BOLETÍN Nº 64 - 31 de marzo de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 15/2025, de 27 de febrero, del director general de Digitalización y Servicios Educativos del Departamento de Educación, por la que se declaran comarcales los comedores del CPEIP "San Esteban" de Erro y del CPEIP de "San Jorge" de Pamplona.

El artículo 3 del Decreto Foral 58/2024, de 29 de mayo, por el que se regulan los comedores escolares de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra establece que son comedores comarcales aquellos que declare como tales el Departamento de Educación, mediante resolución de la Dirección General competente en materia de comedores escolares, por atender las necesidades de los centros que acogen alumnado cuya asistencia a clase está condicionada por la utilización del transporte escolar organizado por el Departamento de Educación. Su organización será competencia del Departamento de Educación, en colaboración con los consejos escolares y las direcciones de los centros docentes.

Asimismo, establece que el Departamento de Educación podrá declarar como comedores comarcales a aquéllos que, sin responder a las características contempladas en el párrafo anterior, atiendan a un alumnado compuesto, en su totalidad o en su mayoría, por alumnado en los que concurra alguna de las siguientes características singulares:

a) Excedentes de alumnado no admitido en los centros próximos.

b) Alumnado desplazado en razón del modelo lingüístico elegido.

c) Alumnado derivado a aulas específicas de Educación Especial.

d) Alumnado perteneciente a sectores socioeconómicamente desfavorecidos.

Con fecha 17 de febrero de 2025, el Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios Educativos presenta informe en el que se propone la declaración como comarcales de los comedores del CPEIP "San Esteban" de Erro y del CPEIP de "San Jorge" de Pamplona, en atención a sus características singulares.

En el caso del comedor del CPEIP "San Esteban" de Erro, dichas características singulares son tenidas en cuenta en atención al porcentaje de alumnado transportado, que hace uso diario de comedor. Además, a mayor abundamiento, el centro educativo se encuentra situado en una localidad en zona de riesgo extremo de despoblación, de conformidad con lo establecido por la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

En lo que respecta al CPEIP "San Jorge" de Pamplona, la declaración como comarcal se fundamenta en atención al porcentaje de alumnado perteneciente a sectores socioeconómicamente desfavorecidos que hace uso del comedor.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.–Declarar como comedores comarcales a los comedores del CPEIP "San Esteban" de Erro y del CPEIP "San Jorge" de Pamplona.

2.–La presente declaración tendrá efectos a partir del 1 de septiembre de 2025.

3.–Significar que, contra la presente resolución, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

4.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Trasladar la presente resolución, a la Secretaría General Técnica, al Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios educativos, al Servicio de Inspección Educativa, a las APYMAS y direcciones del CPEIP "San Esteban" de Erro y del CPEIP "San Jorge" de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2025.–El director general de Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

Código del anuncio: F2503214

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