BOLETÍN Nº 10 - 15 de enero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PERALTA

Tipos impositivos, tasas y precios públicos para 2026

El Pleno del Ayuntamiento de Peralta, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2025, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de tipos impositivos, tasas y precios públicos para el ejercicio 2026.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 210 de 21 de octubre de 2025 (posteriormente se publicó una corrección en el Boletín Oficial de Navarra número 220 de fecha 4 de noviembre de 2025) la aprobación inicial y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Las tasas, precios públicos y tipos impositivos aprobados regirán a partir del 1 de enero de 2026:

1.–Tipo de gravamen de la contribución territorial en el 0,255%.

2.–Tipo de gravamen del impuesto de construcciones, instalaciones y obras en el 3%.

3.–Tipo de gravamen del impuesto de incremento de valor de los terrenos en el 8,62%. Fijar los coeficientes anuales para el cálculo de la base de dicho impuesto conforme a los establecidos por la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra con carácter máximo en el artículo 175.2 (párrafo periodos de generación).

4.–Tasas y precios públicos:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS SOBRE EXTRACCIÓN DE GRAVAS, ARENAS Y OTROS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, EN TERRENOS COMUNALES

Artículo 5.º Estarán sujetos al pago de desechos los aprovechamientos especiales que se enumeran en la siguiente tabla:

MATERIALES

IMPORTE

Gravas (zahorras)

0,99 euros/m³

Arenas

0,92 euros/m³

Tierras

0,92 euros/m³

Yesos

0,92 euros/m³

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS DERECHOS Y TASAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Y SUBSIGUIENTE CUSTODIA DE LOS MISMOS

CONCEPTO

IMPORTE

Turismos hasta 3.500 kg

147,56 euros

Retirada en día festivo (sábados, domingos y festivos) o en horario nocturno (desde las 20:00 horas hasta las 8:00 horas)

221,88 euros

Retirada fallida con grúa

50% de la tasa

Furgonetas hasta 3.500 kg

188,49 euros

Camiones de más de 3.500 kg

296,19 euros

Custodia a partir de las 48 horas

10,77 euros/día o fracción

Retirada de cepo

53,85 euros

Hora de alquiler de plataforma con conductor

36,62 euros

Alquiler rulo sin conductor

285,42 euros/día

Alquiler chofer para rulo

26,93 euros/hora

215,41 euros/día completo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE APERTURA DE ZANJAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO Y CUALQUIER REMOCIÓN DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VÍA PÚBLICA

Epígrafe I.–Apertura de zanjas.

Si el ancho de la zanja es menor a un metro lineal, por cada metro de longitud, se devengará:

CONCEPTO

IMPORTE

En zonas con pavimento general

13,68 euros

En zonas sin pavimentar

6,95 euros

Si el ancho de la zanja es igual o superior a un metro lineal, por cada metro de longitud, se devengará:

CONCEPTO

IMPORTE

En zonas con pavimento general

27,36 euros

En zonas sin pavimentar

13,78 euros

Si con motivo de la apertura de la zanja es preciso el cierre del tráfico rodado, bien con inutilización de una dirección o vía o espacio importante, se incrementarán las cuantías de los epígrafes anteriores un 20%.

Epígrafe II.–Construcción o supresión de pasos de vehículos, bocas de carga, ventilaciones, lucernarios, tolvas y cualquier remoción del pavimento o aceras.

CONCEPTO

IMPORTE

Por cada metro lineal, en la dimensión mayor

26,93 euros

ORDENANZA PARA LA TRAMITACIÓN Y EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS

CONCEPTO

IMPORTE

Certificaciones

1,10 euros

Compulsa de documentos de menos de 10 páginas

1,10 euros

Compulsas de 10 o más páginas

0,87 euros

Fotocopias de documentación obrante en el ayuntamiento por documentos de menos de 10 páginas

1,08 euros/página

Fotocopias de documentación obrante en el ayuntamiento por documentos de 10 o más páginas

0,87 euros/página

Fotocopias

0,22 euros

Fotocopias de documentos en tamaño A3

0,50 euros

Tramitación de planes urbanísticos, estudios detalle, proyectos de urbanización, de reparcelación, planes parciales, etc. que incluyan anuncios en prensa

674,25 euros

Tramitación de certificado de corral doméstico

32,00 euros

Tramitación de licencias de apertura sin expediente de actividad clasificada

53,85 euros

Tramitación de licencias de actividad y apertura de actividad clasificada de proyectos descritos en el anejo 4.ª, 4B, 4C y 4D de la Ley Foral 4/2005 (por cada visita adicional imputable al solicitante 300 euros adicionales).

La tasa se devengará con la tramitación de la licencia de actividad. En caso de no realizar las instalaciones proyectadas se devolverá 500 euros correspondientes a la tasa de licencia de apertura).

538,54 euros

Transmisión de licencias de actividad y apertura (o una de las dos)

53,86 euros

Tramitación de informes de adecuación de vivienda

27,34 euros

Permiso de carabinas

7,55 euros

Permiso de perros peligrosos

7,55 euros

Inscripción de parejas estables

17,24 euros

Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad

17,24 euros

Tramitación de licencias de obras y declaraciones responsables

31,21 euros

Emisión de diligencia policial

62,22 euros

Emisión de informe pericial

31,21 euros

Emisión de informe urbanístico

52,02 euros

Licencia de agregación

52,02 euros

Licencia de segregación

52,02 euros

Clave Permanente

2,00 euros

Imanes

1,50 euros

Replica gigantes

18,00 euros/dos figuras

30,00 euros/cuatro figuras

(Se entenderá por copia el documento escaneado por el propio ayuntamiento y entregado en soporte digital).

TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELATIVOS AL CEMENTERIO Y OTROS SERVICIOS FÚNEBRES DE CARÁCTER MUNICIPAL

Epígrafe I.–Asignación de sepultura y renovación de otras concesiones.

CONCEPTO

IMPORTE

Nichos (1.ª concesión por 15 años prorrogables)

398,00 euros

Renovación de concesión (15 años)

398,00 euros

Nueva concesión por subasta

tipo de salida 5.100 euros más la valoración técnica de la construcción

Renovación de concesión de tierra para construcción privada (con o sin construcción)

323,14 euros/m²

Columbario (1.ª concesión)

323,14 euros

Columbario (renovación)

215,42 euros

Nueva lápida

107,71 euros

Epígrafe II.–Inhumación de restos, reinhumaciones y derechos de enterramiento.

CONCEPTO

IMPORTE

Panteón. Enterramiento)

161,57 euros

Nichos. Enterramiento)

88,33 euros

Tierra. Enterramiento)

193,87 euros

Tierra. Enterramiento con extracción de restos

242,35 euros

Inhumación de restos o urnas en nicho, tierra o panteón

53,86 euros

Epígrafe III.–Exhumaciones, reducción de restos y traslado.

CONCEPTO

IMPORTE

Nichos y panteón. Restos (por cada uno, no incluye enterramiento)

80,73 euros

Tierra. Restos (no incluye la inhumación de restos)

193,80 euros

Bolsas de recogida de restos cuando sea necesario

26,93 euros/bolsa

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE ACERAS Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, CARGA O DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE

CONCEPTO

IMPORTE

Permanentes. Sin límite de vehículos

376,99 euros

De uso horario diurno y nocturno

269,28 euros

Estas cuantías tendrán carácter anual. Los periodos inferiores al año se liquidan por trimestres completos.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA OCUPACIÓN DE VUELO, SUELO Y SUBSUELO

CONCEPTO

IMPORTE

Depósitos de combustible y monolitos

46,31 euros/año

Aparatos venta automática de chucherías y similares (por máquina)

53,86 euros

Circo (en concepto de fianza)

753,98 euros

Publicidad en suelo público

80,78 euros/m² superficie
cartel/año

Kioscos

807,84 euros/año

Cesión de mesas (para fines privados). El solicitante deberá estar al corriente en las obligaciones con el ayuntamiento y entregar una fianza de 50 euros.

2,14 euros/mesa

Cesión de sillas (para fines privados). El solicitante deberá estar al corriente en las obligaciones con el ayuntamiento y entregar una fianza de 50 euros.

0,56 euros/silla

Ocupación de suelo público para obras:

Materiales, plataformas e instalaciones.

Importe mínimo de 10,76 euros/mes (se cobrará el mínimo por cada mes de ocupación con independencia del tiempo de ocupación dentro de cada mes natural)

0,18 euros/día/m²

Grúa (hasta seis meses)

4,85 euros/día

Grúa (más de seis meses)

9,18 euros/día

Por corte de calle (más de cuatro horas)

64,11 euros/día

Por corte de calle (hasta cuatro horas)

32,33 euros

En aquellos supuestos que, por el tipo y volumen de maquinaria necesaria a instalar para la realización de una obra o trabajo, en la práctica suponga un corte efectivo de la calle, el interesado abonará el importe establecido por ocupación en el apartado materiales, plataformas e instalaciones, no considerándose en este caso excepcional corte de calle a efectos de tarifa.

ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO NO SEDENTARIO

CONCEPTO

IMPORTE

Comercio esporádico con motivo de ferias y fiestas

2,08 euros/m²/día

Comercio en mercadillos con periodicidad determinada y en lugares preestablecidos. Autorización anual.

24,58 euros/metro/trimestre

Comercio itinerante en vehículo-tienda

15,60 euros/día

MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA DE TERRAZAS Y VELADORES

CONCEPTO

IMPORTE

Mesas y sillas

19,00 euros/m² o fracción/año

Mesas y sillas (fiestas patronales)

5,40 euros/m² o fracción/año

Barras portátiles con autorización especial

5,40 euros/m² o fracción/año

Altavoces exteriores con autorización especial

5,40 euros/m² o fracción/año

Autorización para el almacenamiento del mobiliario fuera de horario de terraza. Importe mínimo por autorización del almacenamiento de mobiliario fuera de horario de terraza 10,76 euros/mes.

(El importe mínimo se cobrará por cada mes de ocupación con independencia del tiempo de la ocupación dentro de cada mes natural).

0,17 euros/día/m²

TASAS DE LA NORMA FISCAL REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN DE LAS SALAS DE LA CASA DE CULTURA Y OTROS LOCALES MUNICIPALES

Epígrafe I.A.–Utilización de espacios.

CONCEPTO

IMPORTE

Auditorio de la Casa de Cultura

124,85 euros/hora

Utilización de 1 a 4 horas

416,16 euros

Utilización de 1 a 8 horas

832,32 euros

Cesión a asociaciones

52,02 euros

Salón de actos de la Escuela de Música hasta 4 horas

107,71 euros

Salón de actos de la Escuela de Música más de 4 horas

208,08 euros

Sala 1.ª planta de la Casa Cultura

8,87 euros/hora

Utilización de audiovisuales

12,95 euros/hora

Sala de exposiciones

22,64 euros/hora

Salas de usos múltiples de salas culturales

8,62 euros/hora

Sala planta baja Casa de Cultura

2,15 euros/hora

Epígrafe I.B.–Utilización de material y servicios técnicos.

El uso del material audiovisual perteneciente al Ayuntamiento de Peralta, conllevará en todos los supuestos, el pago suplementario por sesión organizada:

CONCEPTO

IMPORTE

Proyecto video digital

53,85 euros

Pantalla proyección cine (10 x 4,752)

48,45 euros

Servicio técnico, iluminación y sonido, siendo el mismo obligatorio en cualquier acto que se utilice el auditorio de la Casa de Cultura, con sonido/e iluminación.

Media jornada (mínimo 4 horas)

172,23 euros

Servicio técnico, iluminación y sonido, siendo el mismo obligatorio en cualquier acto que se utilice el auditorio de la Casa de Cultura, con sonido/e iluminación.

Jornada completa (hasta 8 horas)

290,81 euros

Servicio técnico, iluminación y sonido, siendo el mismo obligatorio en cualquier acto que se utilice el auditorio de la Casa de Cultura, con sonido/e iluminación.

A partir de 8 horas.

29,08 euros/hora

Utilización sistemas de sonido (mesa de sonido)

52,80 euros/sesión

Utilización sistemas de iluminación (mesa de iluminación)

53,85 euros/sesión

Utilización micrófono de mesa o de pie

16,16 euros/micrófono/sesión

Utilización equipamiento focos escénicos

364,14 euros/sesión

En los actos organizados por las comisiones del Ayuntamiento de Peralta, entidades supramunicipales donde esté representado este ayuntamiento, asociaciones culturales y juveniles de Peralta, sindicatos establecidos en Peralta, grupos políticos con representación municipal en el Ayuntamiento de Peralta en campaña electoral, empresarios y comerciantes locales y cuando su fin sea altruista, como presentaciones, charlas, reuniones, ponencias, conferencias, coloquios, cursos, asambleas, festivales, conciertos, representaciones teatrales, festivales solidarios y sus ensayos, representaciones escolares y sus ensayos, fiestas finales de curso y sea necesaria la utilización de los medios técnicos de iluminación y sonido contemplados en esta ordenanza fiscal para el buen desarrollo de la actividad, así como la asistencia del servicio técnico de sala, estarán exentos del pago de los mismos y el gasto de los servicios técnicos de iluminación y sonido serán asumidos por la comisión de cultura dentro de su partida presupuestaria de actividades culturales, previo control de la actividad pertinente.

Epígrafe II.

CONCEPTO

IMPORTE

Salas club de jubilados

9,74 euros/hora

Bajos del colegio público. Actividades de la APYMA y club de jubilados

2,15 euros/hora

Bajos del colegio público. Otras actividades

5,39 euros/hora

Plaza de toros

124,84 euros/día

Montar y desmontar escenario de 40m² de pata larga

548,81 euros

Montar y desmontar escenario de 110m² de pata larga

993,58 euros

Montar y desmontar escenario de 402 de pata media y corta

450,02 euros

Montar y desmontar el escenario de 110m² de pata media y corta

795,91 euros

Limpieza de tendidos

582,64 euros

Limpieza de albero (arenal)

499,39 euros

Aportación de sillas

0,52 euros/silla

Aportación de mesas

1,05 euros/mesa

Aportación de barras

204,00 euros/barra

Aportación de barreras de obra

3,12 euros/unidad

Cesión de sala en el edificio de la Laboral

8,88 euros/hora

Cesión de sala en el edificio de la Laboral para asociaciones

2,15 euros/hora

Cesión local en c/Juan de Labrit número4

5,39 euros/hora

Cesión local en c/Juan de Labrit número4 para asociaciones

2,15 euros/hora

Fianza por desperfectos y limpieza

312,00 euros

Para el uso de determinados espacios y materiales, como la cocina, se fijará una fianza en concepto de "desperfectos y limpieza". La fianza será devuelta después de comprobar el estado de las instalaciones, deducido en su caso, el importe de las reparaciones y/o limpiezas a que hubiera lugar.

Cuando se ceda algún espacio para cuya utilización sea necesaria la prestación de una llave (tanto magnética como de sierra) será necesario depositar una fianza de 10,00 euros que será devuelta cuando se devuelvan las llaves.

TASAS POR INSPECCIONES SOBRE OBRAS, ACTIVIDADES CLASIFICADAS Y OTRAS MATERIAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL

Epígrafe I.–Visitas de inspección efectuadas en virtud de lo establecido en materia de actividades clasificadas.

CONCEPTO

IMPORTE

Por cada informe sin visita

323,13 euros

Por cada informe con visita

646,24 euros

Si el informe precisa de analítica u otros gastos se añadirán a la tasa.

Epígrafe II.–Reconocimiento edificios sobre sus condiciones de seguridad e inspección en expedientes de ruina y denuncias en materia urbanística.

CONCEPTO

IMPORTE

Reconocimiento edificios sobre sus condiciones de seguridad e inspección en expedientes de ruinas y denuncias en materia urbanística.

Inspección mínima 21 horas de trabajo del arquitecto o aparejador.

107,71 euros

Por cada hora adicional de trabajo

53,85 euros

Si el informe precisa de analítica u otros gastos se añadirán a la tasa.

ORDENANZAS DE PIPEROS

CONCEPTO

IMPORTE

Tramitación y registro de pipero

52,02 euros

En caso de precisar más de un informe se abonará a razón de 52,02 euros/hora de técnico municipal y se requerirán los gastos de cuantas analíticas o mediciones se precisarán al efecto.

En todo lo no previsto en esta ordenanza y sus futuras modificaciones fiscales, será de aplicación la ordenanza fiscal general aprobada por esta entidad local, así como la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de haciendas Locales de Navarra.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS PARA PARTICIPAR EN PROCEDIMIENTOS DE OPOSICIÓN Y CONCURSOS

Epígrafe I.–Procedimientos para ocupar plazas en propiedad en plantilla orgánica.

CONCEPTO

IMPORTE

Grupo A

43,80 euros

Grupo B

43,80 euros

Grupo C

28,50 euros

Grupo D

10,40 euros

Grupo E

10,40 euros

Epígrafe II.–Procedimiento para creación de listas de contratación.

CONCEPTO

IMPORTE

Grupo A

18,00 euros

Grupo B

18,00 euros

Grupo C

18,00 euros

Grupo D

10,40 euros

Grupo E

10,40 euros

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO Y PERNOCTA DE AUTOCARAVANAS Y VEHÍCULOS VIVIENDA EN PERALTA

CONCEPTO

IMPORTE

Estacionamiento parking autocaravanas

7,00 euros/día

Frente a esta aprobación definitiva se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra;

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra; o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Peralta, 19 de diciembre de 2025.–El alcalde, Juan Carlos Castillo Ezpeleta.

Código del anuncio: L2516844

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