BOLETÍN Nº 38 - 25 de febrero de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE VALDIZARBE

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2025

Por Resolución de Presidencia número 2025-0003 de fecha 25 de enero de 2025, se ha resuelto:

Vista la Resolución 493/2024, de 12 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2025 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

En ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el calendario de fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable durante el 2025, tal y como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–17 de abril: Jueves Santo.

–18 de abril: Viernes Santo.

–21 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–28 de agosto: Fiestas Patronales de Obanos.

–29 de agosto: Festividad local.

–1 y 2 de septiembre: Fiestas Patronales de Obanos.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

–26 de diciembre.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe, queda fijado, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo, realizándose de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 9:00 a 14:30 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del empleado y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 14:30 y las 17:00 horas.

Del calendario aprobado para el personal resultan 6 horas sobrantes que se disfrutarán a elección del personal a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

Tercero.–El control de asistencia se realizará mediante un sistema de control de presencias. Esta obligación incluye tanto el inicio y el final de cada jornada, como las salidas y retornos que se realicen durante la misma.

Cuarto.–Durante la jornada de trabajo el personal podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo.

Quinto.–Se declaran inhábiles, a efectos del cómputo de plazos en el año 2025, todos los sábados, domingos y días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente Resolución a excepción de los días 28 de agosto, 1 y 2 de septiembre, y 26 de diciembre, que se declaran festivos pero hábiles.

Sexto.–Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios de Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe.

Séptimo.–Dar cuenta de la presente resolución a la Asamblea General en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Lo que se publica, advirtiendo que contra este acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos:

1. Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

2. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de esta resolución.

3. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

Obanos, 3 de febrero de 2025.–El presidente, Carlos Lecumberri Erro.

Código del anuncio: L2501719

Hace cien años

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