BOLETÍN Nº 30 - 13 de febrero de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 4E/2025, de 3 de enero, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de mecanizado de piezas metálicas, cuyo titular es Tiruña, SL, ubicada en término municipal de Orkoien, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 2.9 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Con fecha 30/04/2024 y 26/11/2024, el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental unificada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de nuevos residuos, correspondientes al proceso productivo y servicios generales.

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

11 01 11*

Líquidos acuosos de enjuague que contienen sustancias peligrosas: RESTOS DE BAÑO DE DESTUNGSTENADO

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

11 01 13*

Residuos de desengrasado que contienen sustancias peligrosas: AGUAS LIMPIEZA DESENGRASE

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

11 01 99

Residuos no especificados en otra categoría: POLVO DE TUNGSTENO

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

12 01 03

Limaduras y virutas de metales no férreos: LODOS DE TUNGSTENO

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

12 01 15

Lodos de mecanizado distintos de los especificados en el código 12 01 14

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

12 01 17

Residuos de granallado o chorreado distintos de los especificados en el código 12 01 16: POLVO DE GRANALLA

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

12 01 20*

Muelas y materiales de esmerilado usados que contienen sustancias peligrosas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

13 01 05*

Emulsiones no cloradas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

15 01 01

Envases de papel y cartón

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos y se procede a eliminar el residuo RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS con código LER 20 03 01, ya que se ajusta más correctamente al capítulo de la lista de residuos de la Decisión de la Comisión de 18 de diciembre de 2014. Dado que dicho residuo ya está autorizado, se cambia únicamente la descripción del mismo

15 01 10*

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas: BOTES CON RESTOS DE TUNGSTENO, BOTES CON GRASA Y DISOLVENTES

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

15 01 02

Envases de plástico: FILM TRANSPARENTE

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

15 02 03

Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras distintos de los especificados en el código 15 02 02

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

16 01 21*

Componentes peligrosos distintos de los especificados en los códigos 16 01 07 a 16 01 11

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

16 03 03*

Residuos inorgánicos que contienen sustancias peligrosas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

16 05 04*

Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas: AEROSOLES

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

16 06 03

Pilas que contienen mercurio

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

17 04 01

Cobre, bronce, latón

No se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos por no ser residuos de la construcción y demolición sino residuos producidos en el proceso productivo, de manera que este residuo se ajusta más correctamente al residuo con código LER 12 01 03, Limaduras y virutas de metales férreos, que se procede autorizar

17 04 05

Hierro y acero

No se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos por no ser residuos de la construcción y demolición sino residuos producidos en el proceso productivo, de manera que este residuo se ajusta más correctamente al residuo con código LER 12 01 01, Limaduras y virutas de metales férreos, que se encuentra ya autorizado

17 04 10*

Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras sustancias peligrosas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

19 08 06*

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

20 03 01

Residuos sólidos urbanos

Se elimina del listado de residuos producidos

Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su autorización ambiental unificada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, procede llevar a cabo la modificación de la autorización ambiental unificada.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de mecanizado de piezas metálicas, cuyo titular es Tiruña, SL, ubicada en término municipal de Orkoien, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución a Tiruña, SL y al Ayuntamiento de Orkoien, a los efectos oportunos.

Pamplona, 3 de enero de 2025.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.

Código del anuncio: F2500186

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