2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
VALLE DE EGÜÉS
Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2026
De conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, por el que se establece el cómputo anual de la jornada de trabajo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, sometidos al ámbito de aplicación del Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y la Resolución 323/2022, de 27 de junio, del Director General de Economía Social y Trabajo, por la que se establece el calendario Oficial de fiestas laborales para el año 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 129, de 30 de junio de 2025, y demás normativa de aplicación, esta Alcaldía, de acuerdo con el artículo 2 del convenio que regula y complementa las condiciones laborales de los empleados del Ayuntamiento del Valle de Egüés, esta alcaldía,
HA RESUELTO:
1°.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2026, para Administración General (oficinas), Jardines, Servicios Múltiples, Servicio Social de Base, Cultura y Deporte del Ayuntamiento del Valle de Egüés, que será el siguiente:
–1 de enero: Año Nuevo.
–6 de enero: Epifanía del Señor.
–19 de marzo: San José.
–2 de abril: Jueves Santo.
–3 de abril: Viernes Santo.
–6 de abril: Lunes de Pascua.
–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
–12 de junio: Fiesta local.
–15 de agosto: Asunción de la Virgen.
–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
–2 de noviembre: Día siguiente a la Festividad de todos los Santos.
–3 de diciembre: San Francisco Javier.
–6 de diciembre: Día de la Constitución.
–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
–25 de diciembre: Natividad del Señor.
Asimismo, se declaran inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el año 2026, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.
2°.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento del Valle de Egüés, fijada en 1.592 horas efectivas de trabajo,–excepción hecha del personal de Policía Municipal, Escuela de Música, y Conserjería de los Colegios–, se realizará de la siguiente forma:
–Administración General (Oficinas), Servicio Social de Base, Jardines, Servicios Múltiples, Cultura y Deportes:
La jornada laboral de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 30 minutos. El horario obligatorio será de 8:00 a 15:00 horas, y los 30 minutos restantes se realizarán de forma flexible, a elección del empleado/a, entre las 7:30 y las 8:00 o entre las 15:00 y las 15:30 horas, salvo que las necesidades del servicio requieran otra distribución. Las horas generadas en la bolsa de horas (balance) del Acuerdo Colectivo no podrán acumularse ni disfrutarse junto con vacaciones o días por asuntos propios.
En las áreas de Jardines y Servicios Múltiples no se aplicará la flexibilidad horaria indicada anteriormente.
Su jornada laboral será fija, comprendida entre las 07:30 y las 15:00 horas.
Igualmente, el puesto 7.16 queda excluido de dicha flexibilidad debido a las particularidades de su función. Su horario será el siguiente:
–Lunes, martes y jueves: de 11:30 a 14:00 horas y de 17:00 a 22:00 horas.
–Miércoles: de 11:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 22:00 horas.
–Viernes: de 11:30 a 14:00 horas y de 17:00 a 20:45 horas.
3°.–Los servicios prestados –todos ellos fuera del horario general de trabajo– con motivo de la caída de nieve o formación de hielo, por los servicios municipales que determine la Alcaldía, podrán quedar fuera del cómputo anual de horas, siendo compensados de conformidad con el artículo 51 del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para el personal funcionario o contratado administrativo, y de conformidad con el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores para el personal laboral.
4°.–Los días 2 de enero, 20 de marzo y 4 de diciembre no serán laborables, por exceso de jornada, para el personal municipal de los servicios de Administración General (oficinas), Servicio Social de Base, Cultura, Deportes y Jardines.
Del calendario laboral aprobado para el año 2026 resultan, como tiempo sobrante, 6 días, 4 horas y 12 minutos, que podrán ser disfrutados a elección del personal municipal funcionario o contratado bajo régimen administrativo incluido en su ámbito de aplicación. En el caso del personal contratado en régimen laboral, el tiempo disponible será de 4 días, 4 horas y 12 minutos.
5°.–El horario de atención al público y apertura del Registro General queda establecido de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas.
Sarriguren, 26 de noviembre de 2025.–La alcaldesa, Xuriñe Peñas López.
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