BOLETÍN Nº 45 - 6 de marzo de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Extracto de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinada a proyectos de colectivos LGTBI 2025

BDNS (Identificación): 816549.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/816549).

Primero.–Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención este último requisito se exceptúe y así se indique en este apartado.

Requisitos específicos:

–Ser personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación vigente, teniendo dicha documentación actualizada.

–Carecer de fines de lucro.

–Tener domicilio social y fiscal en Pamplona o realizar el programa, proyecto, actividad o actuaciones subvencionadas en el término municipal de Pamplona.

–No tener suscrito un convenio de colaboración o un contrato con el Ayuntamiento de Pamplona para el mismo programa, proyecto, actividad o actuaciones para el que se solicita subvención, así como no disponer de subvenciones de esta u otras áreas del Ayuntamiento de Pamplona para las mismas actuaciones.

–Los objetivos del programa, proyecto, actividad o actuaciones subvencionadas deberán estar relacionados con el objeto de esta convocatoria.

–Disponer de una estructura en funcionamiento que garantice el cumplimiento de los objetivos propuestas, acreditando la trayectoria, experiencia y/o capacidad necesaria para el logro de tales objetivos.

–Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social en el momento de la concesión de la subvención. Respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social se comprobará de oficio, haciendo constar dicha circunstancia mediante la oportuna diligencia. Asimismo, previamente a la propuesta de concesión, se comprobará de oficio que no tiene cantidad pendiente adeudada con la Tesorería Municipal.

Quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria:

–Las personas físicas.

–Las empresas y entidades con ánimo de lucro.

–Las asociaciones cuyo programa, proyecto, actividad o actuaciones presentadas a esta convocatoria no contemplen el objeto de la misma y/o se dirijan en exclusiva a fines recogidos en otra convocatoria específica de este ayuntamiento.

–De acuerdo al artículo 5 de la Ordenanza de Subvenciones, no podrán ser subvencionados los programas, proyectos, actividades o actuaciones que no estén abiertos a toda la ciudadanía o apliquen criterios sexistas, racistas, xenófobos o discriminatorios de cualquier otro tipo. Además, la actividad subvencionada deberá incorporar la perspectiva de igualdad entre mujeres y hombres.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Segundo.–Finalidad.

Concesión de las subvenciones para la financiación de proyectos que promuevan la igualdad, la participación y presencia de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales en la vida social, económica, cultural y laboral para lograr su plena integración en la sociedad, así como apoyar el avance del conocimiento, la investigación y la difusión de estudios y documentación que lo favorezcan, durante el año 2025, que sean realizados por asociaciones y entidades LGTBI+ sin ánimo de lucro de Pamplona y/o se realicen en el término municipal de Pamplona.

Tercero.–Bases reguladoras.

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinada a proyectos de colectivos LGTBI 2025.

www.pamplona.es.

Cuarto.–Importe.

20.000 euros.

Quinto.–Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día en el que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La presentación de solicitudes fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.

Pamplona, 19 de febrero de 2025.–La concejala delegada del Área de Igualdad Acción Comunitaria, Barrios, Participación Ciudadana y Euskera, Zaloa Basabe Gutierrez.

Código del anuncio: L2502804

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es