1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 3 de junio de 2026, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Proyecto de "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta".
La Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta, en sesión ordinaria de su Asamblea de Vocales celebrada el día 31 de diciembre de 2025, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del proyecto "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta", que incluye la relación inicial de bienes y derechos afectados. Dicho proyecto tiene por objeto la renovación de las redes de abastecimiento de agua potable dentro del ámbito de las competencias de la Mancomunidad. Dicha aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 26, de 5 de febrero de 2026.
Transcurrido el plazo de información pública y no habiendo recibido alegación alguna, la Asamblea de Vocales de Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta, en la sesión celebrada el día 15 de abril de 2026, aprobó definitivamente la relación de bienes y derechos afectados, declarando la utilidad pública y necesidad de ocupación. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa. Dicha aprobación definitiva fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 88, de 7 de mayo de 2026.
La Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta solicitó mediante instancia en el Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra el día 13 de mayo de 2026 que se declarase urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta". Entre la documentación presentada se encuentra un informe justificativo de la urgencia fechado a 11 de mayo de 2026.
El 15 de mayo de 2026 se notificó a la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta requerimiento del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales en el que se le solicita que proporcione, en el plazo de 10 días, el certificado de retención de crédito o de consignación presupuestaria exigido por el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Con fecha 21 de mayo de 2026 la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta envía por medio de instancia en el Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra certificado emitido por la Secretaría de dicha entidad local, en el que se hace constar que existe la consignación presupuestaria necesaria para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados por el proyecto, quedando el mismo incorporado al expediente.
De acuerdo con el informe proporcionado por la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta, la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Proyecto "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta" se fundamenta en la necesidad de renovar las redes de abastecimiento de agua potable destinada al consumo humano que actualmente presentan problemas en cuanto a cantidad y calidad de suministro en el área de actuación de la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta.
Con todo ello, la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta ha proporcionado la documentación señalada en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa para la declaración de urgencia de la expropiación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta".
En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,
ACUERDA:
1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Renovación del ramal Iraizotz de la red en alta de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta".
2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de Servicios de Ultzanueta.
4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
Pamplona, 3 de junio de 2026.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.
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