BOLETÍN Nº 81 - 25 de abril de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 212E/2025, de 27 de marzo, de la directora general de Medio Ambiente por la que se emite informe ambiental estratégico de la "modificación estructurante del Plan Municipal de Sangüesa / Zangoza. Categorización y régimen de protección del suelo no urbanizable".

En noviembre del 2022 se recibe en la Sección de Evaluación Ambiental el expediente para la "modificación estructurante del Plan Municipal de Sangüesa / Zangoza. Categorización y régimen de protección del Suelo No Urbanizable". En abril del 2023, desde la dicha Sección se emitió un requerimiento. Se ha recibido respuesta al mismo en diciembre del 2024 y una vez revisada dicha documentación, se informa que:

El objeto de la modificación es el cambio de las determinaciones de carácter normativo del Plan Municipal de Sangüesa / Zangoza que afectan a la categorización y al régimen de protección del Suelo No Urbanizable.

Con ello se persigue la adaptación del Planeamiento Urbanístico Municipal en todo lo relativo a la clasificación del Suelo No Urbanizable a la legislación vigente en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y la adecuación a los Instrumentos de Ordenación Territorial y demás legislación sectorial vigente en otras materias a las que el Plan Municipal queda vinculado.

La modificación estructurante del Suelo No Urbanizable en el Plan Municipal, afecta a la mayor parte del término municipal de Sangüesa / Zangoza, salvo a aquel suelo clasificado como urbano y urbanizable.

La modificación no clasifica el suelo del término municipal y mantiene la clasificación resultante del planeamiento vigente así que, por tanto, no conlleva aumento alguno de suelo urbano o urbanizable.

La propuesta, realiza una nueva categorización del Suelo No Urbanizable del término municipal, aplicando sobre cada una de las sub-subcategorías resultantes un régimen de protección específico. Además, establece unas condiciones generales y particulares de la edificación, que, en gran parte, siguen la línea marcada por el planeamiento vigente, introduciendo nuevos condicionantes derivados de la legislación sectorial vigente.

Se hace referencia a la nueva categorización establecida con las sub-subcategorías delimitadas tanto en el Suelo No Urbanizable de Protección como de Preservación, categorías que vienen definidas conforme a lo establecido en el artículo 92 del DFL 1/2017 de la Ley Foral de Ordenación Territorio y Urbanismo.

Respecto a las subcategorías de protección, se ha establecido básicamente la categorización derivada de la legislación sectorial vigente, y del POT 4 Zonas Medias. A ellas hay que sumar las afecciones derivadas de los riesgos existentes, principalmente de carácter natural.

Las subcategorías de preservación, es decir, aquellas que son establecidas desde el propio Plan General Municipal, completan la práctica totalidad del término municipal, superponiéndose en algunos ámbitos con una o más subcategorías de protección, así como de otras de preservación. Con ello se pretende evitar que tras la pérdida de protección legal sobre un ámbito por modificación o perdida de vigencia de una legislación concreta ningún ámbito del término municipal quede sin asignarse a ninguna subcategoría del suelo no urbanizable.

La categorización de un Suelo No Urbanizable de Protección, no conlleva su exclusión como Suelo No Urbanizable de Preservación. En esta clase de suelo, las diferentes subcategorías tanto de preservación como de protección se pueden superponer en un mismo espacio.

El Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente y propone emitir informe de evaluación ambiental estratégica simplificada considerando que no genera afecciones ambientales significativas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral, el Decreto Foral de la Presidencia de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 74/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Emitir informe ambiental estratégico de la "modificación estructurante del Plan Municipal de Sangüesa / Zangoza. Categorización y régimen de protección del suelo no urbanizable", promovido por el Ayuntamiento de Sangüesa / Zangoza., considerando que no se generan afecciones ambientales.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de marzo de 2025.–La directora general de Medio Ambiente, Ana Bretaña de la Torre.

Código del anuncio: F2504949

Hace cien años

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