BOLETÍN Nº 108 - 4 de junio de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 256/2026, de 6 de mayo, del director gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para cubrir 80 plazas de residentes deportistas y residentes estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2026 y, con carácter general, hasta el 30 de junio de 2027, ambos inclusive.

La Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo presenta un informe en el que se expone la necesidad de facilitar el máximo aprovechamiento de las posibilidades de uso de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe de Pamplona. Por ello, propone la aprobación de una convocatoria que establezca las bases y criterios para cubrir 80 plazas para residentes deportistas y estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

El periodo de vigencia de la convocatoria abarca desde la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2026, y, como máximo, hasta el 30 de junio de 2027; excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio, siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan, y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

Todas las personas residentes que cursen estudios reglados deberán abandonar la Residencia al finalizar su curso lectivo.

El objetivo de esta convocatoria es posibilitar la carrera dual, facilitando la compatibilidad entre la actividad deportiva y las ocupaciones académicas, laborales o personales. De ahí, la necesidad de establecer las bases y criterios para cubrir las plazas de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

Esta convocatoria va dirigida a deportistas y estudiantes en el orden de preferencia que se señala a continuación:

1.º Deportistas de Rendimiento de Navarra (Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento y Rendimiento de Base).

2.º Deportistas navarros y navarras pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

3.º Resto de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

4.º Deportistas de clubes navarros que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra. El INDAF podrá valorar el caso de otros deportistas que tengan licencia en un club de categoría nacional pese a no ser referente.

5.º Personas estudiantes nacidas en Navarra o con empadronamiento en la Comunidad Foral antes del 1 de enero de 2026, y que precisen alojamiento en Pamplona para poder llevar a cabo sus estudios.

Las solicitudes serán estudiadas por la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo y la Dirección de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, y posteriormente se propondrá la adjudicación de las mismas.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 10 de noviembre de 2017 (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017), las personas que obtengan plaza de residente en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe por su condición de deportistas pertenecientes al Deporte de Rendimiento de Navarra, estarán exentos del pago de las cuotas de alojamiento. No obstante, deberán abonar los servicios de alimentación que realicen, de acuerdo con los precios establecidos por la empresa adjudicataria del contrato de gestión del Servicio de Cocina-Comedor del Centro.

Las personas residentes deportistas que no tengan la condición de deportistas de Rendimiento de Navarra, o que no sean beneficiarias de ayudas o exenciones por parte del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, así como las personas residentes estudiantes, estarán obligadas al abono de los precios por el alojamiento y la alimentación tal y como se establece en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud de 10 de noviembre de 2017 y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017, vigentes en la actualidad, y que están sujetos a posibles modificaciones.

Los requisitos para ser considerado deportista de alto nivel, alto rendimiento, perfeccionamiento o rendimiento de base (Niveles del Deporte de Rendimiento), están recogidos en diferentes disposiciones y resoluciones administrativas: Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, que regula el Deporte de Rendimiento de Navarra. La Resolución 240/2015, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se modifican los requisitos técnicos-deportivos para el acceso a la condición del deporte de alto nivel de Navarra; y se regula la duración de la condición de deportista, técnico o juez de rendimiento de Navarra; las prestaciones de la Administración Deportiva de la Comunidad Foral a los deportistas, técnicos y jueces de rendimiento de Navarra. Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales, por el que se regula el procedimiento para acceder al deporte de alto rendimiento, al deporte de perfeccionamiento y al deporte de rendimiento base de Navarra.

La acreditación en el alto nivel viene determinada por la Resolución 410E/2026, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, por la que se aprueba la relación definitiva de deportistas, técnicos y jueces de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra. En el resto de niveles de deportistas de rendimiento de Navarra, la acreditación de su condición se consigue mediante certificado emitido por el propio Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física a petición de la persona interesada.

A los efectos de la adjudicación de las plazas de esta convocatoria, la consideración de deportista de alto rendimiento, perfeccionamiento o rendimiento de base, se consigue, indubitadamente, cumpliendo con los requisitos que exige el Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, la Resolución 240/2015, de 30 de marzo y la Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo.

Estos requisitos son absolutamente objetivos, sin que quepan valoraciones subjetivas de la Administración Deportiva.

Las normas básicas para un adecuado funcionamiento de la Residencia figuran en el Reglamento de Funcionamiento Interno aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

Cabe explicar que los gastos ocasionados por la ocupación y funcionamiento de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, se encuentran ya presupuestados e incluidos dentro de las partidas de gasto correspondientes a los Centros adscritos al Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, en los Presupuestos Generales de Navarra de 2026.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 257/2023, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

RESUELVO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria, para cubrir las ochenta plazas de residentes deportistas y residentes estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física que se incluyen en el anexo I, para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2026, y, como máximo, hasta el 30 de junio de 2027, ambos inclusive, excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

2.º Aprobar el modelo de solicitud incluido como anexo II.

3.º Publicar esta resolución y el anexo I en el Boletín Oficial de Navarra. Toda esta documentación, junto con el resto de anexos, quedará a disposición de las personas interesadas en la página web del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, y en las dependencias del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide, y en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

4.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

5.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Administración y Gestión, a la Subdirección de Promoción del Deporte y de la Actividad Física, a la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo, a la Fundación Miguel Induráin, y a la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de mayo de 2026.–El director gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, Jorge Aguirre Oviedo.

ANEXO I.–BASES REGULADORAS

1.–Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de adjudicación de las plazas de personas residentes deportistas y estudiantes en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

2.–Residencia.

Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, calle Goroabe número 36, 31005 Pamplona (Navarra).

2.1. El número de plazas disponibles es de 80.

2.2. Alojamiento: la presente convocatoria adjudica exclusivamente el alojamiento en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe para el periodo comprendido entre la fecha de concesión de la plaza, nunca antes del 1 de septiembre de 2026, y, como máximo, hasta el 30 de junio de 2027, ambos inclusive, excepto en el caso de residentes deportistas, que podrá extenderse al mes de julio siempre que justifiquen la necesidad de estancia por entrenamientos o competiciones que lo exijan y con la debida autorización del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

Todas las personas residentes que cursen estudios reglados deberán abandonar la Residencia al finalizar su curso lectivo.

El Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física podrá determinar el cierre de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en aquellos periodos vacacionales y/o fines de semana en los que la ocupación sea mínima, con el objetivo de rentabilizar recursos.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 10 de noviembre de 2017, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la actualización y el régimen de precios y tarifas máximos para la utilización de los centros adscritos al Instituto, las personas residentes deportistas de Rendimiento de Navarra estarán exentas del pago de cuotas de alojamiento.

2.3. Alimentación: la presente convocatoria no adjudica los gastos que suponen la alimentación.

Los precios actuales del servicio de comedor (IVA incluido) son los siguientes:

–Desayuno: 2,82 euros.

–Comida: 9,31 euros.

–Cena: 8,32 euros.

–Pensión completa: 20,45 euros.

Estos precios corresponden a los ofertados por la empresa concesionaria del servicio de cocina-comedor de la Residencia.

Además, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución, 240/2015, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, podrían preverse ayudas para hacer frente al servicio de alimentación en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, dirigidas exclusivamente a residentes deportistas de alto nivel y de alto rendimiento. Las posibles ayudas podrán concederse en los términos y condiciones que se aprueben, en su caso, en las correspondientes bases reguladoras de la subvención y en función del crédito presupuestario disponible para tal fin.

En el caso de que se establezcan dichas ayudas, las cuantías a subvencionar podrían ser, como máximo:

–Alto Nivel: hasta el 100% del coste de la alimentación.

–Alto Rendimiento: hasta el 50% del coste de la alimentación.

Las personas residentes que no tengan la condición de deportistas de Rendimiento, ni sean beneficiarias de ayudas o exenciones por parte del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, estarán obligadas al abono de los precios por el alojamiento y la alimentación tal y como se establece en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud de 10 de noviembre de 2017 y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017.

3.–Personas beneficiarias.

Podrán solicitar plaza en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe:

–Deportistas de Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento y Rendimiento de Base de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2025.

–Deportistas navarros y navarras pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2025.

–Resto de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2025.

–Deportistas de Clubes navarros que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en el más alto nivel de su modalidad deportiva en Navarra, entendiéndose esto por ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra cuya edad esté comprendida entre los 14 y 30 años, a fecha 31 de diciembre de 2025.

–Personas estudiantes nacidas en Navarra o con empadronamiento en la Comunidad Foral antes del 1 de enero de 2026, y que precisen alojamiento en Pamplona para poder llevar a cabo sus estudios y cuya edad esté comprendida entre los 16 y 26 años –ambas inclusive– a cumplir en 2026.

–Personas que no cumplan las anteriores condiciones y que, habiendo plazas vacantes, reciban el visto bueno del Instituto Navarro de Deporte y de la Actividad Física.

4.–Requisitos.

Quienes soliciten plaza no podrán encontrarse cumpliendo sanciones administrativas firmes, ni una sentencia firme condenatoria o, en su caso, no estar pendiente del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

Todas las personas que presenten solicitud deberán poder justificar que su domicilio familiar se encuentra en algún municipio cuya distancia a Pamplona sea superior a 15 kilómetros, salvo que reciban el visto bueno del Instituto Navarro de Deporte y de la Actividad Física.

4.1. Las personas residentes deportistas que cursen estudios reglados, y las personas residentes estudiantes, deberán acreditar estar cursando enseñanzas regladas no universitarias o cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales en el momento de la publicación de dicha convocatoria.

4.2. Las personas residentes deportistas que no cursen estudios reglados, deberán acreditar la realización de una actividad laboral dentro de los doce meses anteriores a la publicación de esta convocatoria.

4.3. Personas deportistas que, no cumpliendo los apartados anteriores, centren su actividad en la preparación de un objetivo deportivo especialmente relevante a valorar por la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo.

4.4. El Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física podrá valorar, excepcionalmente, la admisión de alguna solicitud justificada que no cumpla los requisitos arriba establecidos.

5.–Solicitudes.

5.1. Presentación de solicitud.

Las solicitudes podrán ser presentadas por cada residente, o por su padre, madre, o quien ostente su representación legal. En caso de residentes deportistas, la solicitud también podrá ser presentada en su nombre por las Federaciones Deportivas de Navarra o nacionales, o por clubes navarros con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose por esto ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra.

Las solicitudes podrán presentarse de manera electrónica desde la opción "Tramitar" de la ficha de la convocatoria existente en el apartado de Trámites del Portal de Navarra (www.navarra.es), o de manera presencial empleando para ello el modelo que figura como anexo II de solicitud, disponible en dicha ficha.

También podrán presentarse las solicitudes en el Registro del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física (Pabellón Navarra Arena-Casa del Deporte. Plaza Aizagerría, 1, 31006-Pamplona), conforme al modelo que se recoge en el anexo II, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que la solicitud se presente en Correos, se deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano gestor de la subvención, por medio de correo electrónico a la dirección rentidad@navarra.es la remisión de la solicitud. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida fuera del plazo señalado para la presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante, mientras existan plazas disponibles, estas podrán ser solicitadas, aunque el plazo de presentación reseñado en el párrafo anterior haya finalizado.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados, así como el conocimiento y aceptación las normas de Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y de la Actividad Física.

5.2. Documentación.

5.2.1. Documentación a presentar junto con la solicitud:

a) Documentación común para residentes deportistas y residentes estudiantes:

–Impreso de solicitud especificado en el anexo II (salvo las solicitudes presentadas de manera electrónica).

–Una fotografía tamaño carnet.

–Fotocopia del DNI.

–En su caso, acreditación de pertenencia a familia numerosa.

–Si solicitan plaza varios/as hermanos/as, copia del libro de familia.

–Quienes estén cursando estudios reglados, matrícula del curso escolar 2025-2026.

b) Documentación de residentes deportistas:

–Deportistas de Rendimiento de Navarra: certificado emitido por el propio Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, donde se especifica su condición de Deportista de Rendimiento de Navarra (Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento y Rendimiento de Base).

–Deportistas navarros y navarras pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra: certificado emitido por las propias Federaciones implicadas, donde se especifica que pertenecen a dichos programas de tecnificación, y certificado de empadronamiento en Navarra antes del 1 de enero de 2026.

–Resto de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra: certificado emitido por las propias Federaciones implicadas, donde se especifica que pertenecen a dichos programas de tecnificación.

–Deportistas de clubes navarros que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sea referente en Navarra: ficha deportiva que acredite la pertenencia a dicho club durante la temporada 2026-2027.

–Personas deportistas a las que hace referencia el punto 4.2., deberán aportar justificación de la actividad laboral mediante contrato de trabajo o similar.

c) Documentación de residentes estudiantes:

–Certificado de empadronamiento en Navarra antes del 1 de enero de 2026.

–Si ha obtenido Beca del Departamento de Educación durante el curso escolar 2025-2026, copia compulsada de la adjudicación.

–En su caso, copia de la tarjeta de federado durante la temporada 25/26.

5.2.2. Corrección de errores y faltas de documentación.

En el supuesto de falta de documentación o documentación errónea se concederá un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente a la notificación a la persona interesada, para la subsanación de la citada deficiencia. En caso de no subsanar la documentación requerida se considera que desiste de su petición.

6.–Valoración.

6.1. Residentes deportistas:

Las solicitudes de los residentes deportistas se incluirán en uno de estos grupos:

a) Catalogación de deportista de Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento o de Rendimiento de Base de Navarra, según lo dispuesto en las siguientes normas:

–Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, por el que se regula el Deporte de Rendimiento y la relación de deportistas de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra.

–Resolución 240/2015, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se modifican los requisitos técnicos-deportivos para el acceso a la condición del deporte de alto nivel de Navarra; y se regula la duración de la condición de deportista, técnico o juez de rendimiento de Navarra; las prestaciones de la Administración Deportiva de la Comunidad Foral a deportistas, técnicos y jueces de rendimiento de Navarra.

–Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo, del consejero de Políticas Sociales, por la que se regula el procedimiento para acceder al deporte de alto rendimiento, al deporte de perfeccionamiento y al deporte de rendimiento de base.

–Resolución 410E/2026, de 30 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, por la que se aprueba la relación definitiva de deportistas, técnicos y jueces de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra.

b) Catalogación de deportistas navarros y navarras pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra, según justificante emitido por la federación nacional correspondiente donde se indique la pertenencia del deportista solicitante de alojamiento a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

c) Catalogación de resto de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra, según justificante emitido por la federación nacional correspondiente donde se indique la pertenencia del deportista solicitante de alojamiento a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

d) Catalogación de Deportistas que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sean referentes en Navarra, entendiéndose por esto ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra (el INDAF podrá valorar el caso de otros deportistas que tengan licencia en un club de categoría nacional pese a no ser referente), según ficha deportiva emitida por el club correspondiente donde se acredite la pertenencia del deportista solicitante de alojamiento a dicho club durante la temporada 2026-2027.

6.1.1. La Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo estudiará las solicitudes presentadas, y elaborará un listado según los siguientes criterios:

Tendrán preferencia para acceder a las citadas plazas aquellas personas deportistas conforme al siguiente orden de prelación:

1.º Deportistas de Alto Nivel.

2.º Deportistas de Alto Rendimiento.

3.º Deportistas de Perfeccionamiento.

4.º Deportistas de Rendimiento de Base, que tengan entre 14 y 16 años, ambos inclusive, a fecha 31 de diciembre de 2025.

5.º Deportistas navarros y navarras pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

6.º Resto de deportistas pertenecientes a programas de tecnificación nacional que se desarrollen en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide del Gobierno de Navarra.

7.º Deportistas que tengan licencia deportiva con cualquier club deportivo con representación en categoría nacional y que sea referente en Navarra, entendiéndose por esto ser el club con nivel deportivo más alto en su respectiva modalidad de la Comunidad Foral de Navarra.

6.1.2. Dentro de cada nivel deportivo, tendrán prioridad las personas solicitantes deportistas, según el siguiente orden:

1.º Quienes hayan ocupado plaza en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en el curso 2025/2026.

2.º Quienes pertenezcan a un equipo femenino referente de un club que haya suscrito un convenio de colaboración para el desarrollo de un proyecto de estructuración del deporte en cuestión.

3.º Deportistas cuyo domicilio familiar esté ubicado a mayor distancia de Pamplona.

4.º Quienes formen parte de familia numerosa.

5.º Según su edad:

  • 1.º Entre 14 y 24 años, tendrán prioridad las personas de mayor edad.
  • 2.º Entre 25 y 30 años, tendrán prioridad las personas de menor edad.

Se considerará la edad de las personas solicitantes a fecha 31 de diciembre de 2026, y la catalogación deportiva en la fecha de la solicitud.

6.º según el orden presentación de la solicitud.

A fin de facilitar la mejor evaluación de las solicitudes, la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física podrá requerir a las Federaciones correspondientes o deportistas solicitantes, la ampliación o mejora de la información contenida en los documentos presentados.

6.1.3. En el caso de solicitudes presentadas como deportista y que tras su valoración no sean catalogadas dentro de los grupos de deportistas anteriormente citados (6.1), pasarán directamente a valorarse como solicitudes de estudiantes.

Una vez adjudicadas las plazas a los residentes deportistas, se valorarán y adjudicarán las plazas restantes a las solicitudes de residentes estudiantes.

6.2. Residentes estudiantes:

Una comisión integrada por el Director de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, y un técnico de dicha unidad, estudiará las solicitudes presentadas y elaborará un listado según los siguientes criterios.

6.2.1. Criterios y orden de prelación:

a) En primer lugar, tendrán preferencia las solicitudes de residentes-estudiantes que hubieran obtenido plaza y residido en la Residencia durante el curso escolar 2025-2026.

b) En segundo lugar, hermanos/as de quienes obtuvieron plaza durante el curso 2025-2026, y que también soliciten plaza para el curso 2026-2027.

c) El resto de solicitudes serán consideradas siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

6.2.2. En caso de que las solicitudes superen el número máximo de plazas establecido en esta convocatoria se aplicará el siguiente baremo entre las solicitudes incluidas en este último apartado (6.2.1):

a) Nivel de estudios durante el curso 2025-2026:

–Estudios Universitarios: 10 puntos.

–Bachiller/F.P. Grado Superior: 8 puntos.

–ESO/F.P. Grado Medio: 6 puntos.

–Otros estudios: 4 puntos.

b) Distancia entre el domicilio familiar y Pamplona:

–Más de 30 km: 6 puntos.

–Entre 15 y 30 km: 3 puntos.

c) Tener licencia federativa en la temporada 25/26, 5 puntos.

d) Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación durante el curso escolar 2025-2026, 3 puntos.

e) Pertenecer a familia numerosa, 3 puntos.

f) La solicitud de plazas de varios hermanos/as, 3 puntos.

6.3. Una vez cubiertas las plazas ofertadas, el resto de solicitudes quedarán en reserva y podrán ser admitidas conforme queden plazas vacantes por alguna baja.

7.–Resolución.

7.1. Las solicitudes serán resueltas por el Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas, atendiendo a la propuesta conjunta efectuada por la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo y la Dirección de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

7.2. Transcurrido el plazo máximo para resolver las solicitudes sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

7.3. Finalizado el plazo de presentación de los documentos exigidos en el punto 5.2.1, se aprobará, mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, la relación provisional de adjudicación de plazas de residentes para el curso 2026-2027.

7.4. Quienes estén obligados al pago del alojamiento, deberán efectuar el pago de una mensualidad de alojamiento, en el plazo de los 15 días naturales siguientes a la notificación de la resolución que aprueba el listado provisional. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2027 (último mes integro de estancia). Este importe se devolverá si se renuncia a la plaza antes de incorporarse, con fecha límite 15 de septiembre de 2026; sin embargo, no se devolverá si una vez incorporado cursa baja en la Residencia antes de finalizar el curso.

7.5. En los casos de solicitudes entregadas después de aprobada la resolución definitiva, serán resueltas por el Director Gerente del INDAF en el plazo máximo de un mes.

8.–Adjudicación.

8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:

–Al pago de la mensualidad de alojamiento citada anteriormente, cuando proceda.

–A la no existencia de mensualidades pendientes de pago correspondientes a estancias anteriores.

–Al mantenimiento o mejora de los méritos y condiciones por los que se ha adjudicado la plaza.

–A la ausencia de informe desfavorable del director de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe en el caso de quienes renuevan plaza.

8.2. La adjudicación de plaza de residente da derecho:

–Al alojamiento durante ocho meses, mínimo del 1 de octubre al 31 de mayo (excepto en los períodos de Navidad y Semana Santa), que se facturará mensualmente, dentro de los 15 primeros días de cada mes. En septiembre y junio los días de estancia se abonarán por semanas completas.

–Al uso y disfrute gratuito de las instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide y del Centro Recreativo Guelbenzu en las condiciones que para ello se establezcan, y siempre con el visto bueno del INDAF.

8.3. El Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, podrá revocar total o parcialmente el derecho al disfrute de la plaza concedida en los casos siguientes:

–Incumplimiento del Reglamento de Régimen Interno.

–El uso indebido de las instalaciones de la Residencia.

–El uso indebido de las instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide y del Centro Recreativo Guelbenzu.

–Incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente resolución.

–Falseamiento de datos en la solicitud.

–Situaciones de extraordinaria necesidad que puedan obligar, como ocurrió con la pandemia derivada de la COVID-19, a poner las habitaciones o instalaciones de la Residencia a disposición de Gobierno de Navarra.

9.–Obligaciones.

a) Obligaciones deportistas de rendimiento:

–Cumplir con su proyecto o su programación deportiva con el objeto de conseguir sus objetivos.

–Llevar un régimen de vida de acuerdo al cumplimiento de sus objetivos deportivos y de desarrollo personal.

–Representar a Navarra siempre que sea seleccionado/a.

–Asistir a las reuniones o revisiones médicas convocadas desde la Subdirección de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo.

b) Obligaciones del resto de residentes.

–Deberán abonar los precios establecidos para el alojamiento en el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de deporte y Juventud, de fecha 10 de noviembre de 2017 (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 237, de 13 de diciembre de 2017) o, en su caso, los precios que se establezcan por el Instituto Navarro del Deporte.

–La responsabilidad de los pagos será exclusiva de las personas residentes, aunque sean abonados por terceros.

c) Obligaciones comunes.

–Sin perjuicio de que puedan aprobarse las ayudas indicadas en la base 2.3), cada residente debe abonar los precios establecidos por la empresa adjudicataria del servicio cocina comedor de la Residencia según los importes establecidos en la base 2.3. Estos precios estarán sujetos a posibles modificaciones, que deberán ser aprobadas por el Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

–Hacer uso del servicio de comedor de forma completa (desayuno, comida y cena) los lunes, martes, miércoles y jueves y, al menos, los servicios de desayuno y comida los viernes. Como excepción a esta obligación están razones de causa mayor, enfermedad, así como por la asistencia a competiciones o concentraciones que imposibiliten la estancia en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

–Se debe comunicar con una antelación de 24 horas si, por alguna de las causas justificadas relacionadas en el párrafo anterior, no se va a hacer uso del servicio de comedor ya que en caso de no comunicar esta incidencia en el plazo establecido estarán obligados a abonar el servicio no utilizado a la empresa concesionaria de la explotación del servicio, una vez finalizado el mes.

–Cumplir con las normas de Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte, y las instrucciones que en aplicación del mismo dicte su Director.

–Respetar las normas establecidas para el uso y disfrute del Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide y del Centro Recreativo Guelbenzu.

–Acudir a las reuniones convocadas por la Dirección de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

10.–Comisión de Seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento formada por el Subdirector de Atención a Entidades y Rendimiento Deportivo, el Director del Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide, y el Director de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

11.–Publicidad.

Las presentes Bases, además de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, estarán a disposición de las personas interesadas tanto en los tablones de anuncios de las dependencias del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física, como en el Centro de Tecnificación Deportiva de Navarra Estadio Larrabide y en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe.

12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto impugnado.

ANEXO II.–SOLICITUD PLAZA DE RESIDENTE EN RESIDENCIA DEPORTIVA FUERTE DEL PRÍNCIPE DE PAMPLONA PARA EL CURSO 26/27

Presento solicitud como:

DEPORTISTA:

De Rendimiento de Navarra (aportar certificado)

De Tecnificación Nacional (aportar certificado)

De Club Referente (aportar ficha deportiva)

ESTUDIANTE:

DATOS PERSONALES:

Apellidos ....................................................................................................... Nombre ..............................................

DNI ............................ Fecha de nacimiento ............................ Lugar de nacimiento ..............................................

Domicilio ............................................................................... Localidad ....................................................................

CP ............................... Teléfono ................................................... Teléfono móvil ...................................................

Correo electrónico .....................................................................................................................................................

Datos del padre/madre o representante legal (en caso de menores de edad debe firmar la solicitud el padre/madre/tutor o representante legal):

Apellidos ....................................................................................................... Nombre ..............................................

DNI ............................ Domicilio .................................................................................................................................

Localidad .............................................................................................................................. CP ...............................

Teléfono ...................................................................... Teléfono móvil ......................................................................

Correo electrónico .....................................................................................................................................................

Centro en el que está matriculado en el curso 2025-2026 (debe acreditarlo):

....................................................................................................................................................................................

Estudios de ...............................................................................................................................................................

Especialidad .................................................................................................................. CURSO: .............................

Centro en el que va a matricularse en el curso 2026-2027 .......................................................................................

Estudios de ...............................................................................................................................................................

Especialidad .................................................................................................................. CURSO: .............................

Desempeño actividad laboral o prácticas: SÍ (debe acreditarlo)

Tipo contrato (fijo, eventual, prueba, prácticas): .........................................................................................................

Duración: .......................... Empresa: ..........................................................................................................................

Rellenar solicitud DEPORTISTAS

Datos deportivos:

Federado/a en la Federación Navarra de: ....................................................................................................................

Club al que pertenece: .................................................................................................................................................

Categoría o Liga: ...................................................................................................................................................

Temporada: ..................................................................................................................................................................

Datos del responsable deportivo o entrenador/a:

Apellidos ...................................................................................................... Nombre ..............................................

Dirección ................................................................................................. Teléfono ...................................................

Correo electrónico ..................................................................................................................................................

Rellenar solo DEPORTISTAS sin gratuidad de plaza y ESTUDIANTES

Elegir tipo de habitación (del 1 al 4) según preferencia (máxima 1, mínima 4). Precios en vigor hasta aprobar unos nuevos.

Habitación doble con baño colectivo

140,00 euros

Habitación individual con baño colectivo

230,00 euros

Habitación individual con baño propio

270,00 euros

Habitación doble con baño propio

190,00 euros

(*) La asignación de habitaciones a las personas residentes será decisión exclusiva de la Residencia.

Con la presente solicitud acepto las condiciones para la admisión como residente-deportista/estudiante en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, de Pamplona, para el curso 2026-2027, declaro la exactitud y veracidad de los datos presentados y el conocimiento y aceptación de las normas de Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe aprobado mediante Resolución 173E/2022, de 13 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte.

Pamplona, a ........... de .............................................. de 2026

(Marcar quién firma)

Solicitante (Si el solicitante es menor de edad): Padre / Madre / Tutor/a legal

(Nombre y apellidos de la persona firmante)

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La información se proporciona en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante Reglamento General de Protección de Datos).

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del Tratamiento

Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

–NIF: Q3150025I.

–Dirección postal: Navarra Arena. Casa del Deporte 1.ª Planta. Plaza Aizagerria, 1. 31006 Pamplona (Navarra).

–Teléfono: (+34) 848 42 78 92.

–Correo electrónico: subdepor@navarra.es.

Finalidad del Tratamiento

Gestión y tramitación de las solicitudes de admisión en la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe, para el curso 2026-2027.

Legitimación del Tratamiento

Ejercicio de un poder público (artículo 6.1.e del RGPD), como es la gestión del servicio de alojamiento en un centro adscrito al Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física.

Datos Personales a recabar

Datos identificativos y de contacto (nombre, apellidos, DNI, dirección de correo electrónico); datos académicos y profesionales; datos fiscales y laborales; datos financieros y bancarios.

Así mismo, se podrán recabar datos de salud únicamente en la medida en que sean necesarios para prestar el servicio de alojamiento o alimentación en la residencia (por ejemplo, intolerancias alimentarias o alergias).

Destinatarios de los datos

Se podrán comunicar y ceder datos a las siguientes entidades:

A) Con su consentimiento:

–A entidades bancarias para efectuar las domiciliaciones de los pagos.

B) A requerimiento de autoridades:

–Agencia Española de Protección de Datos en procesos de inspección en aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

–Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, previa autorización judicial y en el ejercicio de sus funciones de policía judicial.

–Jueces y tribunales en los términos definidos por la legislación procesal.

En estos casos, la Residencia, antes de poner los datos a disposición de terceros, se asegura de que estas autoridades solicitan y acceden a los datos de acuerdo con las leyes.

C) Encargados del tratamiento:

–A la entidad concesionaria del servicio de alimentación de la Residencia Deportiva Fuerte del Príncipe de Pamplona.

D) Centros Sanitarios: únicamente en la medida en que sea precisa la asistencia sanitaria de una persona residente.

Transferencia Internacional de Datos

No se prevé la transferencia internacional de sus datos personales

Derechos

–Derecho de Acceso: te permite obtener confirmación sobre si el Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física está tratando tus datos personales y, en caso afirmativo, acceder a la información de los mismos.

–Derecho de Rectificación: te permite solicitar que los datos que sean incorrectos, inexactos o incompletos sean corregidos o completados.

–Derecho de Supresión: te permite solicitar que tus datos personales sean borrados o suprimidos cuando ya no se consideren necesarios para la finalidad para la cual se recogieron, si retiras tu consentimiento (en caso de que lo hayas otorgado previamente), si te opones a su tratamiento, si este tratamiento es ilícito o se deben suprimir para cumplir una obligación legal.

–Derecho de Limitación: te permite solicitar que se limite el tratamiento que se hace de tus datos personales en determinados casos.

–Derecho de Oposición: te permite oponerte a que el Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física trate tus datos, salvo que éste acredite un interés legítimo.

Para mayor información sobre todos los derechos que puede ejercitar la persona

interesada y cómo ejercerlos, puedes dirigirte a la dirección: rfprinci@navarra.es

Tiempo de Conservación de los Datos

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Información Adicional

Puedes encontrar información adicional sobre este tratamiento dirigiéndose a la dirección rfprinci@navarra.es

Código del anuncio: F2606832

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

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