1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 67/2025, de 10 de marzo, de la directora general de Presupuestos y Patrimonio, por la que se declara la caducidad del procedimiento incoado mediante Resolución 148/2023, de 29 de mayo, de la directora general de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica, para la declaración de la Comunidad Foral de Navarra como heredera abintestato de doña M.ª Carmen Fernández García (GP 2021228).
Mediante escritos de 4 de noviembre y 14 de diciembre de 2021, se comunicó al Servicio de Patrimonio la existencia de una vivienda propiedad de doña M.ª Carmen Fernández García fallecida sin herederos conocidos y, en esencia, solicitando que la Comunidad Foral de Navarra se declarara sucesora legal.
La Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, en su artículo 24.5 dispone que la sucesión legal a favor de la Comunidad Foral de Navarra se regirá por la presente ley foral, las normas de Derecho Civil Foral de Navarra y por las normas complementarias o reglamentarias que resulten de aplicación.
Por su parte, la Ley 300 de la Compilación de Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra indica que la sucesión legal tiene lugar siempre que no se haya dispuesto válidamente de toda la herencia o parte de ella por testamento, por pacto sucesorio o por cualquier otro modo de deferirse la sucesión conforme a esta Compilación.
La Ley 304 el Fuero Nuevo establece el orden de sucesión legal en bienes no troncales, determinando en sus números 1 al 6 los sucesivos llamamientos y prescribiendo, en su número 7, que "en defecto de los parientes comprendidos en los números anteriores, sucederá la Comunidad Foral de Navarra, la cual, tras proceder a la liquidación de los bienes y derechos de la herencia, la destinará a fines de interés social, incrementando la dotación presupuestaria que para estos fines se prevea en los Presupuestos Generales de Navarra". Asimismo, la Ley 307 determina los parientes llamados a suceder en bienes troncales, estableciendo en su último párrafo que "en defecto de estos parientes la sucesión se deferirá conforme a la Ley 304".
Mediante Resolución 148/2023, de 29 de mayo, de la directora general de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica, se incoó el procedimiento para la declaración de la Comunidad Foral de Navarra como heredera abintestato de doña M.ª Carmen Fernández García. Dicha resolución se publicó, en el Boletín Oficial del Estado número 132, de 3 de junio de 2023, en el Boletín Oficial de Navarra número 128, de 19 de julio de 2023 y en el tablón de anuncios del Ayto de Pamplona.
El artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone la obligación de las Administraciones públicas de dictar resolución expresa respecto de todos los procedimientos administrativos. Y señala que el plazo máximo para resolver es el fijado en las normas de cada procedimiento, que se iniciará en los procedimientos iniciados de oficio desde la fecha del acuerdo de incoación. En este caso, la norma del procedimiento es la LFPN, artículo 24.6, que dice que el plazo máximo para la resolución del procedimiento será de un año a contar desde su fecha de incoación.
Teniendo en cuenta que la resolución de incoación es de fecha 29 de mayo de 2023 y que ha transcurrido un año sin haber dictado resolución de finalización del procedimiento, únicamente cabe dictar una resolución de declaración de caducidad del procedimiento.
En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 24.5 de la Ley Foral 14/2007 del Patrimonio de Navarra, y en artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
RESUELVO:
1.º Declarar caducado el procedimiento para la declaración de la Comunidad Foral de Navarra como heredera abintestato de doña M.ª Carmen Fernández García.
2.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra y remitirla al Ayuntamiento de Pamplona para su publicación y exposición en el tablón de anuncios durante el plazo de un mes.
3.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Contabilidad General y al Servicio de Patrimonio (Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio y Negociado de Asuntos Administrativos), del Departamento de Economía y Hacienda y a la Intervención Delegada en dicho Departamento, a los efectos oportunos.
La presente resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante la interposición de un recurso de alzada ante el consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación, según lo dispuesto en los artículos 126.1.b) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previo a la interposición de un recurso contencioso-administrativo.
Pamplona, 10 de marzo de 2025.–La directora general de Presupuestos y Patrimonio, Maite Domínguez Muguiro.
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