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BOLETÍN Nº 128 - 2 de julio de 2026
2. Administración Local de Navarra
2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
BAZTAN
Concurso-oposición, mediante promoción interna restringida, de cuatro plazas de trabajador/as familiares
El alcalde del Ayuntamiento de Baztan, Fernando Anbustegi Goñi, mediante Resolución de Alcaldía número 349, de fecha 16 de junio de 2026, aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición por promoción interna restringida, de cuatro plazas de trabajador/as familiares de nivel D.
Baztan, 16 de junio de 2026.–El alcalde, Fernando Anbustegi Goñi.
Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1.–Normas generales.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en promoción interna restringida mediante concurso-oposición, de cuatro plazas de trabajador/as familiares de nivel D, a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
1.1. La plantilla orgánica municipal aprobada para 2026, inicialmente mediante acuerdo de Pleno de fecha 26 de marzo de 2026, y su aprobación definitiva fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra 110, de 8 de junio de 2026. En la misma, se establece la promoción restringida interna para su encuadramiento en el nivel D como trabajador/as familiares y con las retribuciones complementarias de los puestos con numero en plantilla orgánica, 9.11, 9.12, 9.13 y 9.14 mediante convocatoria de pruebas selectivas al efecto, al amparo del artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993.
1.2. Las personas que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten nombradas para desempeñar los puestos de trabajos indicado, serán encuadradas en el nivel/grupo D y percibirán –en sustitución de las actuales–, las retribuciones complementarias establecidas para el puesto de trabajo con número en plantilla orgánica, 9.11, 9.12, 9.13 y 9.14.
1.3. Serán promocionadas las personas aspirantes que haya superado el procedimiento y tenga cabida en las plazas convocadas.
1.4. Las personas promocionadas quedarán adscritas al mismo puesto, servicio y área en el que estaban ejecutando las funciones y trabajos adecuados al nivel y categoría de la convocatoria y a los estudios exigidos, desempeñando las funciones que venían realizando hasta el momento, además de las derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento.
1.5. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el personal antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.
2.–Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidas a la presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser personal funcionario o personal contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento del Valle de Baztan y hallarse encuadrado/a en el nivel o grupo E, y con perfil lingüístico oral C1/EGA/5.º y escrito B2/4.º nivel EOI.
b) Haber sido nombrado/a funcionario/a o contratado/a laboral fijo para ocupar un puesto de trabajador/a familiar en el Ayuntamiento del Valle de Baztan, y con perfil lingüístico oral C1/EGA/5.º y escrito B2/4.º nivel EOI.
c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar, salvo cuando la persona en excedencia voluntaria se encuentre prestando servicios en otro puesto de trabajo de carácter fijo o temporal en esta administración.
d) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones públicas de Navarra.
e) Estar en posesión de Graduado escolar, Graduado en ESO, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, lo que se justificará mediante el correspondiente resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Tal y como establece el artículo 15.2 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, el requisito de la titulación podrá suplirse en este caso (nivel por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones públicas.
3.–Instancias.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud según el Anexo II de la presente convocatoria en el Registro del Ayuntamiento de Baztan, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria respectiva en el Boletín Oficial de Navarra.
Junto con la instancia de participación se deberán aportar todos los méritos a valorar por el tribunal conforme a la presente convocatoria.
3.2. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.
4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, alcaldía dictará resolución aprobando la lista provisional de personal aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios municipal y página web municipal.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el tablón de anuncios municipal y página web municipal.
4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, alcaldía dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, ordenando la publicación de las mismas en el tablón de anuncios y página web municipales. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.
En caso de que no exista ninguna persona excluida se podrá aprobar directamente la relación como lista definitiva.
5.–Tribunal calificador.
5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
–Presidencia: Fernando Anbustegi Goñi, alcalde del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Suplente: Mariano Iribarren Irigoyen, primer teniente de alcalde del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Vocal: Arantza Mariezkurrena Perotxena, oficial administrativo del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Suplente: Maite Herrera Bertiz, oficial administrativo del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Vocal: Itsaso Morato Perurena, educadora social del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Suplente: Laura Andresena Zubigarai, trabajadora social del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
–Vocal: Miren Josune Iturzaeta Barnó, de la Comisión de Personal del Ayuntamiento del Valle de Baztan, designado por la misma.
–Suplente: Ana Larruy Alaña, de la Comisión de Personal del Ayuntamiento del Valle de Baztan, designado por la misma.
–Vocal-secretario: Iulen Xabier Urbiola Loyarte, secretario del Ayuntamiento del Valle de Baztan.
5.2. Quienes componga el tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal calificador cuando concurran las circunstancias anteriormente aludidas (artículo 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre).
5.3. El tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.
5.4. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
5.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.
5.6. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente de aquellas.
6.–Desarrollo del concurso-oposición.
6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de oposición y posteriormente la fase de concurso, en la forma indicada en las presentes bases.
6.2. El concurso-oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Entre la publicación de la convocatoria y la realización del examen de oposición mediara un plazo mínimo de dos meses.
6.3. Fase de oposición.
6.3.1. Ejercicio de carácter teórico-práctico: consistirá en responder por escrito a un cuestionario de 35 preguntas, con varias alternativas de respuesta, siendo solo una de ellas válida, acerca de las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo I de la convocatoria. El tiempo máximo para la realización será el que determine el tribunal.
Cada respuesta correcta puntuará con dos puntos.
6.3.2. El tribunal publicará en el tablón de anuncios, y en su caso en la página web, el resultado.
del ejercicio abriendo un plazo de alegaciones de tres días naturales. A la finalización del mismo, y resueltas, caso de presentarse las alegaciones, publicará los resultados definitivos.
6.3.3. La valoración del ejercicio de la oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos.
6.3.4. El ejercicio de la oposición será eliminatorio. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada al ejercicio.
6.3.5. Una vez terminado el proceso selectivo, el tribunal, hará pública en el lugar de celebración del mismo, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Baztan y en la página web municipal la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.
6.3.6. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente. Las personas que no comparezcan a las mismas quedarán eliminadas.
6.4. Fase de concurso.
6.4.1. El tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.
6.4.2. Baremo de méritos:
a) Por prestación de servicios en administraciones públicas de Navarra en puestos de trabajadores de familia, por cada año 2 puntos, hasta un máximo de 20 puntos.
Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al periodo en que se hayan prestado los servicios. De igual manera, en caso de servicios prestados en jornadas parciales, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda.
6.4.3. Formación relacionada con el puesto de trabajo: máximo 10 puntos.
6.4.4. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso será de 30 puntos.
6.4.5. Al término de la fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios y en la web municipal del Ayuntamiento del Valle de Baztan la puntuación obtenida por cada una de las personas de los aspirantes.
7.–Relación de personas aprobadas.
7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Baztan y en la página web municipal, la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida.
7.2. El tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de la persona aspirante aprobada que tenga cabida en las plazas convocadas. Dicha propuesta se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Baztan y en la página web municipal.
8.–Nombramiento y toma de posesión.
8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, Alcaldía, conforme a la propuesta de nombramiento, nombrará mediante resolución a las personas aspirantes que haya superado el procedimiento y tenga cabida en la plaza convocada, especificando su nuevo nivel de encuadramiento. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.
8.2. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Quien, en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomará posesión, perderá todos los derechos para la adquisición del nuevo nivel de encuadramiento.
9.–Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
ANEXO I.–TEMARIO
Tema 1.–Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales de Navarra.
Tema 2.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título III, Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y Participación Ciudadanas.
Tema 3.–Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 4.–Nuevas ordenanzas, cotos y paramentos del Noble Valle y Universidad de Baztan: Título I.
Tema 5.–El programa de Atención a Personas con dificultades de Autovalimiento en el marco de los Servicios Sociales de Base. El Servicio de Atención a Domicilio. Definición. Destinatarios. Situaciones objeto de atención.
Tema 6.–El Trabajador Familiar en el servicio de atención a domicilio. Funciones y características de su trabajo. Ética profesional en el marco de los Servicios Sociales de Base.
Tema 7.–Tercera edad. Características y necesidades más importantes. Situaciones susceptibles de ser atendidas por el Servicio de Atención a Domicilio.
Tema 8.–Hábitos saludables, nutrición y alimentación, ejercicio físico y sueño. Prevención de accidentes. Primeros auxilios. Higiene personal y de la vivienda. Aplicación de Ayudas Técnicas para cuidados personales, movilidad, alimentación y acondicionamiento del hogar.
Tema 9.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Capítulo I del Título I, La capacidad de obrar y el concepto de interesado.
Tema 10.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Capítulo I del Título II, Normas generales de actuación.
Tema 11.–Discapacidades físicas y psíquicas. Características y necesidades más importantes. Situaciones susceptibles de ser atendidas por el servicio de atención a domicilio.
Tema 12.–Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre mujeres y hombres: Título 1, Disposiciones generales.
ANEXO II.–SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE CUATRO PLAZAS DE TRABAJADOR/AS FAMILIARES DE NIVEL D, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 15.6 DEL ESTATUTO DEL PERSONAL AL SERVICIO
DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA
DNI/NIE: | Fecha nacimiento: | Nacionalidad: | ||
Dirección actual: | C.P.: | Población: | ||
Teléfono móvil: | Correo electrónico: | |||
EXPONE:
–Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la presente convocatoria.
–Que adjunta a esta instancia la documentación exigida en las bases de la convocatoria:
Copia del anverso y reverso del documento nacional de identidad.
Copia del título de Graduado escolar, Graduado en ESO, o título declarado equivalente.
–Que a efectos de acreditar el conocimiento de euskera (marcar lo que proceda):
Adjunta a la presente instancia copia de la documentación que acredita estar en posesión del conocimiento de euskera a nivel oral C1/EGA/5.º y escrito B2/4.º nivel EOI.
Solicita la realización de la prueba acreditativa del conocimiento de euskera exigido.
SOLICITA:
–Su admisión a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de cuatro plazas de trabajador/as familiares de nivel d, a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra publicada en el Boletín Oficial de Navarra número......................., de fecha................................................
................. de ........................................... de 2026
Firma:
MÉRITO | PUESTO | DÍAS |
Prestación de servicios en Administraciones públicas de Navarra | ||
FORMACIÓN |
Junto con la instancia se deberá presentar la documentación justificativa de los méritos alegados por el solicitante. Si el tribunal así lo cree conveniente, podrá requerir al solicitante que aporte documentación aclaratoria en relación a los méritos alegados. En estos casos se otorgará cinco días hábiles.
Código del anuncio: L2608717
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31001 - Pamplona (Navarra)
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