Anuncio
BOLETÍN Nº 90 - 8 de mayo de 2025
2. Administración Local de Navarra
2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
ZIZUR MAYOR
Convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de 3 plazas de agente primero/a
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor, mediante acuerdo de fecha 4 de abril de 2025, ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de 3 plazas de agente primero/a conforme a las siguientes:
BASES
Base 1.–Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de concurso de ascenso de categoría, de 3 plazas vacantes de agente primero o agente primera de la Policía Municipal de Zizur Mayor, de régimen funcionarial y nivel C.
Dichas plazas se identifican en la plantilla orgánica con los números 37000, 37100 y 37105 y serán provistas por los procedimientos de concurso de ascenso de categoría distribuyéndose en los siguientes turnos:
a) 2 plazas para el turno de promoción interna, para miembros de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
b) 1 plaza para el turno de promoción abierto a integrantes de todas las Policías de Navarra que cumplan los requisitos establecidos.
Si en el turno de promoción interna resultan más personas aspirantes aprobadas que el número de vacantes, las personas aprobadas sin plaza de este turno optarán a las vacantes de turno de promoción abierto en estricta concurrencia con las personas aspirantes de dicho turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.
Las vacantes que no se cubran en el turno de promoción interna se declararán desiertas, previa acumulación, en su caso, de las que no se hubieran cubierto en el turno abierto.
1.2. Las personas aspirantes que resulten nombradas en virtud de la presente convocatoria tendrán la condición de funcionarios/as públicos del Ayuntamiento de Zizur Mayor y la de agente primero o agente primera de la policía municipal; serán afiliadas y dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en este régimen.
Los/as funcionarios/as que resulten nombrados/as para ocupar los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria y estén ya afiliados/as al régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria y social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al de la Seguridad Social.
1.3. Las personas aspirantes declaradas en situación de servicios especiales durante la celebración de los cursos de formación para el ascenso de miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, mientras dure esta situación percibirán de la Administración Pública convocante las retribuciones íntegras que tengan reconocidas en su plaza de origen.
1.4. Las personas aspirantes que resulten nombradas ejercerán las funciones y tendrán los derechos y deberes establecidos en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra y normas que la desarrollan.
1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.
Base 2.–Normativa aplicable.
El presente procedimiento se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, en el Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra, en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, demás normas de aplicación, y en las bases de la convocatoria.
Base 3.–Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Para ser admitidas al presente concurso de ascenso de categoría las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
3.1.1. Turno de promoción interno:
a) Tener una antigüedad mínima de tres años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente al servicio de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
b) Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial en el puesto desde el que se pretende promocionar.
c) Hallarse en posesión del título de Bachillerato, de Formación profesional de segundo grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores.
3.1.2. Turno de promoción abierto:
a) Tener una antigüedad mínima de tres años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente de las Policías de Navarra.
b) Agentes municipales: Tener una antigüedad mínima de 3 años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente municipal y tener acreditado haber superado el Curso Básico de Formación exigido para el acceso a Policía impartido por la Escuela de Seguridad de Navarra del Instituto Navarro de Administración Pública.
c) Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial en el puesto desde el que se pretende promocionar.
d) Hallarse en posesión del título de Bachillerato, de Formación profesional de segundo grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores.
3.2. Los anteriores requisitos deberán poseerse por las personas aspirantes de ambos turnos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de participación y mantenerse hasta la fecha de la toma de posesión de la plaza.
Base 4.–Presentación de instancias y pago de tasa.
4.1. Plazo y lugar para la presentación de instancias de participación en la convocatoria:
a) El plazo para presentar las instancias de participación en esta convocatoria será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
b) Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática ajustándose al modelo de del anexo I de la presente convocatoria, por instancia general a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
4.2. En el momento de presentación de la solicitud, las personas aspirantes por el turno de promoción interna (miembros del Cuerpo de Policía Municipal de Zizur Mayor) además de la solicitud (anexo I cumplimentado y firmado), deberán presentar:
–El Ayuntamiento aportará de oficio al expediente la documentación acreditativa de estar en posesión del requisito de antigüedad mínima de tres 3 años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de agente del Cuerpo de la Policía Municipal de Zizur Mayor, de la situación administrativa de la persona interesada, así como de servicios prestados y reconocidos y de la titulación exigida en la base 3.1.1.c).
–Las documentaciones justificativas de cuantos méritos sean alegadas a tenor del baremo establecido en el anexo II de la convocatoria. En el supuesto de que los méritos que se aleguen por la persona aspirante obren en poder de esta Administración deberá indicarlo, haciendo mención expresa del procedimiento en el que se encuentran.
4.3. En el momento de presentación de la solicitud de forma telemática, las personas aspirantes por el turno de promoción abierta (miembros de Cuerpos de Policía de Navarra y agentes municipales) además de la solicitud (anexo I cumplimentado y firmado), deberán presentar:
–Certificación, emitida por el órgano competente, de que el/la interesado/a tiene acreditada una antigüedad mínima de 3 años, a contar desde la fecha de su toma de posesión, como miembro de un Cuerpo de Policía de Navarra. La misma certificación habrá de expresar la situación administrativa en que se encuentra el interesado.
–Los/as agentes municipales, acompañarán certificación, expedida por el órgano competente, de que el/la interesado/a tiene acreditada una antigüedad mínima de 3 años, a contar desde la fecha de toma de posesión, en el empleo de agente municipal. La misma certificación habrá de expresar la situación administrativa en que se encuentra la persona interesada.
–Certificación expedida por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, en la que se acredite que la persona interesada ha superado el Curso Básico exigido para el acceso a Policía impartido por dicho organismo. La acreditación de este requisito se llevará a cabo, de oficio, por la Administración, mediante su acreditación por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra ante el órgano convocante.
–La documentación justificativa de cuantos méritos alegue la persona aspirante, a tenor de lo dispuesto en el anexo II de la presente convocatoria.
–Titulación académica exigida en la base 3.1.2.d.
4.4. Las personas aspirantes deberán aportar la documentación original o copia compulsada o autenticada debidamente conforme a la legislación vigente.
4.5. La tasa que los aspirantes deben abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 20 euros. El abono de esta tasa, nominal e individualizada se efectuará a través de la sede electrónica en el trámite de "autoliquidación de tasas".
La falta de pago de esta tasa determinará la exclusión del aspirante.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del aspirante por causa imputable al mismo.
Base 5.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.
5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana dictará resolución declarando desierto el concurso de ascenso de categoría.
5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos en que pudieran haber incurrido.
5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
5.4. En las listas provisionales y definitivas a que se refieren los apartados anteriores constarán únicamente los siguientes datos: el número de agente de policía o agente municipal, el cuerpo de Policía de Navarra al que pertenece la persona aspirante o entidad local de adscripción y el turno al que se presenta.
Base 6.–Desarrollo del concurso de ascenso de categoría.
6.1. El concurso de ascenso de categoría se desarrollará en tres fases, teniendo lugar primero la fase de concurso, posteriormente la fase de prueba teórico-práctica y, por último, el curso de capacitación, en la forma indicada en las presentes bases.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas que forman parte del concurso de ascenso de categoría. Los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos en la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Zizur Mayor con una antelación mínima de 48 horas.
6.2. Fase de concurso.
6.2.1. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente probados por los/as concursantes y tendrán un valor máximo de 69,4 puntos:
a) Servicios prestados a las administraciones públicas: Hasta un máximo de 35 puntos.
b) Formación, docencia e investigación relacionadas con la función policial: Hasta un máximo de 25 puntos.
c) Conocimiento de euskera: Hasta un máximo de 6,9 puntos.
d) Recompensas: hasta 2,5 puntos.
Los méritos alegados y justificados para los apartados anteriores se calificarán y puntuarán por el Tribunal de acuerdo con el baremo que figura como anexo II a esta convocatoria. Estos méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso.
En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.
El tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los/as concursantes.
Al término de esta fase el tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal las puntuaciones provisionales del mismo y abrirá un plazo de reclamaciones de 5 días hábiles, contados a partir del día de su publicación, para que las personas aspirantes aleguen lo que a su derecho convenga.
Una vez resueltas por el tribunal las reclamaciones presentadas frente a los resultados provisionales, este aprobará y publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal los resultados definitivos de la valoración de los méritos.
6.3. Fase de prueba teórico-práctica sobre el contenido y funciones del puesto de trabajo.
6.3.1. Esta fase comprenderá la siguiente prueba:
a) Prueba teórico-práctica sobre el contenido y funciones del puesto de trabajo: hasta 150 puntos.
La prueba se realizará mediante convocatoria única. Quedarán eliminados/as los/as aspirantes que no comparezcan a la prueba.
La prueba teórico-práctica tendrá una puntuación máxima en total de 150 puntos y consistirá en la realización de un examen tipo test, formulándose 100 preguntas a las que se añadirán 5 preguntas más de reserva, sobre el temario que se incluye en el Anexo III, cada una de las cuales tendrá tres respuestas posibles, valorándose con 1,5 puntos cada pregunta correcta, y descontando cada error 0,5 puntos.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario alcanzar 75 puntos para superarla.
Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
6.4. Una vez valorados los méritos alegados y debidamente probados más las puntuaciones de la prueba teórico-práctica, el tribunal publicará en el tablón de anuncios municipal, las puntuaciones obtenidas por los/as participantes y abrirá un plazo de 5 días para que las personas interesadas puedan formular reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga.
Transcurrido el plazo para la presentación de reclamaciones y resueltas éstas, el tribunal publicará en el tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor, la relación de personas aspirantes con la puntuación total del concurso.
Si se produjeran empates estos se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad reconocida en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas y, de persistir, se resolverán en favor del concursante de mayor edad.
Base 7.–Curso de capacitación para el ascenso.
7.1. Declaración en situación de servicios especiales.
Al efecto de realizar el curso para el acceso al empleo de agente primero o agente primera de la Policía Municipal de Zizur Mayor, impartido por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, las personas aspirantes que hubieran superado el procedimiento selectivo y tengan cabida en el número de plazas a proveer, solicitarán de la Administración Pública de Navarra de que dependan la declaración en situación de servicios especiales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.4 de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra.
En la lista de personas admitidas al Curso de capacitación se indicará el lugar, día y hora de inicio del mismo.
7.2. Carácter selectivo.
El curso de formación en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra tendrá carácter selectivo. Las personas aspirantes serán calificadas con la consideración de "Apto/a" o "No Apto/a" al término del mismo, no pudiendo ser nombradas quienes sean calificadas como "No Aptas".
El curso de capacitación será impartido por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, teniendo la duración que al efecto determine la propia Escuela. Serán eliminadas las personas aspirantes que no aprueben todas las áreas que componen el curso.
7.3. Una vez finalizado el citado curso, el/la empleado/a se reincorporará automáticamente al servicio activo en la plaza que venía desempeñando al ser declarado/a en servicios especiales.
La declaración en esta situación de servicios especiales no supondrá variación alguna en el régimen de previsión social del/la aspirante, continuando en tal situación con el mismo que tuviera en su plaza de origen.
Las personas aspirantes declaradas en situación de servicios especiales durante la celebración de los cursos de formación para el ascenso de miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, mientras dure esta situación percibirán de la Administración Pública convocante las retribuciones íntegras que tengan reconocidas en su plaza de origen.
Las personas aspirantes deberán presentar certificado de su Administración de origen acreditativo de los términos expuestos en el párrafo anterior, en el que se detalle lo que se percibió por esos conceptos en el mes inmediatamente anterior a la fecha del inicio del curso de capacitación.
El régimen retributivo a que se refiere el apartado anterior dejará de percibirse de forma automática al finalizar la situación de servicios especiales, sin que en ningún caso constituya derecho adquirido, devengue derechos pasivos o derecho alguno derivado de la plaza convocada.
Base 8.–Tribunal calificador.
8.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: Jesús Cemborain Luquin, gerente del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
Suplente: Andoni Serrano Zabalza, concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana.
Vocal 1.º: Juan Tomás Zubasti Madoz, jefe de la Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Elorz / Elortzibar.
Suplente: Xabier Martínez Urroz, agente de policía de la Policía Foral de Navarra.
Vocal 2.º: Jesús María Belzunce Galbarra, agente primero del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
Suplente: Iñaki Izal Elorz, agente de policía del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
Vocal 3.º: Iker Severiano Azcárate, representante sindical propuesto por los órganos de representación del personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
Suplente: Itxaso de las Heras Goñi, representante sindical propuesta por los órganos de representación del personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
Vocal-secretaria: Cristina Fabo Legarda, secretaria del Ayuntamiento del Zizur Mayor.
Suplente: Olatz Arizaleta Azcona, técnica de administración pública del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
8.2. El tribunal deberá constituirse mediante convocatoria de su presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.
8.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, y siempre con la presencia del/la presidente/a y secretario/a, o de quienes les sustituyan.
8.4. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.
8.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.
El tribunal podrá incorporar asesores/as especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos/as asesores/as se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
Base 9.–Relación de personas aprobadas.
Concluido el curso de formación, el director de la Escuela de Seguridad y Emergencia de Navarra remitirá al concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes en el curso de formación, a los efectos de proceder al nombramiento y adjudicación de vacantes.
Base 10.–Nombramiento y toma de posesión.
10.1. Previa presentación de la documentación que les sea requerida, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana nombrará funcionarios/as y agente primero o agente primera de la Policía Municipal de Zizur Mayor a las personas aspirantes que hayan superado el concurso de ascenso de categoría, por orden de puntuación final obtenida por los/as mismos/as, y ordenará la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra.
10.2. Las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión del cargo el día que así se determine en la resolución de nombramiento. Quienes, salvo causa de fuerza mayor suficientemente justificada, no tomen posesión, perderán el derecho al ascenso.
Base 11.–Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Zizur Mayor, 4 de abril de 2025.–El alcalde-presidente, Jon Gondán Cabrera.
ANEXO I.–MODELO DE INSTANCIA
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO DE ASCENSO DE CATEGORÍA, DE 3 PLAZAS DE AGENTE PRIMERO/A AL SERVICIO DE LA POLICÍA MUNICIPAL DE ZIZUR MAYOR. |
1) Datos personales.
Nombre y apellidos | |||||||||
D.N.I./N.I.E. | Nacionalidad | Fecha de nacimiento | |||||||
Domicilio y localidad | Provincia | ||||||||
Código postal | |||||||||
Teléfono/s | |||||||||
Correo electrónico | |||||||||
2) Derechos de examen y formalización de expediente (marcar con X).
Que he satisfecho los derechos de examen y formalización de expediente (se adjunta fotocopia del justificante de ingreso).
3) Solicitud para la participación en el turno: (marcar con X).
De promoción interna, para miembros de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
De turno de promoción abierto a integrantes de todas las Policías de Navarra.
4) Asimismo, manifiesto:
–Que no padezco enfermedad ni defecto físico o psíquico que me incapacite para el ejercicio del cargo, ni estoy incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
–Que no he sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni estoy inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas.
–Que estoy en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para participar en la misma, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.
SOLICITO mi admisión a la convocatoria para la provisión, mediante concurso de ascenso de categoría, de 3 plazas de agente primero/a.
En .............................................., a ...................... de ............................ de 2025
(Firma)
Protección de datos: El Ayuntamiento de Zizur Mayor es el responsable de tratamiento de los datos de carácter personal que se utilizarán con la finalidad de gestionar la tramitación del procedimiento administrativo para el que han sido presentados o solicitados. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos dirigiéndose a las dependencias municipales. Puede consultar el listado de tratamiento de datos y la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra web: www.zizurmayor.es.
ANEXO II.–BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS
A) Servicios prestados a las Administraciones Públicas: hasta un máximo de 35 puntos.
1.–Por cada año de servicios prestados con carácter fijo en alguna de las Policías de Navarra: 1,50 puntos en el empleo de puesto de policía o agente.
2.–Por cada año de servicios prestados con carácter interino en los cuerpos de Policía de Navarra en el empleo objeto de la convocatoria, 1,65 puntos.
3.–Servicios prestados con carácter fijo en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dependientes de una Administración Pública: 1,50 puntos en el puesto de policía o agente.
4.–Servicios prestados en cualquier Administración Pública en puestos de trabajo que no pertenezcan a un Cuerpo de Policía: 0,25 puntos por cada año.
Notas:
1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
2.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.
3.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
4.ª Los períodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.
B) Formación, docencia e investigación: hasta un máximo de 25 puntos.
1.–Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y universidades: 0,01 puntos por cada hora lectiva, hasta un máximo de 10 puntos.
Notas:
1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.
2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán con 0,10 puntos.
3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán con 1 punto.
4.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizados por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.
5.ª La puntuación máxima valorable por curso será de 1,0 punto.
2.–Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos o jornadas, realización de trabajos científicos o de investigación becados o premiados y publicación de trabajos en revistas especializadas:
Hasta un máximo de 3 puntos, a valorar por el tribunal calificador teniendo en cuenta el carácter individual o colectivo del trabajo o actividad, así como el ámbito local, regional, nacional o internacional del congreso o de la publicación.
3.–Organización y/o participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: Hasta un máximo de 2 puntos, a valorar por el tribunal calificador en función de la duración de las mismas.
4.–Titulaciones y especialidades académicas diferentes, en su caso, a la exigida en la convocatoria: Hasta un máximo de 6 puntos.
Notas:
1.ª Licenciaturas o grados universitarios 2,0 puntos.
2.ª Diplomaturas universitarias y doctorados 1,0 punto.
3.ª Másteres 0,75 puntos.
4.ª Director seguridad privada 0,50 puntos.
5.ª Expertos y especialistas 0,25 puntos.
5.–Otros méritos, a valorar por el tribunal, que guarden relación con la función policial: entre otros, trabajos en el sector privado, becas o estancias formativas, participación en órganos de consulta, asesoramiento, participación o representación: Hasta un máximo de cuatro (4) puntos.
Nota a todo el apartado B): Únicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos méritos que guarden relación con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. En ningún caso se valorarán los cursos de Formación necesarios para el ingreso y para alcanzar el empleo de agente primero o agente primera.
C) Conocimiento de euskera: hasta un máximo de 6,9 puntos.
a) Nivel A1: 1,38.
b) Nivel A2: 2,76.
c) Nivel B1: 4,14.
d) Nivel B2: 5,52.
e) Nivel C1: 6,9.
Los títulos y certificaciones se valorarán de acuerdo con los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas que se recogen en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (Boletín Oficial de Navarra número 117, de 27 de septiembre de 2010).
Se otorgará la puntuación correspondiente al nivel superior, en ningún caso se sumarán las puntuaciones de dos o más niveles de un mismo idioma.
D) Recompensas: hasta un máximo de 2,50 puntos.
1. Por la Placa de Servicios Distinguidos: 1,25 puntos.
2. Por la Medalla de Servicios Distinguidos: 0,75 puntos.
3. Por la Felicitación pública: 0,50 puntos.
4. Por la Felicitación privada: 0,25 puntos.
ANEXO III.–TEMARIO
1.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra.
2.–Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
3.–Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
4.–Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
5.–Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo reguladora del procedimiento del "Habeas Corpus".
6.–Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.
7.–Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- Título preliminar.
- Título I: Del ámbito de aplicación de la ley.
- Título III: De la instrucción del procedimiento.
8.–Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas.
9.–Decreto Foral 201/2002, de 23 de septiembre, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas.
10.–Decreto Foral 202/2002, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y se regulan los registros de empresas y locales.
11.–Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres.
- Título I: Disposiciones generales.
- Título IV: Detección y atención de la violencia contra las mujeres.
- Título VII: Atención policial y protección efectiva.
12.–Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre mujeres y hombres.
13.–Código Penal. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.
- Título Preliminar: De las garantías penales y de la aplicación de la Ley Penal.
- Título I: De la infracción penal.
- Título II: De las personas criminalmente responsables de los delitos.
14.–Ley de Enjuiciamiento Criminal. Decreto del 14 de septiembre por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Libro I, título IV: De las personas a quien corresponde el ejercicio de las acciones que nacen de los delitos y faltas.
- Libro II, título I: De la denuncia.
- Libro II: título VI:
- Capítulo II: De la detención.
- Capítulo IV: Del ejercicio del derecho de defensa en la asistencia de abogado y del tratamiento de los detenidos y presos.
- Libro II: título VIII: De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución.
15.–Ordenanza municipal de movilidad y tráfico de Zizur Mayor.
16.–Ordenanza de medidas para fomentar la convivencia ciudadana y la protección del espacio público de Zizur Mayor.
17.–Ordenanza municipal de publicidad de Zizur Mayor.
18.–Ordenanza municipal reguladora de la instalación en la vía pública de terrazas de veladores de Zizur Mayor.
19.–Ordenanza municipal reguladora del funcionamiento de los locales de ocio de Zizur Mayor.
20.–Normativa para la realización de barbacoas en la vía pública de Zizur Mayor.
Código del anuncio: L2505864
Acceso
Enlaces relacionados
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
