1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
CORRECCIÓN DE ERRORES en la Resolución 243/2024 de 12 de diciembre, de la directora general de Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la subvención "Ayudas a asociaciones locales de cazadores de Navarra para la contratación de guardas de caza, prevención de daños y mejora del hábitat cinegético para el año 2025". Identificación BDNS: 803352.
La citada resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 22, de fecha 3 de febrero de 2025. Detectados errores en el documento enviado, procede ahora corregirlos.
Se corrige el título de la resolución quedando redactado de la siguiente manera:
RESOLUCIÓN 243/2024 de 12 de diciembre, de la directora general de Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la subvención "Ayudas a asociaciones locales de cazadores y cazadoras de Navarra para la contratación de guardas de caza, prevención de daños y mejora del hábitat cinegético para el año 2025". Identificación BDNS: 803352.
Se corrigen los encabezados de los anexos I, II, III, IV, V y VI, en los que donde dice 2024-2025, debe decir 2025.
Se corrigen, asimismo, los siguientes apartados:
La redacción correcta de la base 1. Objeto es la siguiente:
Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas destinadas a asociaciones locales de cazadores y de cazadoras de Navarra para sufragar parte de los gastos derivados de la contratación de guardas de caza de Navarra, de actuaciones de prevención de daños provocados por especies cinegéticas y de mejoras del hábitat de especies cinegéticas, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025.
La redacción correcta del primer párrafo del punto 4.1. de la base 4., es la siguiente:
Las ayudas se destinarán a la financiación de parte de los costes por la contratación de personal para ejercer como guarda de caza de Navarra, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025.
La redacción correcta del primer párrafo del punto 4.2. de la base 4. es la siguiente:
Serán subvencionables los gastos, IVA excluido, derivados de las acciones y condiciones técnicas que se refieren a continuación (letras A a G de esta base), realizados entre el 1 enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025.
La redacción correcta del primer párrafo de la base 12. Justificación de los gastos y pagos realizados es la siguiente:
El último día de entrega de la documentación justificativa de los gastos y pagos realizados será el 7 de noviembre de 2025, inclusive.
La redacción correcta del punto 12.1 de la base 12. es la siguiente:
12.1. Para guardas de caza:
a) En el caso de contrataciones en régimen laboral:
–Copia de las nóminas emitidas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025.
b) En el caso de contrataciones de prestación de servicios:
–Las facturas de los gastos realizados que contengan los datos fiscales tanto del proveedor como de la asociación local de cazadores y cazadoras, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2025.
–Justificantes bancarios de los pagos, en los que el importe deberá coincidir con la factura correspondiente.
Los documentos podrán ser originales o copias.
Pamplona, 4 de febrero de 2025.–La jefa de la Sección de Gestión Cinegética, Cristina Arana Marquina.
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