1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 121/2026, de 12 de junio, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas por la que se declara, en concreto, de utilidad pública para las instalaciones de conexión a la red de distribución para planta de producción de biometano, promovidas por Biogasval, SL, en término municipal de Valtierra. Código de expediente: 0003-GR.
Mediante Resolución 800E/2024, de 29 de agosto, de la directora general de Medio Ambiente, se concedió autorización ambiental integrada a la planta de biometanización cuyo titular es Biogasval, SL, ubicada en término municipal de Valtierra.
Con fecha 13 de junio de 2024, y al amparo de lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Biogasval, SL solicitó declaración, en concreto, de utilidad pública, para las instalaciones de conexión a la red de distribución para planta de producción de biometano, en término municipal de Valtierra.
Según el artículo 55.2.d) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, la instalación no requiere de autorización administrativa previa, al tratarse de una línea directa.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, la solicitud de Biogasval, SL se sometió al trámite de información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 189, de 17 de septiembre de 2024 y en Diario de Navarra y Diario de Noticias de 18 de septiembre de 2024, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se remitió al Ayuntamiento de Valtierra para su exposición al público por el mismo plazo.
No se recibieron alegaciones.
Al mismo tiempo, de conformidad con lo señalado en el artículo 98 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, este Servicio consultó al Ayuntamiento de Valtierra. Con fecha 19 de septiembre de 2024, el Ayuntamiento de Valtierra emitió informe en el que indica que el recinto donde se ubicará el módulo de inyección no es compatible con el uso de zona verde delimitado por el Plan Municipal de Valtierra.
Con fecha 22 de abril de 2025, Biogasval, SL presenta adenda al proyecto, modificando parte del trazado proyectado, acorde a los informes emitidos por parte del Ayuntamiento de Valtierra y el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, la adenda al proyecto se sometió a un segundo trámite de información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 110, de 3 de junio de 2025 y en Diario de Navarra y Diario de Noticias de 4 de junio de 2025, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se remitió al Ayuntamiento de Valtierra para su exposición al público por el mismo plazo. No se recibieron alegaciones.
Al mismo tiempo, de conformidad con lo señalado en el artículo 98 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, este Servicio consultó al Ayuntamiento de Valtierra, sin haber recibido respuesta.
Con fecha 5 de diciembre de 2025, Biogasval, SL presenta una segunda adenda al proyecto, manteniendo el trazado proyectado inicialmente, con una modificación parcial en el tramo que discurre por la ladera del barranco yesoso, con el objetivo de minimizar la afección ambiental. Esta segunda adenda se presenta porque la modificación planteada en la primera adenda al proyecto, tiene mayor afección ambiental que el proyecto original.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, la segunda adenda al proyecto se sometió a un tercer trámite de información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 8, de 13 de enero de 2026 y en Diario de Navarra y Diario de Noticias de 14 de enero de 2026, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se remitió al Ayuntamiento de Valtierra para su exposición al público por el mismo plazo. No se recibieron alegaciones.
Al mismo tiempo, de conformidad con lo señalado en el artículo 98 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, este Servicio consultó al Ayuntamiento de Valtierra, sin haber recibido respuesta.
Mediante Resolución 121E/2026, de 9 de marzo, de la Directora General de Medio Ambiente, se formuló informe de impacto ambiental para el proyecto, señalando el condicionado que debe cumplirse.
Mediante Resolución 144E/2026, de 1 de abril, del Director General de Ordenación del Territorio, se autorizó el proyecto de conexión de la red de biometano al poste de inyección de Nedgia, en el término municipal de Valtierra, promovido por Biogasval, SL.
Por todo ello, vista la documentación presentada y tras el análisis técnico del expediente, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone declarar, en concreto, la utilidad pública para el proyecto.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas.
por la Resolución 29/2025, de 30 de julio, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 5 de agosto de 2025,
RESUELVO:
1. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación, conforme a lo establecido en los artículos 103, 104 y 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y en los artículos 100 y 101 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio. La relación de bienes y derechos afectados, que no ha sufrido variaciones respecto a la sometida al tercer trámite de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 8,de 13 de enero de 2026, se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.
2. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a la Sección de Evaluación Ambiental, a la Sección de Paisaje y Suelo Rústico, y al Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, a los efectos oportunos.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
4. Notificar esta resolución a Biogasval, SL, y a las personas titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.
5. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Valtierra, advirtiendo que, contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 12 de junio de 2026.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
ANEXO I.–RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO
TITULAR | DATOS CATASTRALES | AFECCIONES |
Serv. L.M. | Serv. m² | O.T. m² | Ocupación Permanente |
Municipio | Polígono | Parcela | (Referencia Catastral) | (Naturaleza / Cultivo) | Ud. | m² |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 48 | 310000000001412299DJ | Secano, T. Labor Secano | 13,41 | 40,71 | 569,55 | 1,00 | 4,00 |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 54 | 310000000001412305KX * | Secano, T. Labor Secano | | | 20,07 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 53 | 310000000001412304JZ * | Secano, T. Labor Secano | | 9,90 | 214,58 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 49 | 310000000001412300DJ | Secano, T. Labor Secano | | 9,95 | 889,68 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 52 | 310000000001412303HB * | Secano, T. Labor Secano | | 23,04 | 290,75 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 50 | 310000000001412301FK | Secano, T. Labor Secano | | | 852,39 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 10 | 51 | 310000000001412302GL | Secano, T. Labor Secano | | 4,22 | 31,48 | | |
Comunidad Foral de Navarra (Cañadas) | Valtierra | 10 | 257 | 310000000001412427FK | Improductivo, Cañada | 82,67 | 248,36 | 826,60 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 36 | 310000000001412468BQ * | Secano, T. Labor Secano | | 14,18 | 258,17 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 73 | 310000000001412504MR | Secano, T. Labor Secano | | | 473,53 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 74 | 310000000001412505QT * | Forestal - Pastos, Pastos | | | 1,82 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 75 | 310000000001412506WY * | Secano, T. Labor Secano | | 7,72 | 619,41 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 76 | 310000000002288115UZ * | Secano, T. Labor Secano | | 8,31 | 234,74 | | |
Comunidad Foral de Navarra (Cañadas) | Valtierra | 11 | 192 | 310000000001412572QT | Improductivo, Cañada | 46,99 | 127,80 | 571,96 | | |
Comunidad Foral de Navarra (Cañadas) | Valtierra | 11 | 191 | 310000000001412571MR | Improductivo, Cañada | 7,61 | 52,78 | 188,10 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 79 | 310000000001412510EU * | Secano, T. Labor Secano | 120,57 | 358,40 | 1.375,34 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 81 | 310000000001412512TO * | Secano, T. Labor Secano | 58,76 | 173,88 | 1.288,27 | | |
Comunidad Foral de Navarra (Cañadas) | Valtierra | 11 | 190 | 310000000001412570XE | Improductivo, Cañada | 48,87 | 149,33 | 346,23 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 82 | 310000000001412513YP | Secano, T. Labor Secano | 133,16 | 391,13 | 1.403,01 | | |
Comunidad Foral de Navarra (Cañadas) | Valtierra | 11 | 189 | 310000000001412569QT | Improductivo Cañada | | 6,70 | 9,45 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 83 | 310000000001412514UA | Secano, T. Labor Secano | 86,22 | 349,48 | 1.253,03 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 98 | 310000000001412529LM | Secano, T. Labor Secano | | 1,80 | 472,47 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 107 | 310000000001412538WY | Secano, T. Labor Secano | | | 593,27 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 108 | 310000000001412539EU | Secano, T. Labor Secano | | | 89,91 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 122 | 310000000001412553AG | Secano, Pinar | 176,85 | 525,17 | 1.099,87 | | |
Comunal del Ayuntamiento de Valtierra | Valtierra | 11 | 123 | 310000000001412554SH * | Forestal - Pastos, Pinar | 2.691,50 | 8.074,77 | 19.185,07 | | |
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