BOLETÍN Nº 35 - 20 de febrero de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2/2025, de 21 de enero, de la directora general de Presupuestos y Patrimonio, por la que finaliza el procedimiento de investigación en relación con los saldos y depósitos abandonados en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., a fecha 31 de diciembre de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2021 (GP 2020053).

El Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. comunicó al Servicio de Patrimonio la existencia de depósitos y cuentas corrientes en efectivo y de valores abandonados a fecha 31 de diciembre de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2021, para la tramitación del expediente previsto en el artículo 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra.

Conforme a lo dispuesto por la Orden EHA/3291/2008, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados, la entidad comunicante declara que sobre dichos depósitos y saldos no se ha practicado gestión alguna por parte de los interesados en el plazo de 20 años, así como que ha realizado la correspondiente notificación a los titulares de dichos depósitos y saldos en presunción de abandono.

El artículo 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, establece que los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras sitas en Navarra así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro y otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos que se encuentren abandonados pertenecen a la Comunidad Foral de Navarra, previa instrucción de un expediente tramitado de acuerdo a lo dispuesto en su artículo 55, presumiéndose su abandono cuando no se haya practicado gestión alguna sobre los mismos por parte de los interesados en el plazo de 20 años.

El artículo 55 de la citada Ley Foral dispone que el ejercicio de la acción investigadora será tramitado por el Departamento competente en materia de patrimonio, quien deberá resolver sobre su admisibilidad y ordenará, en su caso, el inicio del procedimiento.

Mediante Resolución 109/2024, de 5 de junio, de la directora general de Presupuestos y Patrimonio, se inició el procedimiento de investigación en relación con los saldos y depósitos abandonados en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., a fecha 31 de diciembre de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2021. La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 139, de 8 de julio de 2024.

En aplicación del artículo 3 de la Orden EHA/3291/2008, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados, mediante oficio de fecha 30 de septiembre de 2024, se requirió al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. para que en el plazo de un mes enviara todos los escritos enviados tres meses antes de que se cumplan los veinte años, enviados a todos sus clientes avisándoles de la presunción de abandono, así como los documentos que demuestren los envíos mediante correo certificado, en aplicación del citado precepto. Dicho requerimiento no ha sido cumplido.

Visto el informe del Servicio de Patrimonio proponiendo la finalización del procedimiento de investigación de los saldos y depósitos abandonados en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., a fecha 31 de diciembre de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2021 en los términos legales mencionados, el informe jurídico y habiendo sido examinado el expediente por la Intervención Delegada sin que haya formulado observaciones o reparos al mismo.

En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 19 del Decreto Foral 243/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda,

RESUELVO:

1.º Finalizar el procedimiento de investigación en relación con los siguientes saldos y depósitos abandonados en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., a fecha 31 de diciembre de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2021, sin declaración de saldos y depósitos abandonados.

2.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Contabilidad General y al Servicio de Patrimonio (Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio, Negociado de Asistencia Administrativa y Negociado de Asuntos Económicos) y a la Intervención Delegada en el Departamento de Economía y Hacienda a los efectos oportunos, y notificarla al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., significándole que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en los artículos 126.1.b) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 21 de enero de 2025.–La directora general de Presupuestos y Patrimonio, Maite Domínguez Muguiro.

Código del anuncio: F2500819

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