BOLETÍN Nº 256 - 26 de diciembre de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de diciembre de 2025, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida".

El Concejo de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2024, acordó aprobar el proyecto, "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida", así como aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles. Además, se reconoció y declaró la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo. Este acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 127, de 26 de junio de 2025.

Transcurrido el plazo de información pública, el Concejo de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida, en sesión celebrada el día 30 de agosto de 2025, aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados. Asimismo, se acuerda solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa. Este acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 207, de 16 de octubre de 2025.

De acuerdo con la documentación presentada por parte del Concejo de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida, la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, se fundamenta en que el camino de acceso al cementerio se encuentra actualmente en terreno natural, presentando una fuerte pendiente, curvas de reducido radio y una superficie irregular, con socavones y ausencia de capa de rodadura. Estas condiciones hacen prácticamente imposible el tránsito de cualquier tipo de vehículo, incluidos los destinados a servicios funerarios o de emergencia. En el caso excepcional de que un vehículo lograra acceder, se vería obligado a retroceder marcha atrás para salir, debido a la falta de anchura y ausencia de ensanches o zonas de cruce, lo que supone un riesgo evidente para la seguridad vial. Además, la vía no está pavimentada ni dispone de sistemas de contención lateral, incrementando el peligro de salidas de la vía en tramos con desnivel.

Por todo ello, urge el acondicionamiento y mejora del camino con el fin de garantizar un acceso seguro y funcional al cementerio, tanto para los servicios funerarios como para los vecinos de la localidad y de otros municipios cuyos familiares se encuentran enterrados en este. Esta actuación es imprescindible para asegurar la prestación continua y digna de un servicio público esencial, evitando situaciones de riesgo y de inaccesibilidad que actualmente impiden el uso adecuado del recinto.

Además, se ha presentado por parte de la entidad local certificado emitido por la Secretaría de dicha entidad, en el que se hace constar que existe la consignación presupuestaria necesaria para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados por el proyecto "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida".

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Concejo de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida y comprobada la existencia de la oportuna retención de crédito necesaria para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida".

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo al Concejo de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida.

4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

Pamplona, 10 de diciembre de 2025.–La vicepresidenta segunda en sustitución del consejero secretario del Gobierno de Navarra, Ana Ollo Hualde.

Código del anuncio: F2516163

Hace cien años

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