1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 26 de febrero de 2025, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Conexión urbana de la calle Matzada con el paseo Eztegara en Bera".
Con fecha 18 de octubre de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Bera acordó aprobar el proyecto de obras denominado "Ejecución de la conexión urbana de la calle Matzada con el paseo Eztegara en Bera", reconocer y declarar la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo, y aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles.
Transcurrido el plazo de información pública sin que se hubiesen presentado alegaciones, el Pleno del Ayuntamiento de Bera, en la sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2024, aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados. Asimismo, hizo constar que en el proyecto de presupuesto para 2025 se ha incluido la partida "1 4530 61901 Conexion Ikastola-Matzada", con importe suficiente para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados y demás obligaciones derivadas del expediente expropiatorio y solicitó al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.
La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, se fundamenta en que permitirá aliviar la saturación viaria, que en determinados momentos del día llega al colapso, producida habitualmente en la zona de la calle Altzate al coincidir labores de reparto de mercancías con el tráfico asociado a vecinos y usuarios de las NA-4410 y NA-1310. De esta manera, además de aminorar las incomodidades generadas a conductores, viandantes, vecinos y comerciantes, mejorará la seguridad vial de la zona, sirviendo también para mejorar la movilidad de los servicios de emergencia, en el caso de que estos se requieran. Además, se mejorará el tránsito de peatones (en gran parte menores de edad) que acuden tanto a la Ikastola como a la piscina municipal, dotándoles de aceras de anchura adecuada y habilitando zonas de paso preferente para atravesar la calzada. Y, por último, dotará de una comunicación peatonal rápida y segura entre el instituto, la ikastola, el campo de futbol y la pista de atletismo, hoy en día inexistente.
El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Ayuntamiento de Bera y comprobada la oportuna retención del crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,
ACUERDA:
1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Conexión urbana de la calle Matzada con el paseo Eztegara en Bera".
2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Bera.
4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
Pamplona, 26 de febrero de 2025.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Félix Taberna Monzón.
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