2. Administración Local de Navarra
2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
TAFALLA
Concurso de méritos de vacantes de puestos correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal. Nombramiento de educador/a infantil
Resolución del alcalde del M. I. Ayuntamiento de Tafalla por la que se determina la procedencia de contratación de doña Milka Arriaga Torres como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Tafalla en el marco del proceso de la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de vacantes de puestos correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para desempeñar el puesto educador/a infantil y se le adjudica plaza.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tafalla adoptó Acuerdo en fecha 2 de diciembre de 2022, aprobando la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de vacantes de puestos correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Ayuntamiento de Tafalla.
Dicha convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 254, de 19 de diciembre de 2022.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 5 de septiembre de 2024, publicada en la ficha web de la convocatoria el mismo día, se aprobó la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en la convocatoria de procedimiento de ingreso, correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal en el Ayuntamiento de Tafalla. Dicha resolución se publicó en la ficha de la convocatoria el 5 de septiembre de 2024. Mediante sucesivas resoluciones de Alcaldía de fecha 9 de septiembre, 2 de octubre y 8 de octubre, publicadas en la ficha de la convocatoria los días 9 de septiembre, 3 de octubre y 9 de octubre respectivamente, se aprobaron modificaciones y correcciones de dicha lista definitiva.
Concluido el concurso de méritos, en la página web de la entidad local, se publicó la propuesta de nombramiento de las personas aspirantes con mayor puntuación, que cumplían los requisitos exigidos en la convocatoria y tenían cabida en el número de plazas convocadas.
Presentada la documentación solicitada en la convocatoria y comprobado que cumplen los requisitos en ella exigidos, procede efectuar el nombramiento o contratación y la adjudicación de las plazas.
Mediante Resolución de 23 de diciembre de 2024 se aceptó la solicitud realizada por Milka Arriaga Torres y se procedió a la suspensión del cómputo del plazo para la presentación de la documentación requerida hasta la desaparición de la circunstancia de fuerza mayor acreditada.
En virtud de lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que tengo atribuidas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa de general aplicación;
HE RESUELTO:
Primero.–Determinar la contratación en régimen laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Tafalla, para desempeñar el puesto de trabajo de educador/a infantil a doña Milka Arriaga Torres.
Segundo.–Adjudicar la vacante de conformidad con lo dispuesto seguidamente:
N.º PLAZA EN PLANTILLA ORGÁNICA | PUESTO DE TRABAJO | NIVEL | RÉGIMEN JURÍDICO | JORNADA |
06.4.2 | Educador/a escuela infantil | C | Laboral | Completa |
Tercero.–La persona aspirante de régimen laboral deberá suscribir el correspondiente contrato laboral fijo el día 10 de junio de 2026, conforme al artículo 6.4 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.
En el supuesto de que la persona nombrada, en dicha fecha, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no suscriba el contrato laboral fijo perderá todos los derechos para la adquisición de la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Tafalla.
Cuarto.–Trasladar la presente resolución, a los efectos oportunos, a la Unidad de Personal, al Área de Servicios Socioculturales-Escuela Infantil, y al Área de Servicios Económicos y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Tafalla, así como a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Quinto.–Notificar la presente resolución a la persona interesada, significándole que contra la misma cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.
c) Recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia que por turno corresponda de la ciudad de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.
Tafalla, 8 de junio de 2026.–El alcalde, Xabier Alcuaz Andueza.
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