1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 3/2024, de 20 de noviembre, del director general de Digitalización y Servicios Educativos por la que concede nueva autorización al centro privado de Enseñanzas Extranjeras "International School of Navarra", del Valle de Egüés, por modificación de su denominación específica.
Vista la solicitud presentada por la entidad "British School of Navarra SLU", titular del centro privado docente extranjero "The British School of Navarra", del Valle de Egüés, para que se le conceda nueva autorización, debido al cambio de su denominación específica, para impartir las enseñanzas del currículo Nacional de Inglaterra y País de Gales, complementado con Lengua y Cultura Españolas, y adicionalmente de las enseñanzas del International Baccalaureate (UK)/ Bachillerato Internacional.
Vista la certificación emitida por la entidad "British Council en España", en la que se indica que el centro "International School of Navarra", situado en el Camino de Ardnaz, 4 de Gorráiz, cumple con los requisitos para impartir las enseñanzas del currículo Nacional de Inglaterra desde el curso "Pre-Nursery" (2-3 años de edad) hasta el curso "Year 13" (17-18 años de edad) y que, por su personal e instalaciones, puede albergar hasta 450 puestos escolares.
Visto que dicha acreditación tiene validez desde el curso 2024-2025 hasta la finalización del curso 2027-2028, a cuya finalización está prevista la realización de una nueva inspección del centro.
Vista su agregación como centro autorizado para impartir el programa de diploma por la organización "International Baccalaureate", con código IB 062231, a partir del curso 2024-2025.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.
En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, modificado por el Decreto Foral 96/2024, de 23 de octubre, y a propuesta del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas,
RESUELVO:
1.º Conceder nueva autorización, con efectos desde el inicio del curso 2024-2025, al centro privado docente extranjero "International School of Navarra", del Valle de Egüés, para impartir las enseñanzas del currículo Nacional de Inglaterra y País de Gales, complementado con Lengua y Cultura Españolas y con las enseñanzas del International Baccalaureate (UK) / Bachillerato Internacional, en los dos últimos cursos.
2.º Advertir que la entidad titular del centro deberá solicitar nueva autorización e inscripción una vez que se haya llevado a cabo la inspección que el organismo competente para la acreditación (British Council) tiene previsto realizar a la finalización del curso 2027-2028 y, en todo caso, si se produjeran variaciones en dicha acreditación como resultado de inspecciones realizadas con anterioridad a dicha fecha.
3.º Indicar que los datos registrales del centro serán a partir de este momento los siguientes:
–Código de centro: 31013653.
–Denominación genérica del centro: centro privado docente extranjero para alumnado español y extranjero.
–Denominación específica: "International School of Navarra".
–Titular: "British School of Navarra SLU", con CIF B71012199.
–Domicilio: calle Camino de Ardanaz, 4.
–Localidad: Gorráiz.
–Municipio: Valle de Egüés.
–Enseñanzas autorizadas: Desde el curso "Pre-Nursery" (2-3 años de edad) hasta el curso "Year 13" (17-18 años de edad) del currículo nacional de Inglaterra y País de Gales complementado con Lengua y Cultura Españolas y, en los dos últimos cursos, enseñanzas del "International Baccalaureate" (UK).
–Capacidad máxima autorizada: 450 puestos escolares.
–Alumnado autorizado: español y extranjero.
4.º Recordar que el reconocimiento de los estudios cursados se ajustará a lo dispuesto en la normativa reguladora de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria según lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 806/1993.
5.º Advertir que, sin perjuicio de lo indicado en el apartado 2.º de la presente resolución, y de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, la entidad titular del centro deberá solicitar nueva autorización a este Departamento, acompañando el correspondiente certificado de la entidad "British Council en España" y la documentación acreditativa de la variación producida, en el caso de que pretenda cambiar la configuración del centro y ello suponga la modificación de los datos registrales establecidos en el apartado 3.º de la presente resolución o la modificación o alteración de sus instalaciones.
6.º Advertir, asimismo, que la inscripción del centro en el Registro de Centros Educativos del Gobierno de Navarra podrá ser cancelada, revocada o modificada, según proceda, previa audiencia del titular interesado, cuando se alteren las condiciones esenciales que sirvieron de base a la inscripción o se contravenga lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, y en las demás normas aplicables, en los términos establecidos por el artículo 17 de dicho Real Decreto.
7.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la misma puede interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
8.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, al Servicio de Estudios Económicos y Financiación de centros, a la Sección de Ayudas al Estudio y Gestión de Servicios Educativos y a la Sección de Gestión de la Información Escolar.
9.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 20 de noviembre de 2024.–El director general de Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.
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