1. Comunidad Foral de Navarra
1.5. Estatutos y Convenios colectivos
RESOLUCIÓN 114C/2026, 9 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de las ikastolas de Navarra.
Visto el texto del acuerdo del Convenio Colectivo de Ikastolas de Navarra (Código número: 31003835011991), con entrada en este Registro con fecha 13 de mayo de 2026, suscrito con fecha 29 de enero de 2026, entre la representación empresarial y sindical de la empresa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.
RESUELVO:
Primero.–Inscribir en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra, el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de Ikastolas de Navarra (Código número: 31003835011991).
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 9 de junio de 2026.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.
ACUERDO DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS IKASTOLAS DE NAVARRA
Pamplona, 29 de enero de 2026.
En Pamplona, en la sede de la Federación Navarra de Ikastolas (Nafarroako Ikastolen Elkartea-NIE), a 26 de enero de dos mil veintiséis, reunidos los miembros de la mesa negociadora, se reúnen las personas representantes de NIE y de LAB, que representan a la mayoría del sector afectado por el presente convenio colectivo, los cuales firman el siguiente
ACUERDO:
Participantes:
En representación de NIE (Nafarroako Ikastolen Elkartea-Federación Navarra de Ikastolas): Josu Reparaz Leiza, Begoña Muñoz Aramburu.
En representación de LAB: Miren Agurtzane Senar Lizarraga, Adur Ramirez de Alda Pozueta.
1) Vinculograma: Medida de cuidado que busca superar la lógica de la familia nuclear heteropatriarcal, para atender a personas con las que tenemos un vínculo emocional y/o social, más allá de las personas con relación de parentesco.
La persona trabajadora elegirá una persona que tenga que cuidar o quiera cuidar, para un periodo de dos años.
Esa persona será reconocida como familiar de primer grado (es decir, la persona trabajadora tendrá los mismos permisos para su cuidado).
El proceso de designación se iniciará en enero de 2026 y deberá renovarse cada dos años. Si durante ese periodo la persona trabajadora quiere realizar una modificación porque las circunstancias han cambiado, podrá hacerlo, pero sólo tendrá esa opción una vez durante ese plazo de dos años.
2) Firma de las tablas salariales para el año 2025: En ellas se recogerá un incremento del 0,2%, que las tablas que ya se están aplicando en las ikastolas en el año 2025, abonándose los atrasos desde el 01/01/2025.
Y para que conste, se firma el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
TABLAS SALARIALES PARA 2025 |
| SALARIO BASE | ANTIGÜEDAD |
GRUPO I |
A) PERSONAL DOCENTE |
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA |
Profesor/a titular | 34.894,75 euros | 751,00 euros |
Profesor/a especialista | 32.511,99 euros | 751,00 euros |
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA |
Profesor/a de primer ciclo | 40.055,22 euros | 907,39 euros |
Profesor/a de 2.º ciclo | 40.055,22 euros | 907,39 euros |
BACHILLERATO |
Profesor/a titular | 40.055,22 euros | 907,39 euros |
B) PERSONAL DOCENTE TÉCNICO |
Psicólogos/as, pedagogos/as | 40.055,22 euros | 907,39 euros |
C) PERSONAL DOCENTE DE SERVICIOS DE APOYO |
Instructor/a | 28.604,19 euros | 633,25 euros |
GRUPO II |
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN |
Jefe/a de administración o secretario/a | 33.922,18 euros | 781,15 euros |
Oficial administrativa/o | 28.727,81 euros | 690,45 euros |
Auxiliar administrativo/a | 24.879,99 euros | 642,24 euros |
GRUPO III |
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES |
Cocinero/a jefe | 27.412,92 euros | 642,24 euros |
Cocinero/a | 24.887,26 euros | 642,24 euros |
Ayudante de cocina | 23.297,68 euros | 642,24 euros |
Conserje | 23.870,54 euros | 642,24 euros |
Personal de mantenimiento | 23.422,13 euros | 642,24 euros |
Personal de comedor y limpieza | 22.758,17 euros | 642,24 euros |
Celador/a | 22.758,17 euros | 642,24 euros |
Personal de servicios múltiples | 22.758,17 euros | 642,24 euros |
GRUPO IV | | |
CUIDADORES/AS |
Educador/a EI | 22.758,17 euros | 642,24 euros |
Auxiliar de necesidades especiales | 21.079,03 euros | 618,29 euros |
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