3 a 8 años | 3,00 euros | 2,00 euros |
4.–Entradas por duchas:
Por uso exclusivo de las duchas, participantes en medievales y otros grupos autorizados por el Ayuntamiento 2 euros/persona.
C.–Frontón municipal.
a) Cesión del uso del frontón para la organización de actos.
–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 830,00 euros/día; 155,00 euros/hora.
–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 150,00 euros/día; 55,00 euros/hora.
Las personas cesionarias para la realización de eventos deberán presentar una fianza de 300,00 euros, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar y en su caso se les repercutirá los gastos de limpieza consecuencia del evento.
–Alquiler del frontón 5,00 euros/hora/grupo (incluye iluminación y derecho a usar duchas del polideportivo municipal o piscina en verano).
–Para cursos no organizados por el Ayuntamiento: 4,00 euros/hora.
D.–Carpa municipal.
Cesión del uso de la carpa municipal para la organización de actos (Igual que frontón):
–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 830,00 euros/día; 155,00 euros/hora.
–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 520,00 euros/día; 105,00 euros/hora.
–Ceremonias matrimoniales/celebración uniones de hecho: 130,00 euros.
Las personas cesionarias para la realización de eventos deberán presentar una fianza de 300,00 euros, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar y, en su caso, se les repercutirá los gastos de limpieza consecuencia del evento.
E.–Casa de Cultura.
CONCEPTO | AUDITORIO | SALAS DE PLANTAS |
Actos comerciales y reuniones: para la utilización del salón, se establece una fianza de 90,00 euros | 110,00 euros/acto/día | 40,00 euros/acto/día |
Actos políticos en elecciones | 0,00 euros | 0,00 euros |
Actos culturales concertados | 0,00 euros | 0,00 euros |
Para cursos y actividades no organizados por el Ayuntamiento: | ||
Organizados por asociaciones de interés social | 10,0 euros/hora | 5,00 euros/hora |
Otros | 15,00 euros/hora | 7,00 euros/hora |
Los actos comerciales y reuniones únicamente podrán reservar locales a media jornada o a jornada entera sin prorrateo.
–Cine y teatro:
- Entrada para mayores (a partir de 12 años): 5,00 euros.
- Entrada para menores (de 3 a 11años): 3,00 euros.
- De 0 a 2 años: entrada libre.
–Exposiciones:
- Exposiciones con ánimo de lucro (el seguro y el cuidador en su caso, serán por cuenta del interesado): 15,00 euros/día.
- Exposiciones sin ánimo de lucro: 0,00 euros.
Todos los actos, lucrativos o no, que requieran que conserje u otro personal municipal que le sustituya preste sus servicios en fin de semana y/o fuera de horario, se incrementarán en 15,00 euros/hora.
F.–Escuelas San Francisco.
–Actividades de interés social sin ánimo de lucro: exento.
–Cursos organizados por asociaciones de interés social: 20 euros/mensuales.
–Otros: 15,00 euros/evento.
G.–Entrada a la exposición de las galerías, Chapitel y Santa Brígida.
–Tarifa general:
- Visita a ermita de Santa Brígida: 5 euros/persona.
- Visita a Torre del Chapitel: 3 euros/persona.
- Visita conjunta a Santa Brígida y Chapitel: 6 euros/persona.
–Grupos de 15 (mínimo) a 20 (máximo) personas:
- Visita a ermita de Santa Brígida: 40 euros/grupo.
- Visita a Torre del Chapitel: 30,00 euros/grupo.
–Familias numerosas:
- Visita a ermita de Santa Brígida: 1,00 euros/persona.
- Visita a Torre del Chapitel: 1,00 euro/persona.
- Niños menores de 12 años: 0,00 euros.
- Empadronados en Olite / Erriberri: 0,00 euros.
H.–Reserva de las galerías medievales.
–Cesión de uso para organización de actos:
- Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 520,00 euros/día; 105,00 euros/hora.
- Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 200,00 euros/día; 65,00 euros/hora.
- Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro de ámbito local: 11,00 euros/día.
- Ceremonias matrimoniales/celebración uniones de hecho: 130,00 euros (máximo 3 horas).
- Rodajes de películas: primer día 505 euros/día; resto de días 150, euros/día.
Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300,00 euros, así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar.
I.–Campo de fútbol.
–Cesión del campo de fútbol para la organización de actos.
- Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 100 euros/día.
ORDENANZA 7.–APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE VUELO, SUELO Y SUBSUELO. ANUAL
A) Tanques de combustible en subsuelo público: 70,00 euros.
B) Básculas y descargaderos, aparatos de venta automática y similares: 50,00 euros/año.
C) Cajeros automáticos, que ocupen vía pública: 425,00 euros/año.
D) Materiales, escombros, mercancías, etcétera:
–De 0 a 30,00 m²: 0,57 euros/día y m².
–De 30,10 m² a100,00 m²: 0,32 euros/día y m².
–Más de 100,00 m²: 0,1538 euros/día/m².
–Mínimo: 41,50 euros.
–Grúa: 10,50 euros/día.
E) El cierre calles: una cantidad fija de 122,00 euros y a partir del cuarto día incluido 15,00 euros/día.
F) Ocupación vía pública:
1.–Mesas y sillas de bares.
–Todo el año: 107,00 euros/mesa/año.
–Se establece una fianza de 31,20 euros/mesa/año, para garantizar la limpieza viaria.
–Otros objetos en vía pública (barriles, bancos, expositores, etcétera) mínimo 1 m²:
- Por todo el año: 31,20 euros.
En caso de apertura o cierre de nuevos establecimientos se abonará únicamente la tasa correspondiente al semestre natural en que tuvieran abiertos.
2.–Mercadillo semanal, ferias y exposiciones: 2,10 euros/m²/día. Para actividades de entidades con ánimo de lucro.
3.–Romería de Santa Brígida.
–Bares con ánimo de lucro: 100,00 euros.
–Resto de puestos: 40,00 euros.
4.–Tarifas mercadillo medieval.
–Puestos de productos agroalimentarios: 100,00 euros.
–Resto de puestos: 50,00 euros.
5.–Ocupación terrenos por barracas, casetas, instalaciones de recreo, puestos de feriantes (por m² y día): 0,50 euros/día. (Se deberá constituir una fianza de 60,00 euros, pasando ésta a 175,00 euros para los circos).
6.–Colocación de barras en otros supuestos no contemplados (sólo permitido a establecimientos de hostelería) 60,00 euros/día.
7.–Ocupación de vía pública en días de fiestas o actos especiales (fiestas patronales, día de la vendimia, fiestas de la Virgen del Cólera etcétera), concentraciones de vehículos, etc.
–Puestos de alimentación móviles, hasta 3 días a 60,00 euros/día y desde el cuarto al décimo día 35,00 euros/día.
–Otras ocupaciones con elementos móviles: 40,00 euros/día.
8.–Ocupación de espacio por rodajes de películas. Se tributará con arreglo a la siguiente escala dependiendo de la superficie ocupada:
–De 30 m² a 500 m² a 1,00 euros/m²/día.
–De 501 m² a 1.000 m² a 0,90euros/m²/día.
–De 1.001 m² a 2.000 m² a 0,80 euros/m²/día.
–De 2001 m² a 3.000 m² a 0,70 euros/m²/día.
–Por encima de 3.001 m² a 0,60 euros/m²/día.
G) Ocupación de aparcamiento de autocaravanas: 5,00 euros cada 24 horas.
ORDENANZA 8.–VADOS
–Garantía de devolución de placas de la concesión: 100,00 euros.
Se devolverá la garantía en el momento de restitución de las placas en buen estado de uso.
–Todas las calles: 30,00 euros/año.
ORDENANZA 10.–PRECIOS PÚBLICOS POR SERVICIOS EN EL CEMENTERIO
CONCEPTO | IMPORTE | CUOTA ANUAL |
NICHOS | ||
Concesión por 50 años | 1.418,36 euros | 6,83 euros/año |
Prórrogas ilimitadas cada 15 años | 458,63 euros | |
TUMBAS | ||
TRES ALTURAS | ||
Concesión 75 años | 3.463,07 euros | 13,77 euros/año |
Única prórroga por 15 años | 1.035,30 euros | |
DOS ALTURAS | ||
Concesión 75 años | 2.997,19 euros | 10,35 euros/año |
Única prórroga por 15 años | 688,47 euros | |
UNA ALTURA | ||
Concesión por 75 años | 1.309,30 euros | 6,83 euros/año |
Única prórroga por 15 años | 458,64 euros | |
COLUMBARIOS | ||
Concesión por 25 años | 300,23 euros | 3,47 euros/año |
Prórrogas de 10 años | 113,80 euros | |
PANTEONES | ||
Concesión por 99 años | 10.330,22 euros | Panteón de capilla o dos fosas + pasillo |
Panteón de dos fosas | ||
Panteón de una fosa | ||
El plazo computará a partir de la fecha del último enterramiento existente.
A las concesiones otorgadas con anterioridad, se les incrementará los años de concesión, en función del tipo tumba, panteón, nicho o columbario otorgado, con arreglo a los años aprobados.
–Por la utilización de las dependencias municipales en el cementerio 20,00 euros/día.
–Derechos de enterramiento y traslados de restos: se repercutirá el coste de la empresa contratada
ORDENANZA 11.–TASA POR UTILIZACIÓN DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES
–Sala de plenos: 130,00 euros/acto/día, máximo 3 horas.
ORDENANZA 17.–TASAS POR ENSEÑANZA EN ESCUELA DE MÚSICA
–Por matrícula: 62,50 euros.
–Por asignatura: 22,90 euros.
–Pagos mensuales para alumnos:
- Música y movimiento: 2 clases semanales de 45 minutos: 15,60 euros/mes.
- Taller: 2 clases semanales de 1 hora: 22,00 euros.
- Lenguaje musical:
- Menores:
- 2 clases semanales de 1 hora 15 minutos: 26,00 euros.
- 2 clases semanales de 1 hora 30 minutos: 32,00 euros.
- Adultos:
- 1 clase semanal de 1 hora 30 minutos: 26,50 euros.
- 1 clase de semanal de 1:30 horas de preparación para ingreso en el conservatorio: 37,50 euros.
- Instrumento:
- 30 minutos semanales: 38,00 euros.
- 45 minutos semanales: 56,00 euros.
–Conjunto instrumental de 1 hora: 11,00 euros.
–Clases de informática: 31,20 euros.
–Por la utilización de instrumentos musicales por personal que no sea de la Escuela de Música: 3,65 euros/hora.
–Por la utilización de instrumentos musicales a los alumnos de la Escuela: 12,00 euros/mensuales.
–Miembros del coro infantil que no estén matriculados en la Escuela de Música: 3,10 euros/mensuales.
–Por clase de instrumento y Lenguaje Musical: 76,00 euros/hora.
–Por pianista acompañante, 38 euros/mes por 0,30 horas a la semana reducción de tasas por familia numerosa del 50%, excepto en matrícula.
Personas mayores de 65 años y unidades familiares con tres o más miembros matriculados en la Escuela de Música (excepto para familias numerosas) estarán exentos del pago de la matrícula y de lo que se paga por asignatura en la matriculación.
ORDENANZA 18.–APROVECHAMIENTO Y DISFRUTE DE COMUNALES
Adjudicaciones explotaciones prioritarias y otras:
–Comunal regadío y secano incremento de IPC según contrato:
El precio de adjudicación vecinal y el de salida para adjudicación por subasta será el correspondiente al que pagan los adjudicatarios de dichos aprovechamientos.
Se establece una repercusión de los costes fijos, por uso de agua en parcelas de regadío sin amueblar: equivalente a 208,02 euros/Ha (incrementado cada año en función del IPC), descontando la parte del canon que se cobre.
–Colocación de colmenas (incrementado cada año en función del IPC).
- Hasta 10 colmenas: 35,32 euros/año.
- Hasta 25 colmenas: 47,87 euros/año.
- Hasta 50 colmenas: 63,35 euros/año.
- Más de 50 colmenas: las primeras 50 colmenas 63,35 euros/año y resto a 1,85 euros/año.
ORDENANZA 19.–APROVECHAMIENTO DE PASTOS MUNICIPALES
–Corralizas:
- Monte Encinar: según precio adjudicación.
- Cesión de uso de corral y hierbas anejas: 380,00 euros/mes.
ORDENANZA 26 B.–SANIDAD Y SEGURIDAD Y REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES
–Por tenencia de animales potencialmente peligrosos: 60,00 euros.
–Inscripción de perros en el registro: 40,00 euros.
Otras tasas.
–Anuncios programas de fiestas:
- Página entera: 124,00 euros.
- Media página: 78,00 euros.
- 1/4 de página: 55,00 euros.
–Publicaciones del Ayuntamiento:
- Programa fiestas: 4,00 euros.
–Servicio "Voy y vengo": 3,00 euros/viaje.
Olite / Erriberri, 6 de junio de 2026.–El alcalde, Josu Etxarri Sueskun.
Código del anuncio: L2608634
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