1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 555E/2024, de 16 de diciembre, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de gestión de residuos, cuyo titular es Servicios y Suministros Saher SL, ubicada en término municipal de Tafalla.
Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
Con fecha 23/01/2024 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental unificada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III de la autorización ambiental unificada, de un nuevo residuo con código LER 020304, correspondiente a materiales inadecuados para el consumo o la elaboración procedentes de la producción de caramelos, señalando que el proceso que pretende llevar a cabo es el reenvasado de dicho residuo previo a su envío a vertedero.
La gestión solicitada, exige la inclusión de un nuevo proceso en la autorización ambiental unificada, en concreto la operación D1401 reenvasado de residuos previo a su eliminación mediante cualquiera de las operaciones numeradas D1 a D13, contemplada en el anejo III de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que es aceptable por ser acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles, incluyendo no obstante la necesidad de que, previo a su gestión final, se valoren las opciones de valorización posibles frente a eliminación, aspecto que queda incluido en la inscripción del residuo.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, procede llevar a cabo la modificación de la autorización ambiental unificada.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de gestión de residuos, cuyo titular es Servicios y Suministros Saher SL, ubicada en término municipal de Tafalla, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.
Segundo.–En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), la cantidad de residuos almacenados en la instalación no deberá suponer el incremento del nivel de riesgo intrínseco calculado en la documentación técnica del expediente de concesión de la autorización ambiental unificada.
Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.
Quinto.–Trasladar la presente resolución a Servicios y Suministros Saher, SL y al Ayuntamiento de Tafalla, a los efectos oportunos.
Pamplona, 16 de diciembre de 2024.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.
Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.
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