BOLETÍN Nº 8 - 14 de enero de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ARANTZA

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2025

El alcalde del Ayuntamiento de Arantza, mediante Resolución 194/2024 de 20 de diciembre, ha aprobado el calendario laboral y la declaración de días inhábiles para 2025, con la siguiente parte dispositiva:

RESUELVO:

1) Aprobar la propuesta de declaración de días inhábiles, estableciendo para el Ayuntamiento de Arantza el siguiente calendario oficial de días festivos para el 2025:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Día de Reyes.

–14 de febrero: Carnavales.

–17 de abril: Jueves Santo.

–18 de abril: Viernes Santo.

–21 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Día de los y las trabajadoras.

–25 de julio: Día de Santiago.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–1 de noviembre: Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Navidad.

2) Se declaran inhábiles, a efectos de cómputo de plazos en el 2025, todos los sábados y domingos y los días festivos señalados en el punto primero de esta resolución.

3) A efectos de regulación de calendario, y además de los establecidos en el punto primero de esta resolución, se declaran festivos los siguientes días para el personal de las oficinas municipales:

–7 de julio: San Fermín.

–14 de agosto: fiestas patronales.

–18 de agosto: fiestas patronales.

–24 de diciembre: Nochebuena.

–31 de diciembre: Nochevieja.

4) A las y los empleados municipales de otras áreas que no sean las oficinas (servicios múltiples, limpieza, educadoras/es) puede que se les requiera trabajar en los días señalados en el punto anterior. En ese caso, esos días se ajustarán según lo establecido en el calendario de cada servicio.

5) Fijar en 1.592 las horas de trabajo efectivas que deberá realizar el personal al servicio del Ayuntamiento de Arantza en 2025, repartidas de la siguiente manera:

–La jornada diaria de trabajo, con carácter general, tendrá una duración de 7 horas y 20 minutos.

–El horario de obligado cumplimiento será de 8:30 a 14:00. El tiempo restante lo completará cada persona empleada de manera flexible, entre las 6:40 y las 8:40 y entre las 14:00 y las 17:00.

–Con el fin de ajustar el horario anual al calendario laboral, las y los empleados deberán trabajar 40 minutos más, a repartir durante todo el año.

5) Establecer el horario de atención al público en las oficinas municipales, que será entre las 11:00 y las 14:00.

6) Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de la casa consistorial.

7) Notificar el calendario laboral para 2025 al personal del Ayuntamiento de Arantza, para su conocimiento y efectos oportunos.

8) Contra el presente acto administrativo cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Arantza, 26 de diciembre de 2024.–El alcalde, Saturnino Larralde Ibarrola.

Código del anuncio: L2419043

Hace cien años

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