1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 30/2025, de 3 de marzo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social (BDNS 811821), se autoriza el gasto correspondiente a dicho ejercicio y se modifican sus bases reguladoras, aprobadas por Resolución 2297/2018, de 20 de agosto.
De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2025.
El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
Procede, por ello, aprobar la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social para el año 2025 y autorizar su correspondiente gasto.
Por otra parte, y para aclarar términos en la gestión práctica de la convocatoria, procede modificar las bases 11 y 13.
De conformidad con lo expuesto, visto el informe propuesta, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,
RESUELVO:
1.º Aprobar la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social en 2025.
2.º Autorizar con cargo al Presupuesto de Gastos de 2025 el gasto para subvenciones para la realización de acciones de sensibilización y promoción de la Economía Social, reguladas por Resolución 2297/2018, de 20 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número 811821 de la Base de datos Nacional de Subvenciones, 250.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 950001 96100 4809 241200, "Ayudas a la Economía Social para proyectos de difusión", del Presupuesto de Gastos del año 2025.
3.º Modificar la base 11.1 de la convocatoria, que queda redactada de la siguiente manera:
"11.1. Los criterios que se aplicarán en la valoración de los proyectos serán los siguientes:
a) Si se realiza de manera conjunta con otra entidad beneficiaria o entidades beneficiarias, 5 puntos.
b) Si el Proyecto incluye sistemas de control y evaluación del mismo (resultados y nivel de cumplimiento de objetivos), 5 puntos.
c) Si el Proyecto incluye la realización de campañas a través de cualquier medio de difusión, 5 puntos.
d) Si el Proyecto incluye la organización de eventos (ferias, congresos, jornadas, seminarios, conferencias y similares), hasta 25 puntos.
La puntuación obtenida en este criterio dependerá del número de personas de público asistente acreditado en el total de eventos que se incluyan en el proyecto, y del lugar donde se celebren los mismos, de acuerdo con la siguiente tabla:
| N.º personas/actividad fuera de Pamplona y su Comarca | N.º personas/actividad en Pamplona y su Comarca |
10-20 | +20 | 10-20 | +20-50 | +50 |
Puntuación | 15 | 25 | 8 | 10 | 15 |
Se otorgarán puntos por cada evento que se realice en el proyecto, acumulándose hasta la puntuación máxima total señalada en este criterio de 25 puntos.
No corresponderán puntos por la participación en eventos, sino por la organización de los mismos.
e) Por la alineación del proyecto con los objetivos establecidos en el Plan Integral de Economía Social 2025-2028, máximo 15 puntos. Se concederán 5 puntos por cada actuación del PIES en la que incida el proyecto.
Para poder obtener la subvención, será necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos."
4.º Modificar la base 13 de la convocatoria, añadiendo a la misma un punto 3.º redactado como sigue:
"13. 3.–Si la entidad beneficiaria no pudiera presentar todos los justificantes de gasto y pago correspondientes a gastos de personal, deberá presentar, antes de 5 de diciembre, una relación con la previsión de los mismos. En este caso, el plazo de aportación de los mencionados justificantes será el 28 de febrero del año siguiente."
5.º Trasladar esta resolución al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y a la Intervención delegada.
6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
7.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Pamplona, 3 de marzo de 2025.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.
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