BOLETÍN Nº 54 - 18 de marzo de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

DICASTILLO

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza de utilización del cementerio

El Pleno del Ayuntamiento de Dicastillo, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2024 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza de utilización del cementerio.

Publicado el acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 10, de 16 de enero de 2025 y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra a la aprobación definitiva de dicha ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro a los efectos procedentes.

Dicastillo, 21 de febrero de 2025.–El alcalde, Miguel Ángel Remírez Hermoso.

MODIFICACIÓN

Artículo 38. Las concesiones de columbarios siempre y cuando haya columbarios disponibles en el cementerio y para un periodo de 10 años, pudiendo concederse prórrogas de 10 años, previa solicitud, estando ésta sujeta al pago de la tarifa vigente al tiempo de su otorgamiento.

Los columbarios se destinarán única y exclusivamente a contener restos cinerarios de cadáveres o restos óseos. La utilización del columbario existiendo otros restos en la sepultura supondrá una nueva concesión de uso de la misma por un periodo de 10 años más a contar desde la fecha de la última utilización previo pago de las tasas correspondientes a la inhumación y concesión.

La concesión de columbrados será por riguroso orden, Su adjudicación se realizará de la siguiente forma: situados frente a los mismos el orden será de abajo a arriba y de izquierda a derecha.

Podrán reservarse columbarios, abonando el importe de la tasa correspondiente en el momento de su concesión. El plazo de concesión de 10 años, comenzará a contar desde el momento en que se formalice la reserva, pudiendo concederse sucesivas prórrogas de 10 años, previa solicitud, estando éstas sujetas al pago de las tarifas vigentes al tiempo de su otorgamiento.

Anexo de tasas.–Epígrafe 6.

Inhumaciones columbario: 25 euros.

Concesión de columbarios: 120 euros (10 años); 120 euros (prórroga 10 años).

Se elimina asimismo el último párrafo de la ordenanza relativo a la actualización anual de tasas conforme a la variación del IPC".

Código del anuncio: L2503266

Hace cien años

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