BOLETÍN Nº 126 - 30 de junio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de junio de 2026, por el que se corrige el error advertido en el apartado primero del Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 13 de mayo de 2026, por el que se aprueba el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 13 de mayo de 2026, se aprobó el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra, relativo a la redelimitación del ámbito en el término municipal de Pamplona y la actualización de la normativa de servidumbres aeronáuticas, presentado por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona / Iruña. Dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 106, de 2 de junio de 2026.

Según informa la Dirección General de Ordenación del Territorio, en el apartado primero (1.º) de dicho acuerdo se incurre en un error, se ha omitido una condición relativa a la eficacia de la aprobación definitiva y recogida en el informe emitido en fecha 24 de abril 2026 por la Comisión de Ordenación del Territorio y derivada del cumplimiento del "Convenio para la coordinación urbanística entre el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra y el Plan General Municipal de Pamplona".

Por ello, procede su corrección conforme a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que éstas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Asimismo, el artículo 125 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición.

En su virtud, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Corregir el error advertido en el apartado primero del Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 13 de mayo de 2026, por el que se aprueba el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra, en el siguiente sentido:

Donde dice: "1.º Aprobar el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra, relativo a la redelimitación del ámbito en el término municipal de Pamplona y la actualización de la normativa de servidumbres aeronáuticas, presentado por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona / Iruña".

Debe decir: "1.º Aprobar el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra, relativo a la redelimitación del ámbito en el término municipal de Pamplona y la actualización de la normativa de servidumbres aeronáuticas, presentado por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona / Iruña.

La eficacia de la aprobación definitiva de esta modificación queda condicionada a la aprobación definitiva de la ordenación municipal estructurante de los ámbitos excluidos del ámbito del Plan Sectorial de Incidencia supramunicipal del Campus de la Universidad Pública de Navarra".

2.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

3.º Trasladar el acuerdo a la UPNA, a la Dirección General de Universidad y a la Gerencia del Ayuntamiento de Pamplona / Iruña, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de junio de 2026.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Código del anuncio: F2608773

Hace cien años

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