BOLETÍN Nº 54 - 18 de marzo de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PETILLA DE ARAGÓN

Tipos de gravamen, tasas y precios públicos para 2025

El Pleno del Ayuntamiento de Petilla de Aragón, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2024, aprobó inicialmente los tipos de gravamen, tasas y precios públicos que van a regir a partir de 2025.

Expuesto al público por periodo de 30 días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 7, de 13 de enero de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de los tipos de gravamen, tasas y precios públicos para 2025, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos oportunos.

TIPOS IMPOSITIVOS

Contribución territorial: 0,45%.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: en función del presupuesto de ejecución material:

–2,5% ≤ 150.000 euros.

–5% > 150.000 euros.

Impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: coeficientes establecidos en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y el tipo del 20%.

TASAS

Tasa de abastecimiento de agua:

–Domiciliaria mínimos

  • De 0,00 a 18,00 m³: 11,858 euros/año.
  • Más de 18,01 m³ en adelante: 0,726 euros/m³.

–Agua de garajes:

  • De 0,00 a 18,00 m³: 11,858 euros/año.
  • Más de 18,01 m³ en adelante: 0,853 euros/m³.

El importe correspondiente a la cuota de saneamiento, será la que determine NILSA para cada ejercicio.

Primero.–Los artículos y anexos de tarifas anteriormente expuestos sustituyen a sus homólogos, que constan en las respectivas ordenanzas, y que quedarán derogados en lo que se opongan a estos primeros.

Segundo.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se entienden modificadas las ordenanzas fiscales en lo que resulten afectadas por el presente acuerdo, comenzando a aplicarse desde el día 1 de enero de 2025.

Petilla de Aragón, 28 de febrero de 2025.–El alcalde, Florentino Aguas Arilla.

Código del anuncio: L2503240

Hace cien años

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