BOLETÍN Nº 72 - 10 de abril de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 107E/2025, de 25 de marzo, de la consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, por la que se convocan los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2025 y se aprueban las bases que regulan su concesión. Identificación BDNS: 822757.

La Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud, en su artículo 6.4, dispone que el departamento competente en materia de juventud podrá reconocer de manera pública la ejemplaridad de la tarea realizada por personas, grupos, organizaciones o instituciones, públicas o privadas, cuya labor favorezca la participación, la autonomía y la calidad de vida de las personas jóvenes, mediante la concesión de premios y galardones.

El Decreto Foral 11/2023, de 22 de febrero, por el que se regulan los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra, establece que estos tienen como finalidad el reconocimiento de una trayectoria de servicios prestados y actuaciones relevantes llevadas a cabo por personas, asociaciones, instituciones y entidades públicas y privadas en materia de juventud. Igualmente, se dispone en su artículo 4 el procedimiento de concesión, indicándose expresamente en su apartado 2 que en la orden foral que convoque los Galardones de Juventud se determinarán las distintas categorías, el plazo para la presentación de candidaturas y el procedimiento de concesión.

Por lo tanto, con el fin de regular y articular un procedimiento para la concesión de los Galardones de Juventud para el año 2025, es necesario aprobar una orden foral que establezca las bases de la convocatoria para la concesión de los mismos.

Así pues, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar las bases que regulan la concesión de los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2025, que se adjuntan como anexo I a esta orden foral.

2.º Autorizar un gasto máximo de 7.500 euros para hacer frente a la concesión de los premios correspondientes a las categorías "Galardón a la persona joven", "Galardón a la Participación Social" y "Galardón a la Institución o entidad" con cargo a la partida económica 340002 34100 4809 232106 (PEP E-23/000638-01) denominada "Premios, Concursos y Certámenes de Carné Joven" de los Presupuestos Generales de Navarra para 2025.

3.º Publicar esta orden foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar esta orden foral a la Sección de Administración y Gestión del Instituto Navarro de la Juventud, a la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria y a la Secretaría General Técnica, todos ellos del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de marzo de 2025.–La consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro García.

ANEXO I.–GALARDONES DE JUVENTUD DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 2025

BASES

1.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto establecer las bases para la concesión de los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2025.

Estos Galardones tienen como finalidad distinguir trayectorias y trabajos, de personas o de colectivos (grupos no constituidos formalmente, asociaciones, instituciones y entidades públicas o privadas) que favorezcan la participación social, la autonomía, la igualdad y la calidad de vida de las personas jóvenes en Navarra.

2.–Presentación de candidaturas.

Las candidaturas podrán ser presentadas por instituciones, entidades, asociaciones, así como por cualquier persona física o jurídica con domicilio en Navarra. En la presentación se deberá incluir una memoria en la que se aleguen los méritos de la candidatura.

Se podrán presentar como candidaturas para la obtención de estos galardones a:

–Personas jóvenes a título individual.

–Cualquier entidad pública o privada que realice acciones en el ámbito de la juventud.

–Asociaciones o grupos de personas no asociadas que realicen acciones en el ámbito de la juventud.

–Espacios dirigidos a la juventud ubicados en Navarra que destaquen por el apoyo y servicios que prestan a las personas jóvenes.

3.–Categorías.

1. Se podrán conceder galardones en las siguientes categorías:

-Galardón a la persona joven. Distinguirá a una persona joven de Navarra, de entre 14 y 30 años, cuya trayectoria personal esté vinculada a los valores sociales (solidaridad, esfuerzo, trabajo, tolerancia, interculturalidad, movilidad internacional, vida saludable, etc.) y que sea referente para otras personas jóvenes.

–Galardón a la Participación Social. Distinguirá a un grupo o asociación que promueva la participación social de la juventud o que propicie su participación en el desarrollo político, social, económico y cultural. Su ámbito de actuación deberá ser la Comunidad Foral de Navarra. En el caso de que sea otro territorio, su actividad deberá estar inequívocamente vinculada con Navarra.

–Galardón a la institución o entidad. Distinguirá a una institución o entidad, pública o privada, con personalidad jurídica y domiciliada en Navarra, que actúe en favor de la juventud, que favorezca su participación social, la autonomía o la calidad de vida de las personas jóvenes. Su actuación deberá circunscribirse prioritariamente a personas jóvenes navarras.

–Galardón "Espacio JOVresaliente". Con este galardón se reconoce un espacio dirigido a la juventud ubicado en Navarra que destaque por el apoyo y servicios que presta a las personas jóvenes en diversos campos (ocio y tiempo libre, información juvenil, participación juvenil, etc.).

2. Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto Navarro de la Juventud se reserva la posibilidad de otorgar menciones honoríficas por hechos relevantes que incidan en el ámbito de la juventud.

4.–Documentación y plazo de presentación.

1. Las propuestas para la concesión de los Galardones se presentarán mediante el impreso de solicitud (anexo II) que estará disponible en la página web del Instituto Navarro de la Juventud (www.juventudnavarra.es). El Instituto Navarro de la Juventud podrá requerir la documentación o aclaraciones que considere oportunas para la adecuada evaluación de la candidatura.

2. La presentación de las propuestas se podrá realizar desde el 11 al 30 de abril de 2025. Las propuestas se presentarán preferentemente en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud. Dicha solicitud podrá presentarse, además, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.–Procedimiento de concesión.

1. Con el objetivo de gestionar la concesión de estos galardones, la Dirección Gerencia del Instituto Navarro de la Juventud designará mediante resolución un comité técnico y nombrará, mediante resolución, una comisión asesora integrada por personas a título individual y por representantes de entidades que desarrollen su actividad en el ámbito de la Juventud. Esta comisión actuará de acuerdo a sus normas específicas para su funcionamiento y estará presidida por la Dirección Gerencia del Instituto Navarro de la Juventud.

2. El comité técnico revisará la idoneidad de las propuestas recibidas conforme a las presentes bases y los criterios señalados en el artículo 5 del Decreto Foral 11/2023, de 22 de febrero, y tendrá la potestad de proponer, si procede, el cambio de categoría de las candidaturas presentadas de acuerdo a su naturaleza y previa consulta a la persona o entidad que haya realizado la propuesta. El comité técnico seleccionará hasta cinco candidaturas en cada una de las categorías, las cuales pasarán a ser valoradas por la comisión asesora.

3. La comisión asesora será convocada por el Instituto Navarro de la Juventud en el lugar y fecha que se determine. Esta comisión puntuará cada uno de los proyectos finalistas con un máximo de 50 puntos conforme a los méritos que en ellos se aprecien. Los tres proyectos que obtengan mayor puntuación en cada categoría pasarán a la fase de votación popular.

4. Votación popular. El Instituto Navarro de la Juventud habilitará un sistema de votación en su página web donde las personas jóvenes de entre 14 y 30 años titulares del Carné Joven Europeo de Navarra podrán elegir aquellas candidaturas que consideren merecedoras del premio. Las candidaturas que más votos alcancen obtendrán una puntuación de 50 puntos. La puntuación del resto de candidaturas se calculará de forma proporcional a los votos que hayan recibido en relación con los votos que haya obtenido la candidatura con mayor puntuación. El plazo de votación permanecerá abierto a lo largo de siete días naturales en las fechas que a tal efecto se determinen.

5. Resultarán ganadoras aquellas candidaturas que obtengan mayor puntuación como resultado de la suma de los puntos otorgados por la comisión asesora y de los puntos obtenidos en la votación popular.

6. Se podrán declarar desiertas una o varias de las categorías de las que constan los presentes galardones.

6.–Premios.

A las candidaturas que resulten ganadoras en las categorías galardón a la persona joven, galardón a la participación social y galardón a la institución o entidad se les hará entrega de un diploma acreditativo y de un premio en metálico de 2. 500 euros. A la candidatura ganadora en la categoría "Espacio juvenil JOVresaliente" se le hará entrega de un diploma acreditativo.

7.–Resolución.

La concesión de los Galardones de Juventud se aprobará por resolución de la Dirección Gerencia del Instituto Navarro de la Juventud, a la vista del fallo. La Resolución se notificará a quienes se les haya galardonado y se publicará en la página web del Instituto Navarro de la Juventud (www.juventudnavarra.es).

8.–Protección de datos.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, los datos facilitados por las personas participantes podrán ser incorporados a un fichero automatizado, responsabilidad del Instituto Navarro de la Juventud, con la finalidad de facilitar las comunicaciones e intercambios de información con todas aquellas personas y entidades cuyas competencias y funciones se relacionan con el programa. Cualquier persona podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad, limitación del tratamiento, y derecho de oposición a las decisiones automatizadas de la información que le compete, dirigiéndose por escrito al Instituto Navarro de la Juventud.

9.–Responsabilidad de la organización.

Las incidencias que puedan producirse en el desarrollo de esta convocatoria, y aquellas cuestiones no previstas por estas bases, serán resueltas por el Instituto Navarro de la Juventud de acuerdo con la normativa aplicable. Asimismo, el Instituto Navarro de la Juventud estará facultado para resolver las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

10.–Contacto.

Instituto Navarro de la Juventud.

Calle Yanguas y Miranda, 27.

31003 PAMPLONA.

Tfno. 848 423 900.

juventud@navarra.es.

www.juventudnavarra.es.

Código del anuncio: F2504535

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es