BOLETÍN Nº 115 - 15 de junio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 207E/2026, de 27 de mayo, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se modifica de oficio la autorización ambiental unificada de planta de reciclaje de palas de aerogenerador, cuyo titular es Energyloop SA, ubicada en término municipal de Cortes, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Tipo de expediente

Revisión de oficio de la autorización ambiental unificada

Código expediente

0001-0063-2025-000016

Fecha de inicio

24/10/2025

Unidad gestora

Servicio de Economía Circular e Innovación

Teléfono

848426254-848427587

Correo-e

autprema@navarra.es

Clasificación

Legislación

Actividad

Ley Foral 17/2020, de 16-12

Anejo 1 / Grupo 5.1

R.D.L. 1/2016, de 16-12

Centro no incluido

Directiva 2010/75/UE, de 24-11

Centro no incluido

Ley 21/2013, de 9-12

Centro no incluido

Instalación

Planta de reciclaje de palas de aerogenerador

Titular

Energyloop, S.A.

NIMA

3107809043

Emplazamiento

Polígono 10, Parcela 165 y 166

Coordenadas

UTM-ETRS89, huso 30N, x: 628.717 e y: 4.642.940

Municipio

Cortes

Proyecto

Diversos cambios ejecutados durante la fase de obras con respecto a las condiciones autorizadas en la autorización ambiental unificada

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada concedida mediante la Resolución 426E/2023, de 14 de noviembre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, encontrándose incluida en el anejo 1, grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Con fecha 18/09/2025, el promotor ha presentado declaración responsable de puesta en marcha conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, junto con la documentación necesaria para comunicar el inicio de la actividad autorizada.

Revisada la documentación aportada se han detectado ciertas modificaciones en la instalación finalmente ejecutada que exigen el cambio de algunas de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización concedida inicialmente, que deben ser incorporadas a la autorización ambiental unificada.

Las condiciones reales de funcionamiento son acordes con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra e) del artículo 27 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental y, en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental unificada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 40 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Modificar de oficio la autorización ambiental unificada de planta de reciclaje de palas de aerogenerador, cuyo titular es Energyloop SA, ubicada en término municipal de Cortes, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), se estará a lo dispuesto en el expediente de inicio de actividad de la instalación.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Energyloop SA, al Ayuntamiento de Cortes y al Servicio de Protección Civil y Emergencias, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de mayo de 2026.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Francisco Javier Larrañeta Nido.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.

Código del anuncio: F2607823

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es