1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 167/2026, de 9 de junio, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba definitivamente el proyecto "Remodelación de la EDAR Bajo Ega", así como la relación de bienes y derechos afectados.
Mediante Resolución 120/2026, de 20 de abril, del director general de Administración Local y Despoblación, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados y se declaró a la Mancomunidad de Montejurra beneficiaria en el expediente expropiatorio. Esta resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 88, de 7 de mayo de 2026.
Transcurrido dicho plazo y no habiéndose presentado ninguna alegación, procede aprobar definitivamente el citado proyecto.
En consecuencia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en virtud de las atribuciones que tengo reconocidas según el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
RESUELVO:
1.º Aprobar definitivamente el proyecto "Remodelación de la EDAR Bajo Ega", así como la relación de bienes y derechos afectados, quedando implícita en dicha aprobación, la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación.
2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de San Adrián y Azagra y de la Mancomunidad de Montejurra. Así mismo, se publicará el correspondiente anuncio en dos diarios de la Comunidad Foral.
3.º Esta resolución se notificará a la Mancomunidad de Montejurra, a los Ayuntamientos de San Adrián y Azagra, a Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. (NILSA), y a las personas cuyos bienes y derechos se encuentran afectados por la expropiación, significando que contra la misma, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Cohesión Territorial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 9 de junio de 2026.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.
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