2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BERRIOZAR
Calendario laboral para 2026
Por la presente se pone en conocimiento el siguiente acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Berriozar el 17 de diciembre de 2025:
De conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, por el que se establece el cómputo anual de la jornada de trabajo para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y vista la Resolución 390/2025, de 5 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 129 de 30 de junio de 2025), la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:
Primero.–Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en el Ayuntamiento de Berriozar para el año 2026, las siguientes:
–1 de enero: Año Nuevo.
–6 de enero: Epifanía del Señor.
–19 de marzo: San José.
–2 de abril: Jueves Santo.
–3 de abril: Viernes Santo.
–6 de abril: Lunes de Pascua.
–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
–15 de agosto: Asunción de la Virgen.
–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
–2 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
–3 de diciembre: San Francisco Javier.
–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
–25 de diciembre: Natividad del Señor.
–26 de diciembre: Festivo local.
Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, todos los sábados y domingos.
Segundo.–De conformidad con lo establecido en el Convenio/Acuerdo sobre condiciones de empleo, se dará tratamiento de festivos al día de comienzo de fiestas de Berriozar, el 26 de agosto desde las 14:00 horas y al día posterior, 27 de agosto.
Tercero.–Establecer el cómputo anual de horas de trabajo en 1592 horas efectivas de trabajo, de acuerdo con la legalidad vigente, a excepción de aquellos puestos de trabajo que en función de sus características y de acuerdo con la Ley, tengan un cómputo anual diferente. Existirá una flexibilidad horaria que es la que viene regulada en el anexo VII del Acuerdo sobre condiciones de empleo del Personal Funcionario y Contratado Administrativo y en el Convenio sobre condiciones de empleo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Berriozar para los años 2025-2028, actualmente de aplicación.
Cuarto.–La jornada de trabajo diaria de las oficinas del Ayuntamiento de Berriozar será de 7 horas y 30 minutos de lunes a viernes en horario de invierno. La jornada laboral durante el periodo estival, del 15 de junio al 13 de septiembre, ambos inclusive, será 6 horas y 30 minutos, el horario de atención al público.
Quinto.–Los días 27 y 28 de agosto, 24 y 31 de diciembre las oficinas permanecerán cerradas para cuadrar el total de horas anuales laborales.
Berriozar, 19 de diciembre de 2025.–El alcalde, Iker Mariezcurrena Celaya.
Código del anuncio: L2516805