BOLETÍN Nº 258 - 30 de diciembre de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

FUNES

Aprobación definitiva de modificación de las ordenanzas fiscales para 2026

El Pleno del Ayuntamiento de Funes, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2025, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Funes para el año 2026, así como la ordenación e imposición de las tasas contenidas en las citadas ordenanzas fiscales, cuyo anuncio fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 215, de 28 de octubre de 2025.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y transcurrido el plazo de exposición pública legalmente previsto sin que se hayan producido reclamaciones, reparos u observaciones, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, disponiendo la publicación de su texto íntegro a los efectos oportunos.

Las restantes ordenanzas y normas fiscales no modificadas mantienen su vigencia con las mismas tarifas que en el ejercicio 2025.

Funes, 11 de diciembre de 2025.–El alcalde, Ignacio Felipe Domínguez Martínez.

ORDENANZA NÚMERO 3.–REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS

–Se sustituye la mención a "Gestión Ambiental de Navarra S.A. (Gan-Nik)" del artículo 5.2 por "asesoría en materia medioambiental".

–Se modifica el artículo 5.3 según se indica: "Licencia de apertura, transmisión de licencias de actividad y/o apertura, inspecciones y declaraciones responsables: 50,00 euros".

ORDENANZA NÚMERO 8.–REGULADORA DE LAS TASAS PÚBLICAS POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, CARGA O DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE

Se modifica el anexo de tasas en el sentido que se indica:

Las cuantías a aplicar en la presente ordenanza son las siguientes:

Epígrafe I.–Paso de vehículos.

1. Vados permanentes:

–Tarifa de alta: 30,00 euros más el coste de las placas y señalización horizontal.

–Tasa anual: 80,00 euros.

En los casos de alta y baja se prorrateará por semestres.

ORDENANZA NÚMERO 11.–REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES

Se modifica la tarifa por utilización de las dependencias municipales establecidas en el anexo correspondiente, según se detalla a continuación:

1. Utilización de dependencias municipales: cuota: 50,00 euros.

ORDENANZA NÚMERO 20.–REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS SERVICIOS DEL CENTRO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN INFANTIL DE 0-3 AÑOS

Se modifica el anexo de tarifas en el sentido que se indica:

La tarifa mensual por servicio de comedor que se aplicará a cada usuario/a de la Escuela infantil será la establecida por el Gobierno de Navarra para sus Centros de Educación Infantil de 0 a 3 años en el correspondiente curso.

ORDENANZA NÚMERO 29.–REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y ACTUACIONES URBANÍSTICAS

Se modifica el anexo de tarifas y se añade tasa por tramitación de licencias urbanísticas, según se indica:

1. Actuaciones urbanísticas:

Tramitación de planes parciales, proyectos urbanísticos promovidos por particulares, convenios urbanísticos promovidos por particulares, estudios de detalle, reparcelaciones, modificaciones normas subsidiarias y cualquier otro documento urbanístico tramitados de parte: se repercutirá el importe de los gastos de publicación en medios de prensa.

2. Licencias urbanísticas:

–Tramitación licencias de obras: 30,00 euros.

–Las parcelaciones urbanísticas y las segregaciones y divisiones de fincas rústicas: 30,00 euros.

ORDENANZA NÚMERO 30.–REGULADORA DEL PRÉSTAMO DE MESAS, SILLAS Y DEMÁS MOBILIARIO PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE FUNES

Se modifica el artículo 6 "Devengo de la tasa", en el sentido que se indica a continuación:

El pago de la tasa por el préstamo de mobiliario se devengará cuando se presente la solicitud, siendo la misma del siguiente importe:

–Por un conjunto de mobiliario (2 bancos y mesa y 2 sillas o 1 mesa y 10 sillas): 10 euros por cada día de uso solicitado.

–Mobiliario suelto (por cada unidad):

  • Por mesa: 5,00 euros por cada día de uso solicitado.
  • Por silla: 0,50 euros por cada día de uso solicitado.
  • Por banco: 2,00 por cada día de uso solicitado.

Código del anuncio: L2516279

Hace cien años

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