BOLETÍN Nº 128 - 2 de julio de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

SANGÜESA

Oposición, en promoción interna restringida, de tres plazas de oficial administrativo/a

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza con fecha 9 de junio de 2026 ha aprobado la convocatoria y las bases para la provisión por promoción interna restringida de tres plazas del puesto de trabajo de oficial administrativo del Ayuntamiento de Sangüesa.

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de oficial administrativo del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza, sin incremento de plazas, para el personal fijo de plantilla al servicio del Ayuntamiento que acredite los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

1.2. La plantilla orgánica municipal para 2024, aprobada definitivamente mediante acuerdo de Pleno de fecha 13 de mayo de 2024 (Boletín Oficial de Navarra número 259, de 23 de diciembre de 2024) establece la promoción restringida interna de los puestos de auxiliar administrativo/a –códigos en plantilla 10.4, 10.5 y 10.6– para su encuadramiento en el nivel C como oficial administrativo/a (códigos 10.4, 10.5 y 10.6, respectivamente).

1.3. El presente proceso se convoca en virtud de lo establecido en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. Las personas aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten nombradas en virtud de esta convocatoria, tendrá la condición de oficial administrativo y será encuadradas en el nivel C desde la fecha de la toma de posesión, amortizándose automáticamente las plazas que ocupaba anteriormente y no suponiendo, por consiguiente, incremento alguno del número de plazas en la plantilla orgánica.

Base 2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario/a o contratado/a laboral fijo, encuadrado en el nivel D, del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza y haber sido nombrado o asignado para el puesto de auxiliar administrativo.

b) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, el requisito de la titulación podrá suplirse en este caso (nivel C), por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones públicas.

c) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones públicas.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar, salvo cuando la persona en excedencia voluntaria se encuentre prestando servicios en otro puesto de trabajo de carácter fijo o temporal en esta administración.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes seleccionados en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria. El cumplimiento de dichos requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse, en el Registro del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

3.2. Las personas con discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

3.3. A la instancia acompañarán la siguiente documentación:

a) Fotocopia del anverso y reverso del documento nacional de identidad.

b) Certificado acreditativo de su nombramiento como auxiliar administrativo, de su antigüedad en dicho puesto, así como de su situación administrativa en el mismo: se incorporará de oficio por el Ayuntamiento.

3.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la alcaldía dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el tablón de anuncios municipal y en la ficha de la página web del Ayuntamiento correspondiente a la convocatoria.

Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, alcaldía dictará resolución declarando desierta la convocatoria.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación en el tablón de anuncios municipal y en la ficha de la página web del Ayuntamiento correspondiente a la convocatoria, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, alcaldía dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el tablón de anuncios municipal y en la ficha de la página web del Ayuntamiento correspondiente a la convocatoria.

En el caso de que no existan personas excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva de personas admitidas y se ordenará su publicación en los medios indicados.

Base 5.–Composición, constitución y actuación del tribunal calificador.

5.1. La composición del tribunal se publicará una vez esté constituido.

Presidente: Javier Solozabal Amorena. Alcalde del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

Suplente: Marta Tiebas Lacasa. Concejala y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

Vocal: Etienne Alzate Figueras. Secretario-interventor del Ayuntamiento de Javier y Ezprogui.

Vocal suplente: Jesús Miguel Erburu Arbizu. Secretario del Ayuntamiento de Egüés-Eguesibar.

Vocal: Juan Carlos González Muñoz. Secretario-interventor del Ayuntamiento de Yesa.

Vocal suplente: Maider Ureta Aizcorbe. Secretaria-interventora de la Agrupación de Ayuntamientos de Ezkároz-Ezkaroze, Jaurrieta y Orontze.

Vocal: Javier Lizarraga Liberal, designado por los y las representantes del personal del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

Vocal suplente: Nicolás Escott Sáez, designada por la representación de Personal del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

Vocal secretaría: Cristina Aisa Rivera, secretaria del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

Secretaria suplente: Raquel García Areso, secretaria-interventora del Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza.

5.2. El tribunal deberá constituirse mediante convocatoria de su presidente, con anterioridad al comienzo de las pruebas.

5.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.4. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Base 6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. La convocatoria se desarrollará de la forma indicada en las presentes bases.

En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas que forman parte de la oposición.

6.2. La fase de oposición, que comenzará a partir de octubre de 2026, constará de la siguiente prueba:

6.2.1. Prueba teórico-práctica.

El ejercicio consistirá en el desarrollo de una prueba teórica, práctica y/o teórico-práctica, que versará sobre las materias del temario del anexo II.

La valoración del ejercicio podrá alcanzar un máximo de 60 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima exigida al mismo.

En la realización de la prueba no se permitirá la consulta de ningún texto, ni el uso de otro material, salvo bolígrafo, de tinta azul o negra.

6.3. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistos del documento nacional de identidad, NIE, o pasaporte. Quienes no acrediten su identidad o no comparezcan quedarán eliminados.

6.4. Durante el desarrollo de la prueba selectiva se establecerá, para las personas aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

6.5. Después de la realización de la prueba, se publicará en la web municipal y en el tablón de anuncios del ayuntamiento los resultados obtenidos en la misma por cada aspirante.

Base 7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

Terminado el proceso, el tribunal elevará a la alcaldía la propuesta de nombramiento en favor de los/as aspirantes aprobados/as.

Base 8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. La alcaldía nombrará oficiales administrativos (nivel C) a las personas aspirantes incluidas en la propuesta citada en el apartado anterior, que previamente habrá debido acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos de la base 2 de la convocatoria, y ordenará la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Los/as aspirantes nombrados/as deberán tomar posesión del cargo en el plazo de diez días naturales, a contar desde la notificación del nombramiento. Si algún candidato, dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de oficial administrativo.

Base 9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Sangüesa / Zangoza en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Sangüesa / Zangoza, 11 de junio de 2026.–El alcalde, Javier Solozábal Amorena.

ANEXO I.–SOLICITUD

https://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/005_Local_solicitud_proceso_selecc_C.pdf

ANEXO II.–TEMARIO

1.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Títulos I a V, ambos incluidos.

2.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Títulos II y V.

3.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título III: Sección 1.ª y 2.ª del Capítulo I y Capítulo II. Título VI. Título IX: Sección 1.ª, 2.ª y 3.ª del Capítulo I y Sección 2.ª del Capítulo II. Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, de desarrollo parcial de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en materia de impugnación de los actos y acuerdos de las Entidades Locales de Navarra.

4.–Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales: Título IV: Secciones 3.ª y 4.ª del Capítulo I y Sección 1.ª del Capítulo II.

5.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Título II: Impuestos municipales.

6.–Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del territorio y urbanismo. Título V: Intervención administrativa en la edificación y usos del suelo y disciplina urbanística.

7.–Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental: Capítulo V del Título I: Instalaciones y actividades sometidas a licencia de actividad clasificada.

8.–Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales: Título II: De la población y del padrón: Capítulo I De los vecinos y del padrón municipal; Capítulo II De la gestión del padrón municipal; Capítulo III De la comprobación y control del padrón municipal; Capítulo IV De la revisión del padrón municipal.

9.–Procesador de textos Word 2016: entorno de trabajo; operaciones con documentos; trabajar con texto; formato; diseño de páginas; tablas; imágenes; estilos; insertar vínculos; trabajar el encabezado y pie de página; tablas de contenido; trabajar ilustraciones; combinar correspondencia; trabajar con campos; configuración de la impresión.

10.–Hoja de Cálculo Excel 2016: entorno de trabajo; operaciones con libros y hojas; formatos; operaciones con celdas y rangos de celdas; formulas; funciones básicas y avanzadas; gráficos; trabajar con datos en excel; uso y creación de plantillas; tablas dinámicas; configuración de la impresión.

11.–Administración electrónica y sede electrónica. Certificado electrónico y firma digital. Cl@ve. Conceptos básicos. Utilidades. Obtención y gestión de certificados, tipos de certificado, autoridades de certificación, instalación.

12.–Conceptos elementales sobre internet y correo electrónico: Outlook y Webmail. Outlook: correo electrónico, calendario, contactos. Webmail-intranet y extranet, servidor webmail, usuario de correo electrónico.

13.–AUNA. Gestor de expedientes y registro.

Nota: las materias se exigirán conforme al texto vigente en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Código del anuncio: L2608577

Hace cien años

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