1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 108/2026, de 3 de junio, del director general de Infraestructuras, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se autoriza al centro privado autorizado de Enseñanzas Deportivas "Escuela Navarra del Deporte-Nafarroako Kirol Eskola" de Pamplona a impartir las especialidades de Judo, Esgrima y Salvamento y Socorrismo, lo que supone una nueva autorización por cambio en las enseñanzas para las que fue autorizado.
Visto el expediente instruido ante la solicitud de la Fundación Miguel Induráin Fundazioa, con CIF G31643844 y domicilio en la Plaza Aizagerria 11 de Pamplona, código postal 31016, titular del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Escuela Navarra del Deporte-Nafarroako Kirol Eskola", de Pamplona, solicitando la modificación de la autorización con la que cuenta para ampliar su oferta de Enseñanzas Deportivas, pasando a impartir los ciclos inicial y final del título de Grado medio de la especialidad de Esgrima, especialidad regulada por el Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas, los ciclos inicial y final del título de Grado medio de la especialidad de Judo, especialidad regulada por el Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso y el título de Grado medio de la especialidad de Salvamento y Socorrismo, especialidad regulada por el Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Conforme a lo establecido en el capítulo VI del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre, por el que se regula la ordenación y el desarrollo de las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
A la vista de los informes favorables emitidos por los Servicios de Planificación e Integración de la Formación Profesional, de Infraestructuras Educativas y del Servicio de Inspección Educativa.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, y a propuesta del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TICs Educativas.
RESUELVO:
1.º Autorizar al Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Escuela Navarra del Deporte-Nafarroako Kirol Eskola", de Pamplona, para impartir los ciclos inicial y final del título de Grado medio de la especialidad de Esgrima, especialidad regulada por el Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, los ciclos inicial y final del título de Grado medio de la especialidad de Judo, especialidad regulada por el Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, y el título de Grado medio de la especialidad de Salvamento y Socorrismo, especialidad regulada por el Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, con efectos del inicio del curso 2026-2027, lo que supone una nueva autorización por cambio en las enseñanzas para las que fue autorizado.
2.º Indicar que los datos del centro, inscritos en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra, serán los siguientes:
–Código de centro: 31014918.
–Titular: Fundación Miguel Induráin Fundazioa, con CIF G31643844.
–Denominación Genérica: Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas.
–Denominación Específica: "Escuela Navarra del Deporte - Nafarroako Kirol Eskola".
–Domicilio: Centro de Tecnificación Deportiva (Estadio Larrabide), calle Sangüesa 34, código postal 31005.
–Localidad: Pamplona.
–Municipio: Pamplona.
–Enseñanzas autorizadas:
- Ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Baloncesto".
- Ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Balonmano".
- Ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Atletismo".
- Ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Esgrima".
- Ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Judo".
- Ciclo formativo inicial de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en la especialidad de "Salvamento y Socorrismo".
- Bloque común de los ciclos inicial y final de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
- Bloque común de los niveles I y II de las formaciones a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, reguladas por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.
–Composición máxima autorizada:
- 2 unidades (1 en el ciclo inicial y 1 en el ciclo final) con una capacidad máxima de 60 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Baloncesto".
- 3 unidades (2 de ciclo inicial y 1 unidad de ciclo final) con una capacidad máxima de 90 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Balonmano".
- 2 unidades (1 en el ciclo inicial y 1 en el ciclo final) con una capacidad máxima de 60 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Atletismo".
- 2 unidades (1 en el ciclo inicial y 1 en el ciclo final) con una capacidad máxima de 60 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Esgrima".
- 2 unidades (1 en el ciclo inicial y 1 en el ciclo final) con una capacidad máxima de 60 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Judo".
- 1 unidad en el ciclo inicial con una capacidad máxima de 30 puestos en las enseñanzas de grado medio de la especialidad de "Salvamento y Socorrismo".
- 9 unidades en el ciclo inicial del bloque común del grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial y del nivel I de las formaciones a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007.
- 3 unidades en el ciclo final del bloque común del grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial y del nivel II de las formaciones a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007.
3.º El centro impartirá sus enseñanzas en las siguientes modalidades y turnos:
–Modalidad General, establecida en el artículo 7, apartado 1, letra a), del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.
–Modalidad Singular, establecida en el artículo 7, apartado 1, letra b), del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre, que es la dirigida principalmente a deportistas de alto nivel, de alto rendimiento y de perfeccionamiento, así como la dirigida a otros colectivos cuando las circunstancias de la demanda lo aconsejen, incluyendo la impartición on-line de parte de las enseñanzas a través del aula virtual "aulacedim.navarra.es".
–Turno diurno, para las enseñanzas presenciales, de lunes a sábado, en horario de mañana y tarde.
4.º El centro continuará adscrito a efectos administrativos al Centro Integrado "San Juan/Donibane" de Pamplona.
5.º Recordar que el titular del centro deberá solicitar la modificación de la autorización o nueva autorización administrativa cuando cambien los datos registrales del centro, establecidos en apartado 2.º de la presente resolución, o cuando concurra cualquiera de las circunstancias establecidas en el artículo 34 del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.
6.º Advertir que la autorización del centro se extinguirá en los supuestos establecidos en el artículo 35 del citado Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.
7.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente resolución puede interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
8.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Infraestructuras Educativas, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al Servicio de Sistemas de Información de Educación, al Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios Educativos, a la Sección de Financiación de Centros Escolares, a la Sección de Gestión de la Información Escolar y al Centro Integrado "San Juan-Donibane", al que se encuentra adscrito el centro a efectos administrativos.
9.º Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 3 de junio de 2026.–El director general de Infraestructuras, Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.
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