2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BURLADA
Extracto de la convocatoria de ayudas a entidades culturales para la realización de actividades artísticas y culturales en 2026
Código BDNS: 911503.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911503).
De conformidad con la ordenanza municipal general de subvenciones del Ayuntamiento de Burlada, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 185 de 9 de agosto de 2021, se anuncia la convocatoria de ayudas a entidades culturales para el ejercicio de 2026.
1.–Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto apoyar económicamente las actividades culturales que estén relacionadas con la danza, la música, el teatro, las artes plásticas, las fiestas y celebraciones tradicionales y otras análogas de naturaleza cultural o artística en la localidad de Burlada.
Quedan excluidas de la presente convocatoria:
–Los aperitivos, comidas y actividades similares, a excepción de aquellas que tengan un carácter marcadamente popular y que vayan dirigidas al conjunto de la ciudadanía, previa autorización del Ayuntamiento de Burlada.
–Los campamentos, cursos, estancias y viajes.
–Los premios, trofeos y pagos en especie de las actividades culturales.
–Actividades financiadas por el Ayuntamiento de Burlada a través de convenios de colaboración bien sea a través del Área de Cultura y Fiestas u otras áreas municipales.
Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios consignados en la partida 33400-4820001, convocatoria ordinaria de subvenciones, quedando la convocatoria siempre supeditada a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria.
2.–Requisitos.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser una asociación sin ánimo de lucro.
b) Ser una asociación legalmente constituida con anterioridad de un año a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de esta convocatoria.
c) Tener domicilio social y fiscal en Burlada.
d) No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de 11/2005 de 9 de noviembre de subvenciones.
e) Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Burlada y tener sus datos actualizados.
f) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
3.–Plazo y lugar de presentación.
3.1. Las bases estarán disponibles en la web del Ayuntamiento www.burlada.es y en la Base Nacional de Subvenciones y el extracto será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.
3.2. Se podrán presentar a la convocatoria actividades realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 6 de noviembre de 2026 a las 14:00 h.
3.3. Las solicitudes se presentarán vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada. Asimismo, podrán presentarse en el registro general electrónico del Ayuntamiento u otro de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrán remitir por vía telemática en las Oficinas de Correos mediante ORVE al código digital de destino: L01310608.
3.4. El plazo será improrrogable. Las solicitudes presentadas fuera del plazo ordinario serán automáticamente denegadas.
Burlada, 9 de junio de 2026.–La alcaldesa, Berta Arizkun Gonzalez.
Código del anuncio: L2608438