2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
LEKUNBERRI
Tipos impositivos, tasas y precios públicos para 2025
El Ayuntamiento de Lekunberri, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2024, aprobó inicialmente los tipos impositivos, tasas y precios públicos para el año 2025.
Publicado el acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 260 de 24 de diciembre de 2024, y una vez finalizado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.
Lekunberri, 11 febrero de 2025.–El alcalde, Arkaitz Goikoetxea Arriola.
ANEXO I.–IMPUESTOS Y TASAS
Impuestos
Contribución territorial: 0,2944.
Impuesto actividades económicas IAE: Índice aplicable: 1,4%.
Plusvalía: tipo de gravamen: 25%.
Coeficientes: se aplicarán los coeficientes que, según el periodo de generación del incremento del valor, queden fijados con carácter máximo en la Ley Foral 2/1995, de 2 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Impuesto de construcciones instalaciones y obras: tipo de gravamen del 5%.
Tasas
Tasa de alcantarillado.
–Tasa de alcantarillado mínimos:
- De 0,00 a 20,00 m³: 2,70 euros/trimestre.
- De 20,01 a 40,00 m³: 3,40 euros/trimestre.
- De 40,01 a 66,00 m³: 4,10 euros/trimestre.
- Más de 66,01 m³: 0,338 euros/m³.
Tasa de abastecimiento de agua.
–Domiciliaria:
- De 10,01 m³ hasta 66,00 m³: 0,679 euros m³.
- Más de 66,01 m³: 0,984 euros m³.
- Agua de obra: 1,30 euros m³.
–Agua industrial:
- 0-10.000,00 m³: 1,15485 euros/m³.
- 10.001,00-25.000,00 m³: 1,912 euros/m³.
- 25.001,00-40.000,00 m³: 1,0751 euros/m³.
- 40.001,00-55.000,00 m³: 1,0670 euros/m³.
- Más de 55.001,00 m³: 1,0031 euros/m³.
–Tasa por acometida:
- Domiciliaria: 130,00 euros.
- Industrial: 300,00 euros.
Tasas limpieza y mantenimiento de solares.
–Tasa por corte de hierba: 0,5 euros/m².
–Tasa por limpieza: 1,00 euro/m².
–Ejecución sustitutoria: Incremento 150%.
Tasas instalación postes de recarga vehículos eléctricos y otros aprovechamientos especiales.
Epígrafe I.–Utilización o aprovechamientos especiales en el suelo.
Puntos de carga de vehículos eléctricos y otros usos/aprovechamientos.
La tasa será la suma de los siguientes conceptos:
Por cada autorización o aprovechamiento autorizable: 50,87 euros.
Por el uso efectivo del dominio público local: 0,09 euros m²/día.
Epígrafe II.–Utilización o aprovechamientos especiales en el suelo para instalación de andamios, acopio de materiales o madera y otras instalaciones análogas.
Por cada autorización anual: 100 euros.
Epígrafe III.–Utilización o aprovechamientos especiales en el dominio público local para instalación de placas, baterías u otros sistemas de generación, almacenamiento, distribución y/o transporte de energías renovables.
Por el uso efectivo del dominio público local: 0,01 euros m²/día.
Primero.–Los artículos y anexos de tarifas anteriormente expuestos sustituyen a sus homólogos, que constan en las respectivas ordenanzas, y que quedarán derogados en lo que se opongan a estos primeros.
Segundo.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se entienden modificadas las ordenanzas fiscales en lo que resulten afectadas por el presente acuerdo, comenzando a aplicarse desde el día 1 de enero de 2025.
Código del anuncio: L2502099