2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BASABURUA
Calendario laboral para el año 2025
El Pleno del Ayuntamiento de Basaburua, en sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2025, resolvió aprobar el calendario laboral de festivos entre semana del personal al servicio del mismo, estableciendo así los festivos de carácter retribuido y no recuperable en 2025. He aquí:
–1 de enero, miércoles: Año Nuevo.
–6 de enero, lunes: Día de Reyes.
–17 de abril: Jueves Santo.
–18 de abril: Viernes Santo.
–21 de abril: Lunes de Pascua.
–1 de mayo, jueves: Día de los y las trabajadoras.
–2 de mayo, viernes: Fiesta local.
–25 de julio, viernes: Santiago Apóstol.
–15 de agosto, viernes: Asunción de la Virgen.
–1 de noviembre, sábado: Todos los Santos.
–6 de diciembre, sábado: Día de la Constitución.
–8 de diciembre, lunes: Inmaculada Concepción.
–25 de diciembre, jueves: Navidad.
–26 de diciembre, viernes: Fiesta local.
Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2025, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.
La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Basaburua, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:
a) La jornada diaria de trabajo tendrá una duración, con carácter general, de 7 horas y 20 minutos, y se llevará a cabo de lunes a viernes, de 7:30 a 15:20.
b) El horario de atención al público y de apertura del registro general será de 9:00 a 14:00 horas.
c) El disfrute de las vacaciones vendrá fijado reglamentariamente por los órganos administrativos competentes, y se llevará a cabo de la siguiente manera: uno o dos periodos largos de vacaciones y 7 días sueltos como máximo para disfrutarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
Asimismo, el personal dispondrá de 3 días para asuntos propios, de los que podrá disponer cuando quiera, otros dos días festivos declarados como fiesta local y de una bolsa de 14 horas. El disfrute de estos días y horas deberá ser solicitado al alcalde con suficiente antelación y de forma justificada.
d) La distribución de la jornada dispuesta en el anterior apartado A) no será de aplicación al personal, que debido a las necesidades del servicio, tiene establecida una jornada especial, ni al personal de la escuela, ya que se regirán por un calendario laboral específico. En cualquier caso, deberán respetar el cómputo anual de horas de trabajo establecido con carácter general.
En todo caso, la jornada anual será la que con carácter general se establezca definitivamente para la Administración Pública de Navarra en 2025. A estos efectos, en caso de modificación, se aplicarán los ajustes pertinentes.
Basaburua, 27 de marzo de 2025.–El alcalde, Santos Etxegia Oronoz.
Código del anuncio: L2504840