BOLETÍN Nº 113 - 11 de junio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 2E/2026, de 28 de mayo, del consejero de Presidencia e Igualdad, por la que se modifica la habilitación al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB) para la emisión del programa ETB1 ON en cada uno de los cinco múltiples de televisión digital terrestre (TDT) de cobertura local asignados a la Comunidad Foral de Navarra.

La Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron el 15 de julio de 2016 un Convenio de Colaboración para impulsar la difusión de los servicios de EiTB en Navarra, que fue prorrogado el 9 de julio de 2020 por espacio de otros cuatro años.

En aplicación de dicho convenio, se aprobó la Orden Foral 49/2016, de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilitó al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB2 y ETB3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra (canales 38, 31, 24, 45 y 39). Dicha orden foral se publicó el 22 de septiembre de 2016 en el Boletín Oficial de Navarra número 184.

La Orden Foral referenciada fue modificada mediante Orden Foral 38/2018, de 30 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, de modo que la habilitación al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB) se desdobló habilitando la emisión del programa de ETB2 a través del múltiple autonómico de TDT asignado a Navarra, y dando continuidad a la emisión del programa ETB3 a través de cada uno de los cinco múltiples de cobertura local asignados a la Comunidad Foral de Navarra. Dicha orden foral se publicó el 13 de diciembre de 2018 en el Boletín Oficial de Navarra número 178.

Mediante Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del segundo dividendo digital, se modificó el canal del múltiple de TDT local de la demarcación de Pamplona / Iruña, que pasó del canal 38 al 39.

Por Resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital de 14 de enero de 2020 se modificó el canal de emisión de la demarcación de TDT local de Sangüesa / Zangoza por razones de compatibilidad radioeléctrica y coordinación internacional, pasando del canal 45 al 41.

El 24 de octubre de 2024, la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma Vasca volvieron a suscribir otro Convenio de Colaboración que reeditaba el suscrito en 2016 y prorrogado en 2020, para continuar impulsando la reemisión de los servicios de comunicación audiovisual de EiTB en la Comunidad Foral de Navarra.

El Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de fecha 13 de mayo de 2026, ha modificado la reserva de un canal en cada una de las demarcaciones de TDT local de Navarra asignados actualmente a ETB3 (que se ha suprimido), al nuevo canal ETB1 ON, manteniendo el uso del espacio ya reservado.

Con objeto de actualizar las habilitaciones de emisión autorizadas al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) en los múltiples locales de TDT asignados a Navarra, la Dirección General de Comunicación y Proyección Institucional propone modificar la Orden Foral 49/2016 de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilita al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB-2 y ETB-3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra, modificada a su vez por la Orden Foral 38/2018, de 30 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Comunicación y Proyección Institucional, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad,

ORDENO:

1.º Modificar el apartado 1.° de la Orden Foral 49/2016, de 20 de septiembre, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se habilita al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irratia Telebista-EiTB) para la emisión de los programas ETB-2 y ETB-3 en los múltiples de cobertura local en la Comunidad Foral de Navarra, ya modificado previamente por la Orden Foral 38/2018, de 30 de agosto, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, que queda redactado de la siguiente manera:

"1.º Habilitar al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB), con CIF Q0191001G, y domicilio en la calle Capuchinos de Basurtu, 2 de Bilbao (Bizkaia), para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre de ámbito local en la Comunidad Foral de Navarra, mediante la emisión del programa ETB1 ON a través de los siguientes canales:

–Demarcación de Estella-Lizarra: canal 24.

–Demarcación de Pamplona / lruña: canal 39.

–Demarcación de Sangüesa / Zangoza: canal 41.

–Demarcación de Tafalla: canal 31.

–Demarcación de Tudela: canal 39".

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra y en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de Navarra.

3.º Notificar esta orden foral al Ente Público de Radio y Televisión del País Vasco (Euskal Irrati Telebista-EiTB), a Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea, SA, a Abian Media SL, a la Asociación Cultural Xaloa, a Francisco Javier Ramos Cizaurre y a Donazar Hernandez Jaione e Ibañez Navarro Luis Manuel; y dar traslado de esta orden foral a la Subsecretaría General de Planificación y Gestión del Espacio Radioeléctrico del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública; a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; a la Dirección General de Comunicación y Proyección Institucional; y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia e Igualdad, a los efectos oportunos.

4.º Contra esta orden foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona / Iruña, 28 de mayo de 2026.–El consejero de Presidencia e Igualdad, Javier Remírez Apesteguía.

Código del anuncio: F2607880

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