BOLETÍN Nº 123 - 25 de junio de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

VALLE DE EGÜÉS

Concurso-oposición, en promoción interna restringida, de dos plazas de oficial de jardinería

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valle de Egüés, mediante Resolución de fecha 21 de mayo de 2026, ha aprobado la convocatoria conforme a las siguientes:

BASES

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en promoción interna restringida mediante concurso-oposición, de dos plazas de oficial de jardinería de nivel C, a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. Mediante aprobación de Plantilla Orgánica aprobada inicialmente mediante acuerdo de Pleno de fecha 15 de abril de 2025, y que pasó a definitiva, se creó un puesto de oficial de jardinería (puesto de plantilla 9.12), para la promoción restringida –junto con el ya existente (puesto 9.11 de plantilla orgánica)– desde el puesto de nivel D de peón de jardinería, de dos puestos de oficial de jardinería encuadrados en el nivel C, a proveer por concurso oposición restringida a través de señalado procedimiento del artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Tal encuadramiento viene motivado en la realización de tareas de nivel superior.

Las dos plazas están incluidas en la oferta pública de empleo para su provisión (acuerdo de Junta de Gobierno Local de 18/10/2025).

1.3. Las personas que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten nombradas para el puesto de trabajo de oficial de jardinería, adscrito al Departamento de Jardinería, serán encuadradas en el nivel o grupo C y percibirán las retribuciones correspondientes a dicho nivel o grupo.

1.4. Serán promocionadas las personas aspirantes que hayan superado el procedimiento y tengan cabida en las plazas convocadas.

1.5. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el personal antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

El plazo de presentación de instancias de participación en la presente convocatoria será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Para ser admitidas a la presente convocatoria, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario o contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento del Valle de Egüés y hallarse encuadrado en el nivel D.

b) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

c) Acreditación de cinco años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

d) Estar en posesión de título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse con la acreditación de ocho años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

Los requisitos anteriores deberán acreditarse en el momento de la presentación de instancias.

3.–Instancias y tasas.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de la sede electrónica municipal, mediante el siguiente trámite:

https://sedeelectronica.valledeegues.es/catalogoservicios.aspx?area=577&ambito=1

Junto con la instancia de participación se deberán aportar todos los méritos a valorar por el tribunal conforme a las bases de la presente convocatoria.

3.2. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.3. Se deberán abonar las tasas de 6,00 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen a través del trámite de inscripción. La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias determinará la exclusión del aspirante.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la alcaldesa-presidenta dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios municipal y página web municipal.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el tablón de anuncios municipal y página web municipal.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la alcaldesa-presidenta dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas ordenando su publicación en el tablón de anuncios y página web municipales. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

En caso de que no exista ninguna persona excluida se podrá aprobar directamente la relación como lista definitiva.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador será nombrado antes de la aprobación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, y estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Dicho nombramiento será publicado junto con la lista definitiva de aspirantes admitidos.

5.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la que ejerza la Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también personas sustitutas las designadas como vocales suplentes en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

5.3. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las actuaciones que competan al mismo. Dichas personas asesoras colaborarán con el tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades.

6.–Desarrollo de la convocatoria.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de oposición y posteriormente la fase de concurso, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. El concurso-oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio, valorándose en la fase de concurso únicamente los méritos de aquellos aspirantes que hubieran resultado aprobados en la fase de oposición.

6.3. Fase de oposición.

6.3.1. Ejercicio de carácter teórico-práctico: consistirá en responder por escrito a un cuestionario de un máximo de 50 preguntas, con varias alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, acerca de las materias contenidas en el temario que figura en el anexo I de la convocatoria. Penalizarán los errores con un tercio del valor de la pregunta si son tres las opciones/alternativas de respuesta; y con un cuarto del valor de la pregunta si son cuatro las opciones/alternativas de respuesta. El tiempo máximo para la realización será el que determine el tribunal.

6.3.2. El tribunal publicará en el tablón de anuncios, y en su caso en la página web, el resultado del ejercicio teórico- práctico abriendo un plazo de alegaciones de cinco días hábiles. A la finalización del mismo, y resueltas, caso de presentarse las alegaciones, publicará los resultados definitivos.

6.3.3. La valoración del ejercicio de oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos, siendo necesarios 35 puntos para considerar el ejercicio aprobado.

6.3.4. El ejercicio de oposición será eliminatorio. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen, al menos, 35 puntos.

6.3.5. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente. Las personas que no comparezcan a las mismas quedarán eliminadas.

6.4. Fase de concurso.

6.4.1. El tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

6.4.2. Baremo de méritos:

a) Por la prestación de servicios en Administraciones Públicas de Navarra, en puestos de peón de jardinería, oficial de jardinería o puestos equiparables, por cada año 2 puntos, hasta un máximo de 15 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al periodo en que se hayan prestado los servicios. De igual manera, en caso de servicios prestados en jornadas parciales, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda.

b) Por participación en acciones formativas, relacionadas con las funciones del puesto objeto de la convocatoria organizadas por organismos o centros públicos y universidades: 0,10 puntos por 10 horas de formación, hasta un máximo de 10 puntos.

–Se prorratearán las fracciones de horas que resulten de las acciones formativas a valorar.

–Los certificados en que no conste duración en horas se valorarán con 0,05 puntos.

–Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico sin detalle de horas, se valorarán como 120 horas.

–Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

–No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como no universitario. Asimismo, no se valorará, en su caso, el título que sirva como requisito para poder concurrir en la convocatoria.

6.4.3. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso será de 30 puntos.

6.4.4. Al término de la fase de concurso el tribunal publicará en el tablón de anuncios, y en su caso en la página web, el resultado provisional de la valoración de méritos, abriendo un plazo de alegaciones de cinco días hábiles. A la finalización del mismo, y resueltas, caso de presentarse las alegaciones, publicará los resultados definitivos.

7.–Relación de personas aprobadas.

7.1. Terminada la calificación del proceso, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del Valle de Egüés y en la página web municipal, la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida.

7.2. El tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de las personas aspirantes aprobadas que tengan cabida en las plazas convocadas. Dicha propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, Alcaldía, conforme a la propuesta de nombramiento, nombrará mediante resolución a las personas aspirantes que hayan superado el procedimiento y tengan cabida en las plazas convocadas, especificando su nuevo nivel de encuadramiento. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión o formalizar anexo a su contrato laboral en la fecha que se indique en el documento de nombramiento. Quien, en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos los derechos para la adquisición del nuevo nivel de encuadramiento.

9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Sarriguren, 8 de junio de 2026.–La alcaldesa, Xuriñe Peñas López.

ANEXO I.–Temario

Tema 01.–Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tema 02.–Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección y desarrollo del patrimonio forestal de Navarra.

Tema 03.–Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre Mujeres y Hombres.

Tema 04.–Prevención de riesgos laborales en los trabajos de mantenimiento de jardinería.

Tema 05.–Tipos de EPIs en jardinería y su utilización.

Tema 06.–Trabajos de jardinería. Planificación general de los trabajos anuales.

Tema 07.–Plantación de árboles, arbustos y setos.

Tema 08.–Mantenimiento de arbolado, arbustos y setos.

Tema 09.–Sistemas de riego: tipos, características y mantenimiento. Automatización.

Tema 10.–Principales plagas y enfermedades en jardinería. Lucha integrada. Tratamientos biológicos.

Tema 11.–Herramientas: tipos, conocimiento, manejo. Condiciones de seguridad. Maquinaria: mantenimiento, adecuación a cada tajo.

Tema 12.–La poda en el arbolado. Necesidad. Técnicas. La anatomía y fisiología del árbol y su relación con la poda. Herramientas y maquinaria.

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