BOLETÍN Nº 118 - 18 de junio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 351/2026, de 28 de mayo, del director general de Educación y Formación Profesional, por la que se modifica la Resolución 225/2026, de 27 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para la elaboración del calendario escolar y horario general correspondiente a los centros que imparten, en la modalidad presencial, los Grados D del Sistema de Formación Profesional, ciclos de grado básico, grado medio y grado superior, y los ciclos de grado medio y grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2026-2027.

Mediante la Resolución 225/2026, de 27 de abril, se aprobaron las instrucciones para la elaboración del calendario escolar y horario general correspondiente a los centros que imparten, en la modalidad presencial, los Grados D del Sistema de Formación Profesional, ciclos de grado básico, grado medio y grado superior, y los ciclos de grado medio y grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2026-2027.

Mediante la Resolución 232/2026, de 13 de mayo, del director general de Economía Social y Trabajo, se ha establecido como fiesta de carácter retributivo y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra, para el año 2027, el día 19 de marzo, por lo que resulta preciso modificar determinadas fechas señaladas en la Resolución 225/2026, de 27 de abril. Por otro lado, se modifican determinados aspectos relativos a la evaluación final y la fecha señalada para la finalización del período de formación en empresa u organismo equiparado al objeto de que exista un período final de formación en el centro que tenga sentido pedagógico, formativo y que se corresponda con la alternancia que precisa el carácter dual de la formación profesional.

La directora del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional presenta informe favorable para la aprobación de esta resolución al objeto de regular las actuaciones señaladas en el punto anterior.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Modificar el anexo de la Resolución 225/2026, de 27 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para la elaboración del calendario escolar y horario general correspondiente a los centros que imparten, en la modalidad presencial, los Grados D del Sistema de Formación Profesional, ciclos de grado básico, grado medio y grado superior, y los ciclos de grado medio y grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2026-2027, conforme a lo que se señala a continuación:

–Instrucción 2.ªc), donde dice:

"c) Días festivos según el calendario laboral ordinario para Navarra: 12 de octubre, 2 de noviembre, 3 de diciembre y 8 de diciembre. El Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional tramitará las oportunas instrucciones si se contemplara algún día festivo más que pudiera afectar al calendario escolar".

Debe decir:

"c) Días festivos según el calendario laboral ordinario para Navarra: 12 de octubre, 2 de noviembre, 3 de diciembre, 8 de diciembre y 19 de marzo. El Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional tramitará las oportunas instrucciones si se contemplara algún día festivo más que pudiera afectar al calendario escolar".

–Instrucción 3.ªa), donde dice:

"a) En la modalidad presencial, el inicio de las clases y el fin de las mismas serán los siguientes:

–Ciclos de grado básico: el inicio de las clases de primer y segundo curso será el día 4 de septiembre de 2026 y el fin de las mismas será el día 18 de junio de 2027.

–Ciclos de grado medio: el inicio de las clases de primer y segundo curso será el día 11 de septiembre de 2026 (tras la finalización del Procedimiento de adjudicación de vacantes de grado medio - PAV) y el fin de las mismas será el día 18 de junio de 2027.

–Ciclos de grado superior: el inicio de las clases de primer curso será el día 16 de septiembre de 2026 (tras la finalización del Procedimiento de adjudicación de vacantes de grado medio - PAV) y el inicio de las clases de segundo curso será el día 11 de septiembre de 2026 y el fin de las mismas, en ambos cursos, será el día 18 de junio de 2027.

–En cuanto al inicio de las clases, en los ciclos formativos que precisen la realización de actividades lectivas docentes curriculares en entornos naturales, el inicio de las clases podrá ser antes del día señalado para el inicio de las mismas en el nivel correspondiente".

Debe decir:

"a) En la modalidad presencial, el inicio de las clases y el fin de las mismas serán los siguientes:

–Ciclos de grado básico: el inicio de las clases de primer y segundo curso será el día 4 de septiembre de 2026 y el fin de las mismas será el día 21 de junio de 2027.

–Ciclos de grado medio: el inicio de las clases de primer y segundo curso será el día 11 de septiembre de 2026 (tras la finalización del Procedimiento de adjudicación de vacantes de grado medio - PAV) y el fin de las mismas será el día 21 de junio de 2027.

–Ciclos de grado superior: el inicio de las clases de primer curso será el día 16 de septiembre de 2026 (tras la finalización del Procedimiento de adjudicación de vacantes de grado medio - PAV) y el inicio de las clases de segundo curso será el día 11 de septiembre de 2026 y el fin de las mismas, en ambos cursos, será el día 21 de junio de 2027.

–En cuanto al inicio de las clases, en los ciclos formativos que precisen la realización de actividades lectivas docentes curriculares en entornos naturales, el inicio de las clases podrá ser antes del día señalado para el inicio de las mismas en el nivel correspondiente".

–Instrucción 3.ª c), donde dice:

"c) Los centros docentes que impartan enseñanzas de Formación Profesional deberán adecuar el número de días lectivos en los que se realiza la formación correspondiente al centro, en cada ciclo, grupo y alumnado a lo dispuesto en los respectivos planes de formación del período de Formación en empresa u organismo equiparado.

Se deberá tener en consideración que la finalización del período de Formación en empresa u organismo equiparado será, con carácter general, el día 21 de mayo de 2027, al objeto de que exista una secuencia final de formación en el centro en la que, entre otras actividades, se compartan los aprendizajes en las diferentes empresas u organismos equiparados de modo que se favorezca el aprendizaje global del conjunto del alumnado".

Debe decir:

"c) Los centros docentes que impartan enseñanzas de Formación Profesional deberán adecuar el número de días lectivos en los que se realiza la formación correspondiente al centro, en cada ciclo, grupo y alumnado a lo dispuesto en los respectivos planes de formación del período de Formación en empresa u organismo equiparado.

Se deberá tener en consideración que la finalización del período de Formación en empresa u organismo equiparado será, con carácter general, el día 7 de mayo de 2027, al objeto de que exista una secuencia final de formación en el centro en la que, entre otras actividades específicas de cada módulo profesional y proyecto intermodular, se compartan los aprendizajes en las diferentes empresas u organismos equiparados de modo que se favorezca el aprendizaje global del conjunto del alumnado".

–Instrucción 4.ª segundo apartado, donde dice:

"–Las actividades formativas que tengan la consideración de pruebas de evaluación correspondientes a la evaluación final se realizarán, con carácter general, a partir del 4 de junio de 2027, teniendo en cuenta que el día 18 de junio de 2027 es la fecha límite de entrega al alumnado de las calificaciones correspondientes a la convocatoria de evaluación final".

Debe decir:

"–Las últimas actividades formativas que tengan la consideración de actividades de carácter evaluativo, en el marco de la evaluación final de ciclo, se realizarán, con carácter general, a partir del 11 de junio de 2027, teniendo en cuenta que el día 21 de junio de 2027 es la fecha límite de entrega al alumnado de las calificaciones correspondientes a la evaluación final del ciclo".

2.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución a la Dirección General de Personal, a la Dirección General de Infraestructuras, Digitalización y Servicios Educativos, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al de Escuelas Infantiles, al de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, al de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al de Inspección Educativa, al de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, al de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al de Sistemas de Información de Educación, a la Sección de Servicios Complementarios, y a la Sección de Gestión de la Información Escolar, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 28 de mayo de 2026.–El director general de Educación y Formación Profesional, Gil Sevillano González.

Código del anuncio: F2607931

Hace cien años

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