Anuncio
BOLETÍN Nº 69 - 7 de abril de 2025
1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 46E/2025, de 9 de marzo, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria de la "Subvención al asociacionismo para la dinamización territorial del Pirineo". Identificación BDNS: 819426.
El Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial, señala que es misión de la Dirección General de Administración Local y Despoblación el estudio, coordinación, propuesta y tramitación de las medidas relacionadas con la estrategia de lucha contra la despoblación, frente al reto demográfico y por la vertebración territorial.
Asimismo, el Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial, según se indica en los artículos 26, 28 y 29 del antedicho decreto, tienen entre sus funciones el "Impulso y coordinación del Plan del Pirineo con apoyo de la agencia del territorio y la sostenibilidad, Lursarea y los agentes del territorio" y la "Gestión de ayudas económica en ámbitos territoriales afectados por la despoblación orientadas al acceso de la población a los servicios públicos básicos, al emprendimiento, al relevo generacional, a facilitar el acceso a la vivienda en el medio rural, entre otros".
En mayo de 2017 se constituyó la "Mesa del Pirineo", que integra a las entidades locales de la Comarca (cfr. Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero, de Reforma de la Administración Local de Navarra), además de los municipios de Arce / Artzi, y Oroz-Betelu / Orotz-Betelu, y da cabida dentro de su esquema organizativo a los organismos sociales y a la ciudadanía de la zona. De este Mesa partió la iniciativa de solicitar una Ponencia sobre la situación del Pirineo, que fue acogida favorablemente por el Parlamento Foral.
El Informe elaborado por la Ponencia parlamentaria establece los elementos críticos del diagnóstico sobre la zona pirenaica de Navarra: escasez y dispersión de la población, envejecimiento y masculinidad, dinámica demográfica negativa, disminución de servicios básicos, dificultades de movilidad, falta de infraestructuras avanzadas, falta de empleo y de relevo generacional en las actividades económicas existentes, dificultades en el acceso a la vivienda... Frente a ello, los nuevos estilos de vida que aproximan lo urbano y lo rural, la emergencia de la ruralidad como valor a potenciar, la riqueza patrimonial y ambiental, nuevos sectores de actividad, la vitalidad de los colectivos ciudadanos, etc., representan oportunidades que pueden suscitar un Desarrollo Territorial Sostenible del Pirineo.
Entre las recomendaciones del Parlamento se dicta la de "elaborar e implementar el Plan Estratégico de los Pirineos".
En aplicación de estas recomendaciones del Parlamento, la Dirección General de Administración Local y Despoblación está tomando iniciativas para implementar el Plan del Pirineo, mediante una estrategia operativa y organizativa basada en las directrices de la Mesa del Pirineo y en la colaboración con organismos cualificados.
Sobre el interés público del Departamento de Cohesión Territorial en las iniciativas relativas al Plan del Pirineo, cabe remitirse a la Estrategia Territorial de Navarra (aprobada por el Parlamento de Navarra el 4-7-2005). En ella, el espacio pirenaico tiene una presencia específica y destacada, tanto en la definición del Modelo Territorial de Navarra (capítulo 3.3.7. El Pirineo y otros espacios rurales y naturales), como en la Estrategia para una nueva cultura del territorio (capítulo 4.5.2. El Pirineo).
Los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2025 prevén un crédito de 65.000,00euros aplicado a la partida de gastos 210002 21400 4819 922111 "Subvenciones asociacionismo para la dinamización territorial".
El 1 de enero de 2016 entró en funcionamiento la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) de acuerdo a lo establecido en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En esta norma se establece el deber de comunicar a la citada BDNS las convocatorias de subvenciones de las comunidades autónomas.
El Acuerdo del Gobierno de Navarra de 27 de enero de 2016 dictó instrucciones para el tratamiento de la información de las subvenciones y ayudas concedidas por entidades del sector público de la Comunidad Foral de Navarra. Por el sistema establecido es preciso separar la fase de autorización del gasto de la fase de concesión de la subvención, no admitiéndose documentos contables que impliquen un tratamiento conjunto de ambas fases.
En consecuencia, visto el Informe del Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de la subvención dirigida a asociaciones que realicen acciones en el ámbito territorial del Plan del Pirineo en el año 2025.
2. Aprobar las bases reguladoras de la subvención, que se recogen en el anexo de esta resolución.
3. Autorizar un gasto de 65.000,00 euros con cargo a la partida 210002 21400 4819 922111 "Subvenciones asociacionismo para la dinamización territorial" del Presupuesto de gastos para el ejercicio 2025.
4. Publicar esta resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Trasladar la presente resolución a la Sección de Planificación y Estudios Económicos de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial y a la Intervención Delegada en el Departamento, a los efectos oportunos.
6. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Cohesión Territorial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
Pamplona, 9 de marzo de 2025.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús María Rodríguez Gómez.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES QUE REALICEN ACCIONES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN DEL PIRINEO EN EL AÑO 2025
1.–Objeto y finalidad.
El Plan del Pirineo tiene su origen en una iniciativa local amparada por el Parlamento de Navarra, y sus objetivos se dirigen a revertir una serie de elementos críticos que afectan a la zona: escasez y dispersión de la población, envejecimiento y masculinidad, dinámica demográfica negativa, disminución de servicios básicos, dificultades de movilidad, falta de infraestructuras avanzadas, falta de empleo y de relevo generacional en las actividades económicas existentes, dificultades en el acceso a la vivienda. En la consecución de estos objetivos tienen un papel fundamental la implicación y participación activa de las personas que viven en su territorio.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos que favorezcan la participación activa de la población; el desarrollo, la colaboración y el trabajo en red del tejido asociativo; el voluntariado; la educación; la coordinación, la información y comunicación entre vecinos y vecinas, grupos y asociaciones del territorio; así como el avance social, económico y cultural en el ámbito territorial del Plan del Pirineo, dando una respuesta a las demandas y necesidades planteadas en el mismo desde el tercer sector.
Igualmente, la presente convocatoria se enmarca en el desarrollo de proyectos relacionados con fomentar y favorecer el compromiso de la ciudadanía con la construcción de un mundo más justo, pacífico, tolerante, inclusivo, sostenible y seguro en el marco de la Agenda 2030, incorporándose así a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible acordados por Naciones Unidas en septiembre de 2015.
2.–Beneficiarias.
2.1. Podrán acogerse a la presente convocatoria las asociaciones sin ánimo de lucro (en adelante podrán utilizarse los términos genéricos asociación, asociaciones, entidad o entidades) cuyos proyectos contribuyan a alcanzar los objetivos pretendidos por la presente convocatoria en el ámbito territorial del Plan del Pirineo.
El ámbito territorial del Plan del Pirineo está integrado por la Comarca Pirineo, definida en el anexo I de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero, de Reforma de la Administración Local de Navarra, además de los términos municipales de Arce y Oroz-Betelu. Se podrán realizar proyectos que excedan del ámbito territorial citado siempre y cuando estas tengan repercusión en el mismo y sean necesarias para lograr los objetivos planteados en esta convocatoria, previa justificación de la entidad o entidades solicitantes y autorización de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
2.2. Requisitos para ser beneficiarias:
–Ser entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud.
–No estar incursas en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la "Declaración responsable" del anexo III de esta convocatoria.
La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la persona solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.
–No tener suscrito un convenio de colaboración o un contrato con el Gobierno de Navarra u otra Administración pública para los proyectos cuya subvención se solicita en la presente convocatoria.
–Disponer de la estructura necesaria que garantice el cumplimiento de los objetivos y la ejecución de los proyectos cuya subvención se pretende.
–A fecha de inicio de los proyectos propuestos, deberá contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños materiales o personales que pudieran padecer terceras personas durante el transcurso de las mismas, y con un seguro de accidentes para el personal voluntario, de acuerdo con la normativa vigente.
–En caso de ser proyectos presentados por varias entidades en la modalidad colaborativa, será necesario concretar expresamente en la solicitud en qué va a consistir dicha colaboración: los compromisos de gestión, comunicación y ejecución asumidos por cada una de ellas, las aportaciones económicas acordadas (las entidades colaboradoras deberán aportar, al menos, el 15% del importe total del gasto), los beneficios que se espera que reporte la colaboración, etc. En esta modalidad, una de las entidades actuará en representación del resto a efectos de solicitud y justificación, lo que deberá señalarse en el impreso de solicitud. Asimismo, en la resolución de concesión de la ayuda se señalará el importe de la subvención a aplicar por cada una de las personas integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.
2.3. Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las acciones.
3.–Proyectos subvencionables.
3.1. Serán subvencionables los proyectos que se ejecuten entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025.
3.2. Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que se encuadren en alguno de los siguientes ámbitos:
a) Proyectos que impulsen el desarrollo territorial sostenible en ámbitos como el medioambiente, el turismo, el patrimonio, el desarrollo económico, la formación y empleabilidad de la población de la zona.
b) Proyectos enfocados al fomento de la cultura, el ocio y la educación, que garanticen la protección, conservación y difusión del patrimonio cultural y tradiciones populares de la zona.
c) Proyectos de otros ámbitos que promuevan la participación activa de la ciudadanía, el asociacionismo y el voluntariado en la zona.
3.3. Con carácter general quedan expresamente excluidos para acceder a esta convocatoria:
a) Proyectos que apliquen criterios sexistas, racistas, xenófobos o discriminatorios de cualquier otro tipo que excluyan por su condición a parte de la población.
b) Proyectos que no contemplen el objeto de esta convocatoria y/o se dirijan en exclusiva a fines recogidos en otra convocatoria específica de esta Dirección o ya estén subvencionadas a través de otros programas de esta Dirección General.
4.–Importe de la subvención y gastos subvencionables.
4.1. El importe de la subvención corresponderá al 80% de los gastos subvencionables justificados para proyectos individuales, hasta un máximo de 3.000 euros y de un 100% de los gastos subvencionables para los proyectos colaborativos, con un gasto máximo de 5.000 euros.
4.2. Cada entidad podrá presentar para su financiación en esta convocatoria el número de solicitudes que tenga por conveniente, tanto en la modalidad de presentación individual como en la modalidad colaborativa.
No obstante, se subvencionará como máximo un proyecto por entidad y modalidad de participación, que será, en su caso, el que más puntuación obtenga en cada modalidad de entre los presentados por la entidad en cuestión.
Excepcionalmente, en el caso de que no se haya agotado el crédito de la partida presupuestaria una vez atendida la financiación de los proyectos señalados en el párrafo anterior, se podrá subvencionar más de un proyecto de cada modalidad para una misma entidad, de acuerdo al orden de puntuación de los proyectos, hasta que se agote el crédito disponible.
4.3. Serán subvencionables los siguientes gastos comprendidos en los citados proyectos que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025:
4.3.1. Gastos directos.
Son gastos subvencionables directos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionable y que se concretan en los siguientes:
a) Alquiler de locales y equipamientos para la realización de los proyectos a subvencionar. En este caso, el gasto subvencionable será de un máximo del 40% del importe concedido en la subvención.
b) Materiales fungibles necesarios para el desarrollo de los proyectos.
c) Gastos de publicidad o difusión de los proyectos.
Deberán cumplir las obligaciones establecidas en la base 13 d).
d) Viajes, alojamientos y dietas correspondientes a la movilidad del personal directamente vinculado a la realización de los proyectos, siempre que estén debidamente definidos y justificados en la solicitud y que tengan coherencia con los proyectos a subvencionar. Para las dietas de comida se subvencionará hasta un máximo de 20 euros por persona. Por gastos de transporte emitidos en billetes individuales, nunca se abonará un precio superior al establecido en la tarifa ordinaria más económica. En el caso de utilización de vehículos particulares, se abonará a razón de 0,36 euros/km por trayecto y habrá de especificarse origen, destino, kilómetros recorridos, fecha y motivo del viaje.
e) Servicios técnicos y profesionales de personal de la asociación para la realización de los proyectos.
a.–Servicios prestados por personal de la asociación con contrato por cuenta ajena.
Se considerarán subvencionables los importes de los costes salariales del personal de cada una de las nóminas mensuales del personal contratado para los proyectos a subvencionar hasta una cuantía mensual máxima equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la solicitud de la subvención, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
b.–Servicios prestados por personal de la asociación con contrato de persona autónoma.
Para servicios ofrecidos por personas autónomas contratadas, los límites serán de hasta 65 euros/hora.
Todas las facturas de este apartado deberán recoger expresamente el tipo de actividad, el número de horas y el precio/hora que se aplica.
f) Subcontratación de actividades.
Se permite la subcontratación de las actividades subvencionadas, hasta el 100% del importe de estas. No obstante, para el caso de la subcontratación de personas o entidades vinculadas con la entidad beneficiaria, será necesario solicitar autorización previa de esta Dirección General y que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste del proyecto subvencionado, no aporten valor al contenido de la misma.
g) Otros gastos necesarios para realizar el proyecto.
4.3.2. Gastos indirectos.
Se podrá aplicar a la subvención un importe igual o inferior al 20% de la misma, en concepto de costes indirectos del proyecto, entendiéndose por estos los gastos administrativos propios del funcionamiento regular de la entidad o entidades solicitantes y sirvan de sostén para que sea posible la ejecución de la intervención.
En este epígrafe se entenderán comprendidos los gastos de personal propio de la entidad en la proporción dedicada a las acciones a desarrollar hasta una cuantía mensual máxima equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la solicitud de subvención, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Los gastos de personal propio deberán presentarse desglosados por acción, indicando el cálculo estimado de horas de dedicación a cada una de ellas, así como el importe por hora y el total resultante.
4.3.3. No serán gastos subvencionables.
a) Los gastos y atenciones protocolarias (almuerzos, recepciones, regalos, flores, entradas a espectáculos, etc.) o las gratificaciones a las personas asistentes.
b) El importe del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de las facturas que presente para justificar gastos subvencionables, salvo que los mismos no sean susceptibles de recuperación o compensación por parte de la entidad, lo que deberá indicar expresamente y acreditar mediante certificado emitido por Hacienda.
c) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
d) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
e) Los gastos de procedimientos judiciales.
f) Los bienes inventariables (ordenadores, mobiliario, etc.).
5.–Presentación de solicitudes y documentación exigida.
5.1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 mes, que comenzarán a contar el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y concluirá el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento.
5.2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, la ficha de las ayudas). En dicha ficha existirá un enlace al registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
5.3. Conforme a lo dispuesto en los artículos 16.8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), no se tendrán por presentadas aquellas solicitudes que no se ajusten al modelo de solicitud disponible en la ficha de las ayudas y que no se presenten de manera telemática a través de la citada ficha. Por tanto, al tenerse por no presentadas, dichas solicitudes no serán objeto de subsanación.
Las comunicaciones correspondientes a esta convocatoria de ayudas se realizarán a través de la dirección electrónica habilitada (DEH) de la entidad interesada, que deberá estar suscrita a los procedimientos de notificación electrónica habilitados por el Gobierno de Navarra. La obtención de la DEH y la suscripción a los procedimientos de notificación electrónica se puede realizar en la siguiente dirección del Ministerio de Hacienda y Función Pública, http://notificaciones.060.es, y, para ello, es necesario disponer de certificado digital.
5.4. La documentación deberá presentarse en documentos separados y debidamente identificados con su nombre, según los modelos aportados en los anexos.
5.5. Las asociaciones que soliciten subvención deberán presentar la documentación que se relaciona a continuación. En el caso de las solicitudes que se presenten en modalidad colaborativa, se deberá aportar la documentación de todas las entidades:
a) Formulario de solicitud conforme al anexo I para las solicitudes presentadas de manera individual y al anexo II para las presentadas de forma colaborativa. Ambos documentos deberán ir firmados por la entidad solicitante, en el caso de proyectos colaborativos deberá ir firmado por todas las entidades.
b) Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro.
c) Copia simple del documento de identificación fiscal (NIF).
d) Declaración responsable otorgada por quien ostente la representación de la entidad, según modelo del anexo III.
e) En caso de que no se autorice al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial a la consulta:
I.–Certificado actualizado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda.
II.–Certificado actualizado de estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social o Informe de inexistencia de inscripción como empresaria.
5.6. Si la documentación aportada fuera incompleta o se detectasen defectos en la misma se requerirá a la entidad para que, en el plazo de 10 días hábiles, complete la documentación o subsane las deficiencias, con advertencia de que si no lo hiciera así se le tendrá por desistida de su petición, dictándose resolución de archivo del expediente.
A fin de facilitar la mejor evaluación de las solicitudes, el Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial, podrá requerir a las entidades solicitantes la aclaración de la información contenida en los proyectos presentados o la justificación documental de los extremos incluidos en la declaración responsable.
6.–Criterios de selección y valoración.
6.1. El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de modo que se realizará una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta base.
6.2. Las solicitudes serán valoradas atendiendo a los siguientes criterios:
CRITERIO | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
A) EMPLAZAMIENTO DE LA SEDE SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN: • Localización de la sede social de la asociación dentro del ámbito del Plan del Pirineo (5 puntos). • Localización de la sede social de la asociación fuera del ámbito del Plan del Pirineo (0 puntos). • En el caso de las solicitudes de modalidad colaborativa, obtendrán 5 puntos en caso de que la asociación presentadora sea del territorio y, en caso contrario, se hará la media entre las solicitantes. | 5 puntos |
B) CALIDAD TÉCNICA DEL PROYECTO: • Descripción de la propuesta (hasta 5 puntos). • Contextualización de la propuesta: localización, análisis de la realidad de la zona, contextualización de la propuesta en el territorio y dentro del ámbito temático en que se enmarque (de entre los ámbitos señalados en la base 3.ª), necesidades a las que da respuesta, beneficios que reporta, etc. (hasta 10 puntos). • Objetivos generales y específicos (hasta 10 puntos). • Descripción de las acciones: calidad, diversidad, sostenibilidad, etc. (hasta 10 puntos). • Calendarización (hasta 10 puntos). • Recursos humanos y materiales (hasta 5 puntos). • Presupuesto (hasta 10 puntos). | 55 puntos |
C) PERSONAS BENEFICIARIAS: • Identificación de los sectores de población y colectivos a quienes se dirigen las acciones (hasta 5 puntos). • Justificación y descripción de la idoneidad de las acciones y beneficios que reportan al sector o sectores de población destinatarios (hasta 7 puntos). • Acciones que respondan a las necesidades de jóvenes (14-30 años), mujeres y/o personas mayores (mayores de 60 años) (hasta 3 puntos). | 15 puntos |
D) PERSPECTIVA DE GÉNERO: Adecuación de la incorporación de la perspectiva de género en la formulación y redacción de la propuesta, las acciones, los indicadores, etc. | 10 puntos |
E) EUSKERA: Contribución al conocimiento y uso del euskera en la vida social de las personas beneficiarias. | 5 puntos |
F) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Definición, diseño e implantación de indicadores (participación, resultados...), sistemas de seguimiento y evaluación de las acciones. | 5 puntos |
G) DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN: Adecuación y alcance de las actividades de difusión y comunicación planteadas. | 5 puntos |
6.3. No se subvencionarán los proyectos que obtengan una valoración inferior a 50 puntos.
6.4. En caso de empate se priorizarán aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado B de la base 6.2 de la convocatoria. Si persistiese el empate, se priorizarán las que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado C de la citada base 6.2. Y si aun así persistiera, se considerará la puntuación obtenida en las siguientes letras comenzando desde la letra a) y así sucesivamente hasta deshacer el empate.
6.5. En cuanto al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.1 letra f) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, el objeto de la convocatoria es la ejecución de proyectos que favorezcan la participación activa de la población; el desarrollo, la colaboración y el trabajo en red del tejido asociativo; el voluntariado; la educación; la coordinación, la información y comunicación entre vecinos y vecinas, grupos y asociaciones del territorio; así como el avance social, económico y cultural en el ámbito territorial del Plan del Pirineo por lo que la práctica totalidad de los criterios de valoración contenidos en la tabla tienen la consideración de criterios sociales. Y particularmente:
1.–Los relativos al emplazamiento de la sede social de la asociación beneficiaria.
2.–Lo relativos al Público Objetivo en cuanto acciones que respondan a las necesidades de jóvenes (14-30 años), mujeres y/o personas mayores (mayores de 60 años).
3.–Calidad de la descripción en cuanto los objetivos relacionados la empleabilidad de la población de la zona o promuevan la participación activa de la ciudadanía, el asociacionismo y el voluntariado en la zona.
4.–Medidas previstas para la incorporación de la perspectiva de género en el proyecto.
7.–Procedimiento de concesión y valoración de la subvención.
7.1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
La instrucción del procedimiento de concesión corresponderá al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial.
7.2. En la valoración de las solicitudes, que se realizará conforme a los criterios detallados en la base 6.ª, el órgano instructor podrá contar con la participación de personas de otros Departamentos, así como realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se concrete la propuesta de resolución.
7.3. El Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial elevará su propuesta de resolución al director general de Administración Local y Despoblación. A la propuesta se incorporará un informe en el que conste que las entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las correspondientes subvenciones.
7.4. Asignadas provisionalmente de este modo las subvenciones a conceder, en caso de que existieran importes sobrantes sin asignar, se podrá, con el fin de agotar dichos sobrantes, instar la reprogramación de aquellos proyectos que por falta de disponibilidad presupuestaria no hubiesen obtenido la totalidad de la subvención que les hubiese podido corresponder.
La reprogramación será instada por el Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial, siguiendo el orden de puntuación obtenida, mediante oficio dirigido a la entidad solicitante, la cual deberá responder en el plazo conferido al efecto si acepta la reprogramación propuesta. En caso de no contestar en plazo, la propuesta se tendrá por no aceptada.
7.5. En el caso de que alguna beneficiaria renuncie a la subvención, la cuantía disponible se destinará, en orden según la valoración recibida, a proyectos que no hubieran obtenido ayuda por falta de disponibilidad presupuestaria o, de no existir estos, al incremento de la subvención concedida al resto de proyectos de manera proporcional a la cuantía de esta.
8.–Resolución de concesión.
8.1. La resolución de concesión de subvenciones se dictará por el director general de Administración Local y Despoblación, en un plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha límite de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin dictar y notificar la resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada, a los efectos de permitir la interposición del recurso correspondiente.
8.2. En la resolución de concesión se hará constar la relación de entidades solicitantes, las entidades beneficiarias (cada asociación solicitante de la modalidad colaborativa se considerará asimismo beneficiaria), los proyectos subvencionados, el importe de la subvención concedida para cada proyecto, el reparto del importe concedido entre las diferentes asociaciones presentadas en colaboración y, en su caso, la desestimación del resto de solicitudes, especificándose el motivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y el artículo 26 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se harán públicas en el Portal del Gobierno Abierto las subvenciones concedidas dentro del mes siguiente al de su notificación, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
9.–Documentación justificativa.
9.1. Las beneficiarias deberán justificar el proyecto realizado hasta el día 31 de octubre de 2025, incluido. Para ello deberán presentar, de manera telemática a través de la ficha de las ayudas la siguiente documentación:
a) Memoria evaluativa de la acción o acciones subvencionadas. En este documento se hará constar la evaluación general del programa, satisfacción de las personas participantes, actividades realizadas (se deberá incluir prueba documental) y no realizadas, propuestas de mejora, etc. con el resultado de las mediciones de los indicadores conforme al anexo IV.
b) La justificación de los gastos y pagos realizados. Se presentará en forma de cuenta justificativa que, en todo caso, deberá incluir la declaración de las acciones subvencionadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos en el desarrollo de las mismas, conforme al anexo V. Su acreditación se realizará mediante facturas originales y sus correspondientes documentos del pago efectivamente realizado. Se admitirán documentos de valor probatorio equivalente y facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. En los casos en que las entidades beneficiarias deban realizar en Hacienda ingreso a cuenta en sede de IRPF de las retenciones practicadas, habrán de aportar también documento justificativo de pago o ingreso al respecto.
En el caso de las solicitudes presentadas en la modalidad colaborativa, cada una de las asociaciones beneficiarias deberá ejecutar y pagar el coste del porcentaje de gasto que se haya comprometido a asumir en la solicitud (anexo II). Igualmente, cada entidad será la que reciba el abono por el importe que le corresponda.
c) Prueba documental del cumplimiento de la obligación de hacer constar la participación del Gobierno de Navarra en las acciones subvencionadas, incorporando en la publicidad y difusión que se realice, así como en toda la documentación elaborada en relación con el mismo, el logotipo oficial del Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernua y el texto: "Subvenciona Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak diruz laguntzen du", de acuerdo con las características técnicas recogidas en el Decreto Foral 4/2016, de 27 de enero, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización.

Fuente: https://www.navarra.es/es/gobierno-de-navarra/simbolo-oficial.
d) Declaración expresa de si el proyecto ha recibido o no cualquier otro tipo de ayuda o subvención y, en caso afirmativo, detalle de los importes recibidos y de su procedencia, según modelo del anexo VI.
e) Resguardo de los seguros de responsabilidad civil y de accidentes para el personal voluntario, donde conste el importe del seguro y su periodo de vigencia, junto con los correspondientes justificantes de pago.
f) Solicitud de abono por transferencia según modelo de Gobierno de Navarra si es la primera vez que se solicita ayuda o se ha modificado algún dato. El modelo de impreso puede descargarse desde este enlace: http://www.navarra.es/home_es/Servicios/Recursos/Impresos+de+Tesoreria.htm.
Dicho impreso deberá presentarse a la Sección de Tesorería del Departamento de Economía y Hacienda, a través del registro general electrónico.
g) En el supuesto de que la Asociación no sea susceptible de recuperar o compensar el Importe del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de las facturas presentadas, deberá aportar certificado emitido por Hacienda que acredite dicha condición.
9.2. En el caso de que el órgano instructor considere insuficiente la justificación de los gastos y de los pagos efectuados para acreditar los mismos, este requerirá a la entidad solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles acompañe la documentación justificativa necesaria.
9.3. Con carácter general, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente justificado y pagado con anterioridad a la finalización del periodo de realización de las acciones, 31 de octubre de 2025.
10.–Abono de la subvención.
10.1. Examinada la documentación justificativa, el órgano gestor elevará al órgano competente propuesta de resolución de abono.
10.2. El director general de Administración Local y Despoblación dictará la resolución de abono de la subvención en el plazo de dos meses a contar desde la presentación de la documentación justificativa.
11.–Compatibilidad.
Las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria podrán obtener subvenciones y ayudas provenientes de otras Administraciones, entidades y organismos públicos o privados de cualquier naturaleza, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para el mismo objeto y finalidad, sin que el total de las mismas pueda sobrepasar el 100% de la inversión o gasto de cada proyecto.
12.–Seguimiento y control.
El Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial, a través del personal técnico adscrito al mismo, será el encargado de ejercer el seguimiento de los proyectos, supervisar y evaluar la totalidad de aspectos desarrollados y el grado de cumplimiento de los objetivos fijados.
13.–Obligaciones.
13.1. Las entidades que reciban subvención al amparo de la presente convocatoria deberán cumplir, además de las obligaciones que les vienen impuestas por la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, las siguientes:
a) Realizar el proyecto que fundamentan la concesión de la subvención y cumplir los requisitos y condiciones que determinan su concesión.
b) Comunicar al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial cualquier incidencia que se produzca en relación con el proyecto objeto de subvención.
c) Facilitar cuanta documentación le sea requerida por el órgano concedente referente a cualquier circunstancia o extremo de las acciones subvencionadas, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización del proyecto para el que se ha solicitado subvención.
d) Hacer constar en cualquier tipo de publicidad y difusión escrita y oral que se realice a partir de la notificación de la resolución de concesión, así como en toda la documentación elaborada en relación con el proyecto subvencionado, la participación y la subvención del Gobierno de Navarra. Deberá constar el logotipo oficial del Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernua y el texto: "Subvenciona Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak diruz laguntzen du", de acuerdo con las características técnicas recogidas en el Decreto Foral 4/2016, de 27 de enero, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización.
e) Colaborar con Gobierno de Navarra en la divulgación de los proyectos subvencionados con el objeto de activar el conocimiento de los mismos y con ello, la participación de la sociedad.
f) Mantener la interlocución y coordinación con la Dirección General de Administración Local y Despoblación durante todo el plazo de realización de las actividades, para la realización del seguimiento, comprobación o peticiones de información sobre los programas y sus posibles cambios.
g) Las entidades beneficiarias de subvenciones que se encuentren sujetas a la obligación de transparencia en aplicación del artículo 2 del Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 11, con relación a la publicidad activa regulada en el artículo 22 de la citada ley foral.
h) Elaborar y entregar toda la documentación e información necesaria tanto en la solicitud como en la justificación de la subvención.
i) Justificar el 100% del presupuesto de las actividades presentadas y aceptadas, con independencia del porcentaje que cubra la subvención concedida.
j) Atender a las prevenciones legales establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y en el Reglamento (UE) 216/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respecta al Tratamiento de los Datos Personales y a la Libre Circulación de estos Datos.
k) Obligación de cumplir las Medidas de Protección a la Infancia y la Adolescencia previstas en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, afectada por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia en cuyo artículo 57 se encuentra recogido el requisito de obtener certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos para el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
l) Comunicar al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las acciones subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
13.2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada ley foral.
14.–Reintegro de subvenciones.
14.1. Además de las causas de invalidez de la resolución de concesión, recogidas en el artículo 34 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, la concurrencia de los supuestos contemplados en el artículo 35 de la citada ley foral dará lugar a la obligación de reintegrar total o parcialmente las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde la fecha del pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro de la misma.
14.2. A los efectos de lo establecido por el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, se considerará que existe un incumplimiento parcial en el supuesto de que las actividades se desarrollen sin cumplir las condiciones establecidas en la propuesta de proyecto presentada, o conforme a la descripción presentada por la propia entidad o entidades. Cuando el cumplimiento de la beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por esta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a abonar o a reintegrar vendrá determinada, respondiendo al criterio de proporcionalidad, por el volumen y grado de incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención.
En caso de proyectos presentados en modalidad colaborativa por dos asociaciones, el incumplimiento o inejecución de actividades por parte de una de ellas que, en virtud de lo establecido en el párrafo anterior, no implique un incumpliendo total del proyecto, dará lugar a la tramitación del expediente con las condiciones de las concesiones de la modalidad individualizada.
14.3. Los reintegros tendrán la consideración de ingresos de derecho público, por lo que se podrá proceder a su cobro, por vía de apremio, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.
15.–Infracciones y sanciones.
En materia de infracciones y sanciones se estará a lo establecido en los artículos 42 y siguientes de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
16.–Recursos.
Contra esta convocatoria y sus bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Cohesión Territorial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
17.–Protección de datos.
La presentación de la solicitud implica la recogida y el tratamiento de los datos personales recabados a través de la misma, que serán tratados por el Departamento de Cohesión Territorial con la finalidad de tramitar el presente procedimiento y gestionar la adjudicación de estas ayudas. Asimismo, le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con sus datos en el siguiente enlace: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ejercicio-de-los-derechos-de-proteccion-de-datos-personales.
18.–Normativa supletoria.
En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y demás normativa aplicable.
ANEXO I.–FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES INDIVIDUALES A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA DIRIGIDAS A ASOCIACIONES QUE REALICEN ACCIONES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN DEL PIRINEO EN EL AÑO 2025
A) Datos de la entidad solicitante individual:
Nombre de la entidad | |
Dirección postal | |
Teléfono | |
Correo electrónico | |
Persona representante | |
Correo electrónico de la persona representante |
B) Memoria de la propuesta de acciones y presupuesto a subvencionar:
0. Título del proyecto: ....................................................................................................................
1. Emplazamiento de la sede social de la asociación:
EMPLAZAMIENTO DE LA SEDE SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN (Hasta 5 puntos) | Comarca del Pirineo: Valle de Roncal Comarca del Pirineo: Valle de Salazar Comarca del Pirineo: Valle de Aezkoa Comarca del Pirineo: Erro - Luzaide / Valcarlos Comarca del Prepirineo: Oroz-Betelu / Orotz-Betelu y Arce / Artzi Otras localizaciones |
2. Calidad técnica del proyecto:
DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA Máximo 1000 caracteres (Hasta 5 puntos) | |||
CONTEXTUALIZACIÓN Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||
OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS Máximo 1000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||
CALENDARIZACIÓN Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Máximo 1000 caracteres (Hasta 5 puntos) | |||
PRESUPUESTO (Hasta 10 puntos) Descripción escrita del presupuesto (opcional): Máximo 1000 caracteres | |||
ACTIVIDADES PREVISTAS | PRESUPUESTO (euros) | ||
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
6 | |||
7 | |||
8 | |||
9 | |||
10 | |||
11 | |||
12 | |||
13 | |||
14 | |||
15 | |||
Total presupuesto del proyecto | |||
Subvención solicitada | |||
Aportaciones propias | |||
Otras subvenciones solicitadas o previstas para el año en curso, del Gobierno de Navarra y/o de otras instituciones | |||
Entidad: ........................................................................... ........................................................................... ........................................................................... | Importe solicitado: ......................... euros ......................... euros ......................... euros | ||
3. Personas beneficiarias. Máximo 2000 caracteres (hasta 15 puntos):
4. Perspectiva de género. Máximo 1500 caracteres (hasta 5 puntos):
5. Euskera. Máximo 1500 caracteres (hasta 5 puntos):
6. Seguimiento y evaluación. Máximo 2000 caracteres (hasta 5 puntos):
7. Difusión y comunicación. Máximo 2000 caracteres (hasta 5 puntos):
Nota: en el cómputo de caracteres se contabilizan también los espacios.
C) Comentarios y observaciones finales al conjunto del proyecto que se presenta (máximo 2000 caracteres):
AUTORIZA al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial para que, en el marco de la presente convocatoria, SOLICITE DIRECTAMENTE al Departamento de Economía y Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado de estar al corriente en las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, siendo estos datos necesarios para resolver su solicitud (art. 13 2.e de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones).
NO AUTORIZA al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial para que, en el marco de la presente convocatoria, solicite directamente al Departamento de Economía y Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado de estar al corriente en las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, aportando la misma entidad los certificados necesarios para que se resuelva su solicitud.
En ......................................., a ......... de ........................................ de .........................
Firma: Presidencia de la entidad o representante del proyecto.
ANEXO II.–FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES COLABORATIVAS A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA DIRIGIDAS A ASOCIACIONES QUE REALICEN ACCIONES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL PLAN DEL PIRINEO EN EL AÑO 2025
D) Datos de la entidad presentadora:
Nombre de las entidades | Entidad 1, representante | |
Entidad 2, colaboradora | ||
Entidad 3, colaboradora | ||
Dirección postal | ||
Teléfono | ||
Correo electrónico | ||
Persona representante | ||
Correo electrónico de la persona representante | ||
E) Memoria de la propuesta de acciones y presupuesto a subvencionar:
0. Título del proyecto: ....................................................................................................................
1. Emplazamiento de la sede social de la asociación:
EMPLAZAMIENTO DE LA SEDE SOCIAL DE LAS ASOCIACIONES (Hasta 5 puntos) | EMPLAZAMIENTO | Entidad 1 | Entidad 2 | Entidad 3 |
Comarca del Pirineo: Valle de Roncal Comarca del Pirineo: Valle de Salazar Comarca del Pirineo: Valle de Aezkoa Comarca del Pirineo: Erro - Luzaide / Valcarlos Comarca del Prepirineo: Oroz-Betelu / Orotz-Betelu y Arce / Artzi Otras localizaciones | | | |
2. Calidad técnica del proyecto:
DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA Máximo 1000 caracteres (Hasta 5 puntos) | |||||||
CONTEXTUALIZACIÓN Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||||||
OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS Máximo 1000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||||||
DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||||||
CALENDARIZACIÓN Máximo 2000 caracteres (Hasta 10 puntos) | |||||||
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Máximo 1000 caracteres (Hasta 5 puntos) | |||||||
PRESUPUESTO (Hasta 10 puntos) Descripción escrita del presupuesto (opcional): máximo 1000 caracteres | |||||||
ACTIVIDADES | PARTICIPACIÓN | PRESUPUESTO (euros) | |||||
Entidad 1 | Entidad 2 | Entidad 3 | |||||
1 | | | | ||||
2 | | | | ||||
3 | | | | ||||
4 | | | | ||||
5 | | | | ||||
6 | | | | ||||
7 | | | | ||||
8 | | | | ||||
9 | | | | ||||
10 | | | | ||||
11 | | | | ||||
12 | | | | ||||
13 | | | | ||||
14 | | | | ||||
15 | | | | ||||
Total presupuesto del proyecto | |||||||
Subvención | Por entidad | Total | |||||
Otras subvenciones solicitadas o previstas para el año en curso, del Gobierno de Navarra y/o de otras instituciones | |||||||
Entidad: ........................................................................... ........................................................................... ........................................................................... | Importe solicitado: ......................... euros ......................... euros ......................... euros | ||||||
3. Personas beneficiarias. Máximo 2000 caracteres (hasta 15 puntos):
4. Perspectiva de género. Máximo 1500 caracteres (hasta 5 puntos):
5. Euskera. Máximo 1500 caracteres (hasta 5 puntos):
6. Seguimiento y evaluación. Máximo 2000 caracteres (hasta 5 puntos):
7. Difusión y comunicación. Máximo 2000 caracteres (hasta 5 puntos):
Nota: en el cómputo de caracteres se contabilizan también los espacios.
F) Proyecto de acciones colaborativas (máximo 2500 caracteres):
PROYECTOS COLABORATIVOS. Explicación de la colaboración del papel de cada una de las entidades participantes y de los beneficios que se espera que reporte la colaboración |
G) Comentarios y observaciones finales al conjunto del proyecto que se presenta (máximo 2000 caracteres):
AUTORIZA al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial para que, en el marco de la presente convocatoria, SOLICITE DIRECTAMENTE al Departamento de Economía y Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado de estar al corriente en las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, siendo estos datos necesarios para resolver su solicitud (art. 13 2.e de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones).
NO AUTORIZA al Servicio de Reto Demográfico y Vertebración Territorial para que, en el marco de la presente convocatoria, solicite directamente al Departamento de Economía y Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado de estar al corriente en las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, aportando la misma entidad los certificados necesarios para que se resuelva su solicitud.
Con la firma del presente documento las entidades abajo firmantes ratifican su intención de solicitar de manera colaborativa subvención para la acción o acciones señaladas en este Anexo de solicitud de la presente convocatoria de subvenciones, entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025, señalando sus compromisos de ejecución y aportación económica para las mismas.
En ......................................., a ......... de ........................................ de .........................
Firma: Presidencia de la entidad o representante del proyecto.
ANEXO III.–DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PODER SER BENEFICIARIA
(En el caso de solicitudes colaborativas, es preciso rellenar una por entidad)
Doña/Don ...................................................................................... con NIF .............................., como representante de la entidad ......................................................................................... declara,
- Que la misma no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, contempladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
- Que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello.
- Que la entidad solicitante cumple con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respecta al Tratamiento de Datos Personales y a la Libre Circulación de estos Datos.
- Que la entidad solicitante cumple con las Medidas de Protección a la Infancia y la Adolescencia previstas en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, afectada por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en cuyo artículo 57 se encuentra recogido el requisito de obtener certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos para el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
- Que, al iniciar las acciones propuestas (y durante el transcurso de las mismas), la entidad tiene o tendrá suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil y de seguro de accidentes para el personal voluntario.
- Que la entidad solicitante (márquese una de las dos opciones):
- No está percibiendo ni ha solicitado alguna ayuda que haya sido concedida o esté pendiente de Resolución con este mismo objeto y finalidad a cualquier administración pública o entidad privada.
- Está percibiendo y/o ha solicitado alguna ayuda que haya sido concedida o esté pendiente de Resolución con este mismo objeto y finalidad a cualquier administración pública o entidad privada.
- Organismo(s): ...........................................................................................................................
- Cuantía: .....................................................................................................................................
- Que la entidad solicitante ha presentado una solicitud a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro que realicen acciones en el ámbito territorial del Plan del Pirineo en colaboración con la(s) entidad(es) ..........................................................................................................................................................................................
- Que la entidad solicitante (márquese una de las dos opciones):
- No es susceptible de recuperar o compensar el Importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las facturas presentadas. En el presente caso, deberá aportar el certificado emitido de Hacienda que acredite la presente condición.
- Es susceptible de recuperar o compensar el Importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las facturas presentadas.
En ......................................., a ......... de ........................................ de .........................
Firma: Presidencia de la entidad
ANEXO IV.–MEMORIA FINAL DEL PROYECTO Y JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS
1. Datos generales de la entidad:
Entidad: | |
Denominación proyecto: | |
Persona representante: | |
Teléfono: | |
Correo electrónico: |
2. Memoria explicativa:
Actuaciones realizadas, descripción de los objetivos propuestos y de los resultados obtenidos (qué, quién, cómo, cuándo, dónde se han llevado a cabo las acciones).
............................................................................................................................................................
Modificaciones realizadas, en su caso, en el desarrollo.
............................................................................................................................................................
Evaluación del proyecto.
............................................................................................................................................................
Conclusiones.
............................................................................................................................................................
3. Documentación justificativa que se aporta:
Documentación aportada | Sí | No |
Relación de facturas y justificantes de gastos. | | |
Hoja de cálculo en hoja Excel con detalle de los gastos e ingresos. | | |
Declaración del importe bruto de los salarios de las personas imputadas al proyecto. | | |
Pruebas documentales de la ejecución de las actividades. | | |
Prueba documental de haber hecho constar que el proyecto ha sido subvencionado por el Gobierno de Navarra. | | |
Declaración de otras subvenciones. | | |
Observación sobre las pruebas documentales:
Deberán adjuntarse pruebas documentales de las acciones y los productos derivados de la realización y difusión de las mismas. En estas pruebas documentales (fotografías, enlaces a publicaciones en páginas web y redes sociales, certificados de participación o asistencia…) se incluirá constancia de la participación del Gobierno de Navarra en el proyecto subvencionado, incorporando en la publicidad y difusión que se realice, así como en toda la documentación elaborada en relación con el mismo, el logotipo oficial del Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernua y el texto: "Subvenciona Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak diruz laguntzen du".
4. Datos económicos de las acciones:
- Presupuesto total ....................................................................................... euros.
- Gasto ejecutado ......................................................................................... euros.
- Subvención concedida ............................................................................... euros.
- Gasto justificado de la subvención ............................................................. euros.
Las acciones han sido subvencionadas por otra entidad pública o privada:
SÍ NO
5. Valoración global de las acciones realizadas:
5.1. ¿Se han realizado todas las actividades subvencionadas del proyecto?
SÍ NO
5.2. En el caso de no haber realizado todas las actividades ¿por qué no se han ejecutado?
Por falta de presupuesto
Por falta de tiempo
Por falta de interés de las personas asociadas
Por falta de organización dentro de la Asociación
Por otras causas. ¿Cuáles? .........................................................................................................
5.3. Aspectos positivos y a mejorar:
- Aspectos positivos a destacar: ..........................................................................................................
- Aspectos que se podrían haber mejorado: .......................................................................................
En ......................................., a ......... de ........................................ de .........................
Firma: Presidencia de la entidad o representante del proyecto.
ANEXO V.–CUENTA JUSTIFICATIVA
Convocatoria | Presupuesto del proyecto | ||
Entidad | Subvención concedida | ||
Nº expediente | Total otras subvenciones |
LIQUIDACIÓN DE GASTOS E INGRESOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA | |||||||||||||
ACTIVIDADES | GASTOS (euros) | INGRESOS (euros) | |||||||||||
CATEGORÍA DEL GASTO | TOTAL | SUBVENCIONES | OTROS | TOTAL | |||||||||
Alquiler locales y | Materiales fungibles | Publicidad y/o difusión | Viajes, alojamientos y dietas | Servicios técnicos y profesionales | Subcontratación | Otros gastos necesarios | Tributos | Gastos indirectos | |||||
TOTALES | |||||||||||||
TOTAL GASTOS | DIFERENCIA | ||||||||||||
TOTAL INGRESOS | |||||||||||||
RELACIÓN DE FACTURAS Y DEMÁS JUSTIFICANTES | |||||||||||
ACTIVIDAD O ACCIÓN | JUSTIFICANTE DEL GASTO (euros) | JUSTIFICANTE DEL PAGO (euros) | |||||||||
NÚMERO FACTURA | FECHA FACTURA | ENTIDAD PROVEEDORA | CONCEPTOS SUBVENCIONABLES | TOTAL | FECHA | IMPORTE | |||||
Categoría del Gasto | Descripción | Importe sin IVA | IVA (1) | Total | |||||||
TOTALES | |||||||||||
(1) IVA del gasto subvencionable no susceptible de recuperación o compensación. | |||||||||||
ANEXO VI.–DECLARACIÓN SOBRE OTRAS SUBVENCIONES
Doña/Don ................................................................................., con NIF ..............................., en calidad de .............................................................................................., y en nombre y representación de ................................................................................., con NIF ..............................., declara que:
Se han solicitado y recibido las siguientes subvenciones para el proyecto que ha sido subvencionado por la Dirección General de Administración Local y Despoblación en la presente convocatoria:
ÓRGANO | CONVOCATORIA / CONCEPTO | CANTIDAD | ESTADO |
Nota: rellenar la columna "Estado" con una de las siguientes opciones: Solicitada, Concedida, Abonada.
No se ha solicitado ni recibido ninguna subvención para este proyecto excepto la de la Dirección General de Administración Local y Despoblación en la presente convocatoria:
En ......................................., a ......... de ........................................ de .........................
Firma: Presidencia de la entidad o representante del proyecto.
Código del anuncio: F2504013
Acceso
Enlaces relacionados
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
